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Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el otorgamiento de subvenciones para la escolarización de niños en las guarderías Municipales curso 2025-26

LOCAL · GRANOLLERS · AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:42 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
30/06/2025
Fin de solicitudes
11/07/2025
Registro en BDNS
23/06/2025
Publicación en diario oficial
27/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers (http://seuelectronica.granollers.cat):Primero.- BeneficiariosPueden ser beneficiarios de las subvenciones los ciudadanos empadronados en Granollers que se encuentren en una situación familiar con necesidades sociales y/o económicas y que, además, los niños de 0 a 2 años, empadronados en Granollers que estén matriculados o se matriculen en las guarderías públicas de titularidad municipal de Granollers.Segundo.- Objetoa) El objeto de esta convocatoria es regir el otorgamiento de subvenciones por la escolarización de niños de 0 a 2 años matriculados en las Guarderías Municipales de Granollers, para el curso 2025-2026, empadronados en Granollers.b) Las subvenciones que se concedan estarán destinadas a aminorar las cuotas que pagan las familias en concepto de escolarización para el curso 2025-2026, la cuota de matrícula, y las cuotas desde septiembre de 2025 hasta junio de 2026, siempre que la escolaridad para el grupo de edad en el que está matriculado no sea gratuita.c) Con el fin de dar cumplimiento a los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Actuación del Mandato, y de acuerdo con las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año, estas subvenciones quedan englobadas dentro del eje 2, con el fin de garantizar las oportunidades a todo el mundo y que para esta convocatoria en concreto se quiere favorecer la cobertura de necesidades básicasTercero.- Bases reguladoresLas bases reguladoras de esta convocatoria, que regirán el otorgamiento de subvenciones por parte del ayuntamiento de Granollers, destinadas a la práctica deportiva, escolarización de guarderías y escolarización de la escuela de música y conservatorio, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva han sido aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Granollers de fecha 30 de abril de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de fecha 10 de mayo de 2024 y modificadas por acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Granollers en fecha 25 de marzo de 2025.Cuarto.- CuantíaEl importe de las subvenciones a la escolarización de las guarderías municipales para el curso escolar 2025-2026 irá a cargo de la aplicación presupuestaria L4211 23130 48011 del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Granollers para el año 2025, con una dotación máxima de 20.000,00 euros, y sin necesidad de agotar este gasto máximo autorizado.El importe máximo que se otorgará por niño beneficiario será el correspondiente al 100% de la cuota vigente prevista en la ordenanza fiscal correspondiente. Y,el importe total se reparte en 11 mensualidades.Según la puntuación obtenida en la aplicación del baremo descrito en el punto 4 de esta convocatoria y en las bases que la rigen, se aplicará el siguiente porcentaje para el cálculo de la ayuda:- De 10 a 15 puntos - ayuda del 70% de la cuota vigente- De 6 a 9 puntos - ayuda del 60% de la cuota vigente- De 3 a 5 puntos - ayuda del 50% de la cuota vigente- De 1 a 2 puntos - ayuda del 20% de la cuota vigenteLos porcentajes arriba relacionados se aplicarán en relación con la cuota que corresponda según la Ordenanza Fiscal vigente que resulte de aplicación en función de la situación familiar.En caso de que las cuotas recogidas por la Ordenanza Fiscal fueran incrementadas en el siguiente ejercicio, dada la propia naturaleza de las subvenciones el órgano concedente podrá acordar regularizar los importes de las subvenciones otorgados siempre que existiera crédito adecuado y suficiente, sin necesidad de abrir nueva convocatoria.Excepcionalmente, se podrá dar el 100% del importe previsto en la Ordenanza Fiscal del ejercicio correspondiente por la ayuda de escolaridad a un máximo de seis (6) solicitudes si se presenta un informe motivado de servicios sociales básicos donde conste expresamente la necesidad de adjudicar ese porcentaje.Las subvenciones se otorgarán por tramos enteros de puntuación, manteniendo los porcentajes indicados en el apartado 1 anterior.En caso de que el crédito presupuestario máximo previsto fuera insuficiente para cubrir un nuevo tramo, pero el órgano gestor decidiera ampliar las subvenciones a un mayor número de solicitudes, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11.5.3 de las presentes bases, se otorgarán subvenciones a la totalidad de solicitudes comprendidas en el siguiente tramo de puntuación, aplicando una reducción proporcional del porcentaje para el cálculo de la ayuda correspondiente, a fin de repartir equitativamente el crédito presupuestario disponible. El resto de solicitudes, aun cumpliendo requisitos y obtener puntuación, quedarán denegadas por falta de crédito disponible.Los cambios en la composición de la unidad familiar y/o variaciones de la situación social durante el curso escolar no generan modificación del importe de beca otorgado.Se prevé que las solicitudes realizadas dentro del plazo establecido en la cláusula quinta recibirán una cantidad máxima de 18.000,00 euros, reservándose 2.000,00 euros para las posibles solicitudes posteriores. Estos importes específicos por período de solicitud podrán ser crecientes o decrecientes en función de la demanda, teniendo en cuenta que la suma de los dos nunca podrá superar el máximo de los 20.000,00 euros.Antes de finalizar el año contable de 2025 sin haber agotado la cantidad de 20.000,00 euros se podrá valorar de repartir nuevamente la cantidad sobrante por los niños que no han obtenido beca durante el curso 2025-2026 o que la han obtenido pero con un porcentaje inferior al que les correspondía por falta de crédito.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes de la presente convocatoria será a partir del día siguiente de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOPB de 2025 y como muy tarde hasta el 11 de julio de 2025.Sexto.- Otros datos de interés.El plazo máximo para resolver la solicitud es de 6 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurrido este plazo no se ha dictado y publicado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 23/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria aprobada el dia 17 de junio de 2025 por la Junta de Gobierno Local, por la que se convoca el otorgamiento de subvenciones para la escolarización de niños de 0 a 2 años matriculados en las Guarderías Municipales de Granollers, para el curso 2025-2026, empadronados en Granollers, que se encuentren en especial situación familiar con necesidades sociales y/o económicasPublicado 27/06/2025Bases específicas que regirán el otorgamiento de subvenciones por parte del ayuntamiento de Granollers, destinadas a la práctica deportiva, escolarización de guarderías y escolarización de la escuela de música y conservatorio