Plazo no verificadoBDNS 841890
Orden de 20 de junio de 2025 por la que se convocan las ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la adquisición de vehículos para la recogida separada de bioresiduos
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:43 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 04/07/2025
- Fin de solicitudes
- 04/08/2025
- Registro en BDNS
- 23/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 03/07/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
bdns:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de laJunta de Andalucía.Primero. Convocatoria.1. Se convoca para el año 2025 la concesión de ayudas previstas en la Orden de 6 de mayo de 2025 por laque se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar laadquisición de vehículos para la recogida separada de biorresiduos.2. La información asociada al procedimiento que regulan estas bases reguladoras está disponible en elRegistro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 25695, en el siguiente enlace del Catálogo deProcedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25695.htmlSegundo. Beneficiarios.1. De acuerdo con lo estipulado en la Orden de 6 de mayo de 2025 por la que se establecen las basesreguladoras de la concesión de la presente línea de ayudas, podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria losmunicipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, así como consorcios y empresas públicasconstituidas por las entidades locales que, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tenganasumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos.2. Las entidades locales u otras entidades no podrán presentar más de una solicitud en la mismaconvocatoria, ya sea individualmente o a través de una entidad supramunicipal.3. En el caso de que la solicitud sea presentada por una entidad supramunicipal, deberá indicar si actúa ensu propio nombre o si lo hace en virtud de una orden de gestión previamente formalizada con las autoridadeslocales correspondientes.Tercero. Objeto y finalidad de la actuación subvencionable.El objeto de las actuaciones previstas por la presente Orden es fomentar la implantación, ampliación omejora de la recogida separada de biorresiduos por parte de los municipios u otras entidades locales, tales comomancomunidades, así como por consorcios y empresas públicas constituidas por las entidades locales , en el ámbitoterritorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La finalidad es reducir el déficit existente de vehículospreferentemente de nulo o bajo impacto contaminante para la recogida separada de biorresiduos por parte dedichos municipios y entidades.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria de 2025 se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 6 de mayode 2025 de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras para laconcesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar la adquisición de vehículospara la recogida separada de biorresiduos.Quinto. Créditos presupuestarios y cuantía de las ayudas.1. La presente línea de ayudas se financiará con cargo a créditos del Presupuesto General de la ComunidadAutónoma de Andalucía, quedando su concesión limitada a las disponibilidades presupuestarias existentes hastaun máximo de diez millones de euros (10.000.000€) y haciéndose efectivo a través de la siguiente partida de gastosde la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía:2000010000-G/44B/76000/00-01-20240005742. La asignación presupuestaria para esta convocatoria es de:Anualidad 2025: 5.000.000,00 €Anualidad 2026: 5.000.000,00 €3. La subvención concedida no podrá superar el 90 % del presupuesto aceptado correspondiente a losgastos subvencionables, excluido el IVA, con un límite máximo de trescientos mil euros (300.000 €) por vehículo y dedos millones de euros (2.000.000 €) por beneficiario. Por su parte, la entidad beneficiaria deberá aportar al menos el10 % del coste de adquisición del vehículo, además del IVA correspondiente al coste total. Esta aportación deberáacreditarse en el momento de la justificación de la subvención.Sexto. Criterios objetivos .1. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios objetivos, y su ponderación por ordendecreciente de importancia:• Población afectada (Máx. 10 puntos)a) Más de 100.000 habitantes, 10 puntos .b) De 50.001 a 100.000 habitantes, 5 puntos.c) Hasta 50.000 habitantes, 0 puntos.La población será la que figure en la base de datos del IECA 2023.• Emisiones (Máx. 10 puntos):a) Cero Emisiones (Eléctrico o Biogás origen renovable), 10 puntos.b) Híbrido, Gas Natural o GLP, 5 puntos.c) Otros, 0 puntos.• Financiación solicitada (%) (Máx. 10 puntos)a) Hasta el 30%, 10 puntos..b) Más del 30% y hasta el 60%, 5 puntos.c) Más del 60% y hasta el 90%, 0 puntos.2. De forma específica, las entidades beneficiarias de la presente línea de ayudas deberán destinar losbienes objeto de subvención al fin concreto de la misma, durante al menos un periodo de cinco años.Séptimo. Presentación de las solicitudes.1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de lapublicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecidoen el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.2. Las entidades solicitantes están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración deacuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, por lo que deberán disponer de un sistema de identificación y firma quepermita garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la referida ley.Octavo. Otros datos.Los formularios de solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente Boletín Oficial de laJunta de Andalucía, junto con la convocatoria. Asimismo, podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos yServicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección web:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25695.htmlLos demás datos necesarios figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con laconvocatoria y las bases reguladoras de la misma, pudiendo accederse a los mismos a través del Sistema Nacionalde Publicidad de Subvenciones.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 20 de junio de 2025 por la que se convocan las ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la adquisición de vehículos para la recogida separada de bioresiduosPublicado 03/07/2025Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar la adquisiciñón de vehículos de recogida separada de bioresíduosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.