Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 9 de junio de 2025, relativo a las bases y convocatoria de las ayudas a las agrupaciones de defensa vegetal 2025 - ADV (exp. 3201-2025-000001)
LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES533 - Menorca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
22/06/2025
Fin de solicitudes
21/07/2025
Registro en BDNS
17/06/2025
Publicación en diario oficial
21/06/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB
Texto oficial de cierre: Un mes a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios1. Pueden tener la consideración de beneficiarios directos y pedir las ayudas que prevén las bases, las ADV integradas porproductores que cumplan los requisitos del punto 2 y que, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, cumplan losrequisitos siguientes:a) Que estén constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el cual se regulan las ADV en el ámbito delas Illes Balears y crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Illes Balears, y que estén inscritas en elRegistro Insular de Agrupaciones de Defensa Vegetal de Menorca.b) Que dispongan, antes de que se dicte la propuesta de resolución, de un programa o un plan para la prevención, el control o laerradicación de plagas vegetales que haya obtenido informe favorable del técnico del CIM responsable en materia de sanidadvegetal.c) Que estén al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Consejo Insular de Menorca.d) Que no estén sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión que haya declaradouna ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.2. Las explotaciones agrarias integradas en una agrupación de defensa vegetal de Menorca, en las cuales se llevan a cabo lasactividades subvencionables, tienen que cumplir los requisitos siguientesa) Que esté al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Consejo Insular de Menorca.b) Que tenga la condición de pyme, de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembrede 2022, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatiblesen el mercado interior en aplicación en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Este requisitode pyme dedicada a la producción primaria de productos agrícolas tendrá que acreditarse antes de la propuesta de resolución deconcesión por declaración responsable de los productores.c) Que no estén sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión que haya declaradouna ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.Segundo. ObjetoEl objeto de estas ayudas es compensar el coste de las actuaciones de las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca (ADV)constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, que regula las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito delas Illes Balears y crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Illes Balears.Tercero. Bases reguladorasLa convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesiónde carácter ordinario de 9 de junio de 2025.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 60.000 € (sesenta mil euros).Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB.Sexto. Otros datosEl importe individual máximo de la ayuda por ADV será de 32.000 €