¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 16/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 19/06/2025
Texto oficial de apertura: Desde el dia siguiente a la publicación de este Decreto en el DOE
Texto oficial de cierre: 15 día hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias las personas y entidades personas físicas ojurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquieraque sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes ocualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, auncareciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitosenumerados en el artículo 3 del Decreto 49/2025, de 3 de junio de 2025,tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de mediaen los últimos doce meses, tengan actividad económica en la ComunidadAutónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvenciónconforme a lo establecido en las bases reguladoras, en centros detrabajo situados en Extremadura, y sean propietarios/as oarrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen dichos centros detrabajo.Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables.Concesión de subvenciones para la retirada de cubiertas con amianto y lainstalación de líneas de vida permanentes para evitar riesgos de caídaen altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma deExtremadura.Son actuaciones subvencionables la realización de forma individualizadao en conjunto de las siguientes inversiones:• Línea de ayuda 1: retirada en los centros de trabajo de cubiertasligeras que contengan materiales con amianto, realizada por empresaespecializada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto(RERA), de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto 396/2006, de 31de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas deseguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición alamianto.• Línea de ayuda 2: instalación en los centros de trabajo de medidas deprotección de caídas en altura en trabajos de mantenimiento en cubiertasmediante la instalación de líneas de vida permanentes (Norma UNE EN795Clase C o D con especificación CEN/TS 16415:2013).Tercero. Bases reguladoras.Decreto 49/2025, de 3 de junio de 2025, por el que se establecen lasbases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada decubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalaciónde medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primeraconvocatoria.Cuarto. Financiación y cuantía.La cuantía total de la presente convocatoria asciende a la cantidad dedoscientos mil euros (200.000,00 €) y se financiará con cargo a los sefinanciará con cargo a los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 defebrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2024, prorrogados durante el ejercicio 2025,desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, la aprobación y entradaen vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2025, imputándose a las aplicacionespresupuestarias 14012.325A.770.00 y 14012.325A.780.00, proyecto de gasto20240275 “fomento para la protección de la siniestralidad enExtremadura”, siendo la fuente de financiación fondos de la ComunidadAutónoma.La cuantía de las subvenciones es la siguiente:- Para la línea de ayuda 1 de retirada en los centros de trabajo decubiertas ligeras que contengan materiales con amianto, la cuantía de lasubvención por los gastos derivados de la manipulación, retirada,transporte y gestión del material consistirá en un porcentaje del 85% dela inversión subvencionable (de las facturas presentadas), con un máximode 20.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionablepor metro cuadrado de cubierta que contenga materiales con amianto es de25 euros por metro cuadrado.- Para la línea de ayuda 2 de instalación en los centros de trabajo demedidas de protección de caídas de altura en trabajos de mantenimientoen cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes. Lacuantía de la subvención por los gastos derivados (coste de lainstalación, costes de nota de cálculo de diseño, certificaciones deinstalación por personal técnico y pruebas de tracción del sistema)consistirá en un porcentaje del 50% de la inversión (facturaspresentadas), con un máximo de 5.000 euros por centro de trabajo. Elimporte máximo subvencionable por metro lineal de línea de vidapermanente instalada y certificada es de 20 euros por metro lineal.- En caso de solicitud conjunta de las dos líneas de actuaciónsubvencionables el máximo global no podrá superar los 25.000 euros porcentro de trabajo, determinado según los límites establecidos en losapartados anteriores para cada línea de ayuda respectivamente.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contadosa partir del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial deExtremadura del Decreto 49/2025, de 3 de junio de 2025 y del presenteextracto del mismo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 30/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Procedimiento de concesión y convocatoriaEl procedimiento se tramitará en régimen de concurrencia competitiva,mediante convocatoria periódica. El procedimiento electrónico completoestará ubicado en el Punto de Acceso General, en la direcciónhttps://www.juntaex.es/w/0697724.