PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES241 - Huesca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/11/2025
Registro en BDNS
16/06/2025
Publicación en diario oficial
17/06/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Huesca
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios los siguientes:.- Los propietarios de edificios completos..- Los propietarios de viviendas actuando individualmente..- Las comunidades de vecinos..- Los arrendatarios..- En el caso de Comunidades de vecinos que no estén constituidos como tales, la solicitud de subvención deberá ser suscrita para la totalidad de los propietarios y/o arrendamientos de edificio.No podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas cuyo objeto empresarial propio sea la construcción de inmuebles para su posterior venta. Segundo. ObjetoLas subvenciones para fomentar la rehabilitación de fachadas en las edificaciones del Término municipal de Monzón, según lo especificado en el planeamiento vigente, incluidos los núcleos de población de Selgua y Conchel, tienen como finalidad la de mejorar las condiciones estéticas de las fachadas y salvaguardar la seguridad de los viandantes. En concreto las subvenciones se realizarán para las siguientes actuaciones:.- Rehabilitación y/ o pintada de fachadas, sobre la totalidad o parte de las mismas..- Adecuación y/ o pintadas de medianeras..-Obras de albañilería vinculadas a la restauración y/o previas al acondicionamiento y/o pintado de las fachadas..- Sustitución o acondicionamiento de los elementos existentes en la misma: aleros, bajantes, carpintería, herrajes, persianas, etc. Estas actuaciones serán subvencionables cuando se realicen las obras de rehabilitación sobre la totalidad de la fachada..- Actuaciones que sirvan para el soterramiento y/ o mejora del cableado eléctrico y telefónico en cualquiera de los ámbitos de la ciudad.No se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones:- Actuaciones solicitadas y autorizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de éstas ayudas, salvo que se trate de actuaciones ejecutadas en la anualidad anterior a la convocatoria, es decir, pudiendo incluir actuaciones ejecutadas en 2024.-En ningún caso se subvencionará la obra de nueva planta.-No gozarán de subvención alguna los edificios fuera de ordenación, de manera específica los que sean disconformes con el planeamiento por afectar a alineaciones, viales, zonas verdes o espacios libres y aquellos incluidos en zonas que necesiten de figura especial de planeamiento, en tanto ésta no esté aprobada, así como, en general, aquellas obras amparadas en Licencias de carácter provisional. Tercero. Bases reguladorasOrdenanza general por la que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Monzón, 1ª Modificación de la misma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 35, de fecha 21 de febrero de 2020, 2ª Modificación de la misma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 118, de fecha 23 de junio de 2021 y 3ª Modificación de la misma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 77, de fecha 25 de Abril de 2025. Cuarto. CuantíaLa cuantía destinada ascenderá a 20.000 € (veinte mil euros), de la Partida Presupuestaria 2025-1522-77004 “Plan de Rehabilitación de Fachadas” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Monzón 2025. Quinto.El plazo de presentación de las solicitudes (incluida la justificación de la actuación) y junto con la documentación anexa, será hasta el 30 de noviembre de 2025, iniciándose al día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.Se presentarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Monzón http://sedeelectronica.monzon.es Sexto. Otros datosLos Anexos y demás documentación correspondientes a la presente Convocatoria, estarán a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Monzón (http://sedeelectronica.monzon.es)