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Plazo no verificadoBDNS 842464

Premios a la excelencia deportiva para deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 04:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES130 - Cantabria

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/06/2025
Publicación en diario oficial
02/07/2025

Texto oficial de apertura: El dia siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en BOC

Texto oficial de cierre: 10 días hábiles contados desde el siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en BOC

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios: 1. Requisitos de los deportistas: Tener como mínimo 16 años a fecha 31 de diciembre del año en que el deportista obtuvo los resultados por los que se presenta como solicitante del premio. Tener licencia de una Federación Deportiva de Cantabria en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria». Haber estado empadronado en una localidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el año natural en que se obtuvo el resultado computable para la obtención del premio Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo debidamente justificadas, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan uno de los requisitos establecidos en los apartados a o b de este artículo. (En el caso de no cumplir el apartado a) el/la deportista deberá tener al menos 15 años en el año en que obtuvo los resultados del mérito deportivo). Para valorar dichas solicitudes será necesario haber obtenido en la disciplina correspondiente, a nivel mundial, europeo o nacional, el resultado más sobresaliente o la valoración más alta en los acontecimientos deportivos publicados en esta convocatoria. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:Los deportistas que compitan en ligas y/o circuitos de carácter profesional, ya sean éstos nacionales o internacionales, así como aquellos que hayan obtenido los resultados en competiciones de   categorías de edades por encima de las absolutas. Los deportistas cuyos resultados hayan sido obtenidos al margen de las correspondientes federaciones nacionales e internacionales oficialmente reconocidas. Los deportistas sancionados por resolución firme por infracción a la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva. Los deportistas que se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartado 2, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.  Segundo. Objeto: Convocar los «Premios a la excelencia deportiva para deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria», con el fin de elevar con carácter general su nivel técnico, contribuir a la progresión del rendimiento deportivo, así como a la consolidación del deporte de alto nivel y de competición nacional e internacional.  Tercero. Bases reguladoras: Orden UIC/7/2021, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios a la excelencia deportiva para deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 25 de marzo de 2021).Cuarto. Cuantía: La cuantía total máxima asciende a 199.722€.El criterio para la determinación de la cuantía individualizada de los premios será la puntuación obtenida en cada caso según las tablas de valoración fijadas en la resolución de convocatoria. Para ello se obtendrá el valor en euros por cada punto mediante la división del crédito total consignado entre los puntos totales atribuidos a todos los candidatos con derecho a ello (199.722/puntos totales). Conocido dicho valor, la cuantía individualizada resultará de multiplicar el valor del punto así obtenido por los puntos obtenidos por cada candidato, no pudiendo superar en ningún caso la cuantía máxima de los premios que podrá recibir cada deportista de 60.000 €.  Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.  Sexto. Documentación: La solicitud de subvención, incluida la correspondiente declaración responsable, se formulará en el modelo oficial que figura como el Anexo I de la Resolución de convocatoria, dirigido al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que irá firmado por el interesado y su representante legal en el caso de solicitante menor de edad y se acompañará de la documentación señalada en el apartado tercero punto 4 y 5 de la Resolución de convocatoria.

Bases y documentación

Correccion de extractoPublicado 10/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIPublicado 26/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 26/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSSolicitudPublicado 26/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS A LA EXCELENCIA DEPORTIVA PARA DEPORTISTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.Publicado 02/07/2025Orden UIC/7/2021, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios a la excelencia deportiva para deportistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.