CerradaBDNS 841030
Subvención para el Fomento de las explotaciones agrícolas 2025
LOCAL · ASCÓ · AYUNTAMIENTO DE ASCÓ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES514 - Tarragona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 24/06/2025
- Fin de solicitudes
- 31/12/2025
- Registro en BDNS
- 18/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 25/06/2025
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Extracto publicado
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ascó de fecha 11 de junio de 2025, por la que se convocan subvenciones para el fomento de las explotaciones agrícolas en el municipio de Ascó.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):Primero.- Personas beneficiarias- En relación con la construcción o rehabilitación de instalaciones de riego y nivelación de las fincas (excluidos los márgenes) y la construcción o rehabilitación de la infraestructura necesaria para los cultivos (incluidos los almacenes y masías): tanto a personas físicas como jurídicas propietarias o arrendatarias de terrenos rústicos cultivables ubicados en el término municipal de Ascó.- Respecto al cultivo: tanto a personas físicas como personas jurídicas propietarias, copropietarias o usufructuarias de terrenos rústicos cultivados ubicados en el término municipal de Ascó, que desarrollen la actividad enmarcada en el sector agrícola en esos terrenos de Ascó.- En relación con las obras e instalaciones que tengan como finalidad evitar o prevenir que los animales cinegéticos entren en los terrenos destinados al cultivo y que las heladas y las condiciones climatológicas extremas dañen cultivos: tanto las personas físicas como jurídicas propietarias de las fincas o autorizadas por las personas propietarias de los terrenos.- En relación con la instalación de equipos de generación de electricidad con energías renovables para el autoconsumo y la instalación de paneles solares para ACS: tanto las personas físicas como jurídicas propietarias de las fincas o autorizadas por las personas propietarias de los terrenos.- En relación con la retirada, tratamiento y gestión de les cubiertas de fibrocemento (contenido de amianto): tanto las personas físicas como jurídicas propietarias de los terrenos o autorizadas por las personas propietarias de los terrenos.Segundo.- FinalidadIncentivar el sector primario incrementando la superficie agrícola mejorando la producción y productividad favoreciendo la recuperación de terrenos abandonados con olivos y frutales, consolidar las explotaciones existentes y mejorar las necesidades para el cultivo.Tercero.- ImportePara el cultivo el importe será de 100€ por hectárea cultivada con un importe máximo de 1000€ por propietario para todas esas fincas que estén en producción.Para la construcción o rehabilitación de instalaciones de riego y nivelación de las fincas (excluidos los márgenes) y la construcción o rehabilitación de la infraestructura necesaria para los cultivos (incluidos los almacenes y masías), el importe será del 35% del coste total del trabajo a realizar, excluyendo el IVA, con un límite de 12.000€ por finca. No obstante, dado el caso que el titular de la finca o explotación objeto de la subvención tenga una edad de hasta los 35 años o superior a los 55 años, el límite por finca será de 20.000€.Para las obras e instalaciones para evitar o prevenir que los animales cinegéticos entren en las fincas destinadas al cultivo y las que tengan como finalidad evitar o prevenir que las heladas y las condiciones climatológicas extremas, el importe será del 25% del coste total de la instalación (excluido el IVA), con un límite de 12.000€ por finca. No obstante, en el caso que el titular de la finca objeto de la subvención tenga una edad hasta 35 años o superior a los 55 años el límite por finca será de 20.000€.Para la instalación de equipos de generación de electricidad con energías renovables para el autoconsumo y la instalación de paneles solares para ACS, el importe será del 75% del coste de la instalación (excluido el IVA), con un límite de 12.000€ por finca.Para la retirada, tratamiento y gestión de las cubiertas de fibrocemento (contenido de amianto), el importe será del 95% del coste de la actuación (excluido el IVA), con un límite de 15.000€ por finca.Cuarto.- Bases reguladorasBases específicas publicadas en el BOPT de Tarragona de 6 de junio de 2025.Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudesHasta el 31 de diciembre del año en curso.Ascó, 18 de junio de 2025El Alcalde,Miquel Àngel Ribes Jornet
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 18/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 18/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSSubvenciones para el fomento de las explotaciones agrícolas 2025Publicado 25/06/2025Subvención para el Fomento de las explotaciones agrícolas 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.