PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/06/2025
Publicación en diario oficial
24/06/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente publicación BOP
Texto oficial de cierre: Proyectos modalidad A: 15 días naturales desde publicación BOP y proyectos modalidad B: todo el año
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del decreto N.º 2025/1273 de 20 de junio de 2025 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a Proyectos de Cooperación al desarrollo y actividades de sensibilización año 2025.Primero. Beneficiarios: Podrán acogerse a las ayudas económicas las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, así como asociaciones, entidades y organizaciones con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas e inscritas en formen parte del Registro Local de Asociaciones de Miguelturra y en el Registro de Entidades y Centros de servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha como mínimo un año antes de la finalización del plazo para la presentación de proyectos y que no estén comprendidas en ninguno de los casos de prohibición señalados en el artículo 13.2 y 13.3 de la la Ley 38/2003, del 17 de Noviembre, General de Subvenciones. Segundo. Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra con proyectos de cooperación para el desarrollo, mediante la concesión de ayudas económicas que impulsen un modelo de desarrollo humano sostenible, encaminado a la promoción, justicia social y desarrollo de las personas y comunidades de Países en Vías de Desarrollo, respetando su identidad histórica y cultural y favorezcan la mejora de las condiciones de vida de la población y la justicia social, la participación solidaria de las personas beneficiarias. Se convocan subvenciones para proyectos que deberán encuadrarse en alguna de las siguientes modalidades: A.- Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo que se realicen en países receptores de ayuda oficial al desarrollo. B.- Actividades de Educación para el desarrollo y sensibilización a realizar en el municipio de Miguelturra. Propuestos por entidades que forman parte del Consejo Local de Cooperación de Miguelturra, o bien actividades conjuntas de distintas entidades propuesta por propio Consejo. Tercero. Bases Reguladoras: El texto completo de las bases reguladoras se encuentra publicado en la web del Ayuntamiento de Miguelturra (http://www.miguelturra.es/) Cuarto. Importe: Modalidad A (Proyectos de cooperación al desarrollo): La cuantía máxima subvencionada no superará el 85% del importe total del proyecto y con límite de hasta 12.000 € por proyecto. Modalidad B (Proyectos de sensiblización) : La cuantía no superará el 85% del importe total del proyecto y con límite de hasta 2.100 € por proyecto, salvo acuerdo adoptado por la Alcaldía Presidencia como órgano competente, previa propuesta del Consejo Local de Cooperación de Miguelturra. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Para los proyectos de la opción A las solicitudes se podrán presentar en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. Para los proyectos de la opción B el plazo estará abierto a lo largo de todo el año, debiéndose presentar al menos con 30 días de antelación a la fecha de realización del evento. Sexto. Otros datos: Cada asociación o agrupación podrá remitir su solicitud firmada por la persona que ostente la Presidencia de la asociación y dirigida a la Alcaldía-Presidencia, por vía electrónica.Los anexos se publican con el texto completo de la convocatoria en la web municipal.