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Plazo no verificadoBDNS 841031

Resolución del 13/06/2025 del Presidente Delegado de la Fundación Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Badajoz por la que se convocan subvenciones con destino a entidades sin ánimo de lucro de Badajoz, para 2025 en Categorías Base e Intermedia.

LOCAL · BADAJOZ · AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES431 - Badajoz

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
23/06/2025
Fin de solicitudes
21/07/2025
Registro en BDNS
18/06/2025
Publicación en diario oficial
20/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Entidades jurídicas sin ánimo de lucro, cuya sede social se encuentre dentro del término municipal de Badajoz, siendo la naturaleza de la actividad que planteen coincidente con lo previsto en la convocatoria, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 LGS, siempre que dispongan de la estructura y medios necesarios para llevar a cabo los proyectos o programas objeto de la convocatoria y que reúnan los siguientes requisitos: Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar, estando debidamente constituidas e inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura o en el Registro Oficial que corresponda, con fecha anterior a la  publicación en el BOP de Badajoz de las bases de la presente convocatoria.Gestionar y realizar de forma directa los proyectos subvencionados.  Segundo. Objeto.Las subvenciones concedidas tendrán por objeto la financiación de gastos corrientes del Club realizados entre el 1 de enero y 31 de octubre de 2025.Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de Badajoz, el día 2 de febrero de 2009-http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02 Cuarto. Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total  máxima de 63.000,00 €,  distribuida en 4 programas con una dotación por cada uno de ellos de: PROGRAMA A – Fomento Fútbol:                                    10.000,00 €PROGRAMA B – Fomento Fútbol Sala                               3.000,00 €PROGRAMA C – Fomento otros deportes colectivos:       35.000,00 €PROGRAMA D – Fomento deportes individuales:             15.000,00 € Por cada proyecto en el que se solicite financiación, podrán concederse hasta un máximo de 7.000,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el  Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Sexto. Otros datos. Las solicitudes, en las que se indicará tanto el importe solicitado como el programa al que se opta, se ajustarán al modelo que figura como ANEXO I de la presente Resolución, que será facilitado por la F.M.D. y que estará disponible durante el plazo de presentación en la página web de la misma  www.aytobadajoz.es/fmd. Las solicitudes se tramitarán a través de medios electrónicos, utilizando los modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La presentación se realizará exclusivamente  a través del registro electrónico ubicado en la página principal de la Fundación Municipal de Deportes en la dirección electrónica https://sede.aytobadajoz.es/portal/entidades.do?ent_id=4&idioma=1 pudiendo llevarse a cabo durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.. Los proyectos subvencionados deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 18/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSOrdenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz