Plazo no verificadoBDNS 840952
Convocatoria de subvenciones para la adquisición de abonos en medios de transporte públicos para estudiantes entre 16 y 25 años que se hayan desplazado diariamente fuera de Figueres durante el curso 2024-2025
LOCAL · FIGUERES · AYUNTAMIENTO DE FIGUERES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 15/08/2025
- Fin de solicitudes
- 20/09/2025
- Registro en BDNS
- 18/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/06/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPueden solicitar esta ayuda todas aquellas personas que tengan entre 16 y 25 años durante el curso académico 2024-2025. Los beneficiarios de esta ayuda tendrán que cumplir los requisitos siguientes:*· Cursar estudios de grado medio o superiores, tanto en universidades como en centros equiparables.*· Estar empadronado a Figueres y tener entre 16 y 25 años.*· Estar matriculado de como mínimo 45 créditos (o un 75% de la carga lectiva por curso, en caso de que el plan de estudios del centro no se compute con créditos).*· Desplazarse cada día con transporte público para ir y venir del centro donde estudian y ser titulares de un abono mensual o similar durante el curso para el cual se presenta la solicitud Segundo. Objeto.Esta convocatoria está específicamente destinada a ayudar económicamente aquellos estudiantes que cojan cada día medios de transporte públicos para desplazarse en los centros formativos donde se imparten los estudios a los cuales están matriculados. Con esta iniciativa, el ayuntamiento de Figueres pretende potenciar el arraigo en la ciudad y favorecer que los jóvenes que pernoctan, construyan el grosor principal de sus vínculos e identidad.Las subvenciones objeto de la presente convocatoria son, a todos los efectos, gastos de derecho público, tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, no generan ningún derecho para la obtención otras subvenciones en años posteriores ni se pueden invocar como precedente.El procedimiento para su concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.La ayuda se concede sobre la justificación de trayectos efectuados durante el curso 2024-2025. Es decir, el periodo de ejecución de la actividad subvencionada es de forma general de septiembre de 2024 a junio de 2025 y, excepcionalmente si está acreditado, hasta el momento de agotar el plazo de la convocatoria. Tercero. Bases reguladoresLa convocatoria se realiza en conformidad con las bases aprobadas por el pleno municipal en sesión de fecha 10 de mayo de 2018 y publicadas al BOP de 14 de junio de 2018. Quart. Cuantía.Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 25 204 3260048000 “Transporte estudiantes” del ejercicio 2025 y se destina la cantidad total de 5.000,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.La presentación de solicitudes podrá hacerse entre el 15 de agosto y el 20 de septiembre de 2025, ambos incluidos. Sexto. Otros datos.5. Documentos e informaciones que tienen que acompañar la solicitudLas solicitudes se harán con una instancia normalizada para concurrir a la convocatoria en la cual conste claramente que quiere optarse a las ayudas para la adquisición de abonos en transporte público para estudiantes. Hay que adjuntar la documentación siguiente:*· Fotocopia del DNI.*· Copia de la hoja de matrícula en el curso 2024-2025 en el centro donde se han cursado los estudios.*· Hoja de datos bancarios.*· Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.*· Originales o copia compulsada de los títulos de abono mensuales o similar para los cuales se quiere recibir la ayuda.Las solicitudes conjuntamente con la documentación se tendrán que presentar al Registro del Ayuntamiento. También se podrán presentar en cualquier de los lugares que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, el Ayuntamiento solicitará que se enmiende o complete la solicitud durante un plazo de diez días hábiles, advirtiendo que, de incumplirse el plazo establecido la demanda será archivada. 6. Criterios de valoración de las solicitudesLa ayuda máxima que dará el ayuntamiento será, en todos los casos, de un 40% en el caso de mediados de transporte público convencionales y por el valor total de los títulos de abono presentados. En el caso de trenes de alta velocidad será de un 30% como máximo. Este máximo se calculará en base al volumen total de demandas de ayuda y en relación a la disposición presupuestaria. La concesión de las subvenciones resta condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución del otorgamiento.La subvención puede estar sujeta a las retenciones que prevén las leyes tributarias. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimientoEl órgano competente para la instrucción de la convocatoria es la jefa del servicio jurídico del área de servicios a las personas.La resolución del expediente corresponderá a la Alcaldía Presidencia, la cual resolverá el otorgamiento de las subvenciones a propuesta de la comisión de evaluación de las solicitudes, presidida por el regidor director del servicio de Juventud, e integrada por uno/a técnico/a adscrito/a al servicio de Juventud y la jefa del servicio jurídico del área de servicios a las personas. Plazo de resolución y notificaciónEl Ayuntamiento de Figueres resolverá la concesión de ayudas con el nombre de los beneficiarios y los importes concedidos en el plazo de dos meses a partir de la finalización del periodo de presentación de solicitudes. Régimen de recursosEl acuerdo de resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Medio de notificaciónUna vez transcurrida este plazo sin que se haya adoptado la resolución, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. La resolución tiene que ser notificada a cada beneficiario de manera individualizada en el plazo máximo de diez días posteriores a la fecha en que haya sido adoptada.Las notificaciones se harán por cualquier medio que permita en el Ayuntamiento tener constancia que el interesado o su representante legal ha recibido la resolución, como también de la fecha, la identidad y el contenido del acto administrativo, sin perjuicio de la obligación de publicidad de las subvenciones otorgadas, de acuerdo con el que establece la normativa general de subvenciones. FiscalidadLa aceptación, tácita o explícita, de estas ayudas obliga en el sedes perceptores a hacer las declaraciones fiscales acordadas por la normativa aplicable y a cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales.La percepción dineraria y/o en especie de estas ayudas estará sujeto a los pagos por anticipado mediante retención en los términos detallados y acordados a la normativa fiscal que corresponda.Los beneficiarios de estas becas se declararán a la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y también estarán sujetas a la presentación de las declaraciones fiscales acordadas a la normativa fiscal vigente, mediante los modelos aprobados por los órganos correspondientes. PublicidadEsta convocatoria se publicará al tablón de anuncios y en el web corporativo del Ayuntamiento de Figueres. El extracto de la misma, de acuerdo con aquello previsto en el artículo 17.3.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 18/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 18/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la resolución de fecha 18/06/2025 por la cual se convocan las de subvenciones para la adquisición de abonos en medios de transporte públicos para estudiantes entre 16 y 25 años que se hayan desplazado diariamente fuera de Figueres durante el curso 2024-2025.Publicado 23/06/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.