PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
27/06/2025
Publicación en diario oficial
02/07/2025
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE PUBLICACION EXTRACTO EN EL BOP
Texto oficial de cierre: 30 DIAS NATURALES DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán acogerse a esta convocatoria las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuya actividad esté vinculada o represente al municipio de Torredonjimeno.Estas asociaciones deben estar legalmente constituidas, dotadas de personalidad jurídica propia y tener entre sus fines estatutarios la promoción y desarrollo de proyectos, programas o actividades cuyo objeto sea el definido en la presente convocatoria. Asimismo, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la convocatoria.Segundo. Objeto.Es objeto de esta convocatoria regular la concesión de subvenciones, en el marco de los objetivos estratégicos del PES municipal, dirigidas al fomento y la promoción de actividades culturales tales como:Contribución al fomento de la cultura local, así como su perpetuación.Implicación de otros colectivos y agentes culturales en la planificación de la actividad, así como el esfuerzo organizativo desde el punto de vista humano y material.Participación de la población en la actividad, promoviendo el interés por la cultura y el arte.Realización de actividades que promuevan la convivencia, sobre todo en sectores de especial atención, como la tercera edad. El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Tercero. Bases reguladoras.Bases reguladoras específicas de la convocatoria de subvenciones para actividades culturales a favor de asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, ejercicio 2024, Bases de ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Torredonjimeno 2025 y Ordenanza Municipal reguladora de subvenciones Municipales.Cuarto. Cuantía.La cuantía de las subvenciones a otorgar consistirá en una cantidad resultante al aplicar los criterios de valoración del artículo 10 de las Bases reguladoras específicas, a cuyo efecto se tomará el presupuesto de la actividad o Plan Financiero presentado por el solicitante, o sus modificaciones posteriores, como referencia para su determinación.Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto 2025.330.48900, dotada con un importe de 20.000,00 euros, no pudiendo concederse subvenciones por importe superior a la cuantía total máxima fijada en la convocatoria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo máximo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, sin perjuicio de su inserción en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torredonjimeno y en el tablón de anuncios.La presentación de las solicitudes de subvención, debidamente suscritas por el representante legal, se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torredonjimeno que se encuentra en la dirección http://tosiria.sedelectronica.es/. Las solicitudes y demás documentación a presentar deberán estar firmadas digitalmente por los solicitantes o sus representantes.Sexto.- Plazo de ejecución y de justificación de la actividad subvencionadaEl plazo de ejecución de las actividades o proyectos objeto de subvención será del 01/01/2025 al 31/12/2025, admitiéndose los gastos y justificantes que acrediten su realización, producidos con anterioridad a la notificación del acto administrativo de concesión, pero siempre que hayan tenido lugar en el período antes señalado.El plazo máximo para la presentación de la documentación justificativa de la realización de las actividades será de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución, esto es del 01/01/2026 al 31/03/2026.