Orden por la que se aprueban las BBRR y la convocatoria para la concesión directa y urgente de subvenciones a entidades de la Admón. Local de Aragón para reparar los daños y las pérdidas producidas por las lluvias torrenciales del 13 y 14 de junio de 2025
AUTONOMICA · ARAGÓN · DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES24 - ARAGON
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
25/06/2025
Fin de solicitudes
15/07/2025
Registro en BDNS
23/06/2025
Publicación en diario oficial
24/06/2025
Texto oficial de apertura: 25 de junio de 2025
Texto oficial de cierre: 15 de julio de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. — Objeto:Esta orden aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa para la concesión de ayudas a entidades locales que integran la Administración Local de Aragón para reparar los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias acaecidas entre los días 13 y 14 de junio de 2025; asi como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas Segundo. — Beneficiarios: 1 Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades locales que se encuentren relacionados en el artículo 2 del Decreto-Ley 3/2025, del Gobierno de Aragón por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025-2 No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas por esta Orden las entidades locales en las que concurra algunas de las circunstancias contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que sean de aplicación a las misma con excepciones establecidas en la presente orden Tercero. — Bases reguladoras: 1. Constituyen las bases reguladoras de las subvenciones convocadas mediante esta Orden las previstas en el Decreto-Ley 3/2025, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025 Cuarto. — Crédito Presupuestario y cuantía de la subvención: La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón: 13080 G/1252/760252/91002 (PEP 2024/000408) por un importe máximo ampliable, de TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000,00 €). Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficialde Aragón. Las solicitudes deberán tener el contenido, de conformidad con lo recogido en los anexos disponibles para ello en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, incluyendo en el buscador (url:http://www.aragon.es/tramites) el número de trámite 11071 Primero. — Objeto:Esta orden aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa para la concesión de ayudas a entidades locales que integran la Administración Local de Aragón para reparar los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias acaecidas entre los días 13 y 14 de junio de 2025; asi como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas Segundo. — Beneficiarios: 1 Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las entidades locales que se encuentren relacionados en el artículo 2 del Decreto-Ley 3/2025, del Gobierno de Aragón por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025-2 No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas por esta Orden las entidades locales en las que concurra algunas de las circunstancias contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que sean de aplicación a las misma con excepciones establecidas en la presente orden Tercero. — Bases reguladoras: 1. Constituyen las bases reguladoras de las subvenciones convocadas mediante esta Orden las previstas en el Decreto-Ley 3/2025, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025 Cuarto. — Crédito Presupuestario y cuantía de la subvención: La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón: 13080 G/1252/760252/91002 (PEP 2024/000408) por un importe máximo ampliable, de TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000,00 €). Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficialde Aragón. Las solicitudes deberán tener el contenido, de conformidad con lo recogido en los anexos disponibles para ello en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, incluyendo en el buscador (url:http://www.aragon.es/tramites) el número de trámite 11071