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Plazo no verificadoBDNS 842418

Subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III-2025). Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 25 de Junio de 2025. Progrs. 1 y 2. el REG 2023/2831 de minimis general

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:54 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES41 - CASTILLA Y LEON

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Industria y Energía

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/07/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
25/06/2025
Publicación en diario oficial
30/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Asímismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en los siguientes enlaces.https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842402https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842416https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842417Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.Primero.- Objeto.Convocar las subvenciones públicas incluidas en el denominado Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, destinadas a fomentar la movilidad eficiente y sostenible en Castilla y León.Segundo.- Beneficiarios.Conforme a lo previsto para cada tipología de actuación, siempre que tengan su residencia fiscal en España, podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria pública de subvenciones:a) Las personas físicas empadronadas en Castilla y León que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.b) Las personas físicas empadronadas en Castilla y León mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal en España y no incluidas en el anterior apartado.c) Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, cuyos bienes inmuebles sobre los que se ha constituido la propiedad horizontal estén situados en cualquier municipio de Castilla y León. Deberán además cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.d) Las personas jurídicas, con establecimiento permanente en Castilla y León, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.e) Las entidades locales de Castilla y León, conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.f) Las entidades del sector público institucional correspondiente a Administraciones Públicas de Castilla y León, excepto las de la propia Administración Autonómica, y siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado, en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior apartado d).g) Las entidades del sector público institucional correspondiente a Administraciones Públicas de ámbito estatal, siempre que cuenten con establecimiento permanente y actividad en Castilla y León, y que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado, en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior apartado d). Tercero.- Bases reguladoras. Real Decreto Ley 3 /2025, de 1 de abril, por el que se establece el programade incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.                                             Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.Cuarto.- Cuantía.La cuantía destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a un total inicial de diecinueve millones, ciento veintinueve mil ,doscientos doce euros  (19.129.212 €), incluidos en la comunicación de crédito asignado a la comunidad autónoma por parte de IDAE, Existe, además, la posibilidad de solicitar al IDAE una ampliación del presupuesto de estos programas de subvenciones para Castilla y León, según lo previsto en el artículo 10.3 del Real Decreto 266/2021La cuantía de las ayudas en cada una de las actuaciones subvencionables se recoge en el Anexo III del RD 266/2021, de 13 de abril. En dicho anexo también se establecen límites de cuantía de ayuda por programa y destinatario para cada una de las actuaciones subvencionables.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 31 de diciembre de 2025.Sexto.- Otros datos.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del RD 266/2021, de 13 de abril, las solicitudes se atenderán por riguroso orden de presentación, desde que la solicitud y su documentación complementaria estén completas, hasta el agotamiento de los fondos.

Bases y documentación

Reasginacion de crédito MOVES III-2025- 3Publicado 01/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificacion de Credito MOVES III-2025-2Publicado 22/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación crédito MOVES III-2025Publicado 27/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSAmpliación de crédito MOVES III-2025Publicado 30/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 26/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 25 de junio de 2025 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica para el año 2025 (MOVES III-2025), en la Comunidad de Castilla y LeónPublicado 30/06/2025Real Decreto Ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica