Extracto publicado
Asímismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en los siguientes enlaces.https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842416https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842417https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842418Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.Primero.- Objeto.Convocar las subvenciones públicas incluidas en el denominado Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, destinadas a fomentar la movilidad eficiente y sostenible en Castilla y León.Segundo.- Beneficiarios.Conforme a lo previsto para cada tipología de actuación, siempre que tengan su residencia fiscal en España, podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria pública de subvenciones:a) Las personas físicas empadronadas en Castilla y León que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.b) Las personas físicas empadronadas en Castilla y León mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal en España y no incluidas en el anterior apartado.c) Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, cuyos bienes inmuebles sobre los que se ha constituido la propiedad horizontal estén situados en cualquier municipio de Castilla y León. Deberán además cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.d) Las personas jurídicas, con establecimiento permanente en Castilla y León, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.e) Las entidades locales de Castilla y León, conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.f) Las entidades del sector público institucional correspondiente a Administraciones Públicas de Castilla y León, excepto las de la propia Administración Autonómica, y siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado, en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior apartado d).g) Las entidades del sector público institucional correspondiente a Administraciones Públicas de ámbito estatal, siempre que cuenten con establecimiento permanente y actividad en Castilla y León, y que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado, en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior apartado d). Tercero.- Bases reguladoras. Real Decreto Ley 3 /2025, de 1 de abril, por el que se establece el programade incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.Cuarto.- Cuantía.La cuantía destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a un total inicial de diecinueve millones, ciento veintinueve mil ,doscientos doce euros (19.129.212 €), incluidos en la comunicación de crédito asignado a la comunidad autónoma por parte de IDAE, Existe, además, la posibilidad de solicitar al IDAE una ampliación del presupuesto de estos programas de subvenciones para Castilla y León, según lo previsto en el artículo 10.3 del Real Decreto 266/2021La cuantía de las ayudas en cada una de las actuaciones subvencionables se recoge en el Anexo III del RD 266/2021, de 13 de abril. En dicho anexo también se establecen límites de cuantía de ayuda por programa y destinatario para cada una de las actuaciones subvencionables.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 31 de diciembre de 2025.Sexto.- Otros datos.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del RD 266/2021, de 13 de abril, las solicitudes se atenderán por riguroso orden de presentación, desde que la solicitud y su documentación complementaria estén completas, hasta el agotamiento de los fondos.