CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMARCA BAJO CINCA/ BAIX CINCA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES DURANTE EL AÑO 2025
LOCAL · COMARCA DE BAJO CINCA/BAIX CINCA · COMARCA DE BAJO CINCA/BAIX CINCA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES24 - ARAGON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/06/2025
Publicación en diario oficial
18/06/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán participar todos los Ayuntamientos de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca, que no estén incursos en ninguna de las causas establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.Segundo. Objeto:Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas para la realización de actividades culturales en las que se programen espectáculos de artes escénicas, musicales y audiovisuales de compañías, grupos o artistas en los municipios de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca durante el año 2025.Tercero. Bases ReguladorasOrdenanza General por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca, publicada en el BOPH nº 39 de fecha de 1 de marzo de 2021.Cuarto. Cuantía:La presente convocatoria está dotada con 14.000€ con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio 2025 3340.48001. La Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca financiará hasta un 30 % del caché de los gastos de la actuación con los siguientes límites máximos en función de la población total del municipio (según los datos del padrón publicado por el IAEST):Municipios con una población superior a 2.001 habitantes: hasta un max. de 4.500 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1.501 a 2.000 habitantes: hasta un max. de 1.950 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1.001 a 1.500 habitantes: hasta un máx. de 1.500 € de subvenciónMunicipios con una población entre 501 a 1.000 habitantes: hasta 1.050 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1 a 500 habitantes: hasta 600 € de subvenciónQuinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.De conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 39/2015, la documentación para la presente convocatoria, siendo los ayuntamientos sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, se presentará través del correspondiente registro electrónico.Sexto. Otros datos:Los beneficiarios de las subvenciones otorgadas al amparo de la presente convocatoria quedan obligados al cumplimiento del protocolo de colaboración de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca en actividades y eventos deportivos, culturales, sociales, festivos o de otra índole.