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Plazo no verificadoBDNS 842872

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio de 2025 por el que se convocan las ayudas destinadas al apoyo económico a las familias numerosas del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2025.

LOCAL · AMES · AYUNTAMIENTO DE AMES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:04 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
27/06/2025
Publicación en diario oficial
03/07/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Personas beneficiarias:Podrán optar a estas subvenciones las unidades de convivencia que tengan fijada su residencia habitual en el Ayuntamiento de Ames, con un mínimo de un año de antigüedad ininterrumpido a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos indicados en estas bases. La antigüedad se exigirá a todas aquellas personas que figuren en el título de familia numerosa.Se entenderá por unidad de convivencia el conjunto de personas que convivan en el marco físico y se encuentren vinculadas con la persona solicitante por matrimonio o cualquiera otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por nacimiento adopción o acogimiento.Serán requisitos necesarios para la concesión de la ayuda regulada en estas bases:Requisitos referidos a la unidad familiar.1. Estar en posesión del título de familia numerosa en vigor en el momento de la solicitud. Los/las hijos/as que den lugar a la expedición del titulo de familia numerosa deberán haber nacido con anterioridad o dentro del año 2024.2. Todos/as los/las hijos/hijas incluidos en el título de familia numerosa deberán formar parte de la unidad de convivencia.3. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, la persona beneficiaria de la prestación será el padre/madre que tenga la custodia de los hijos/las, de acuerdo con el establecido en el convenio regulador o sentencia de separación, divorcio o modificación de medidas. Los/las hijos/as deben formar parte de la misma unidad de convivencia que el progenitor que tenga la custodia, justificándolo mediante el certificado de convivencia. En caso de custodia compartida se recibirá una única ayuda al progenitor que la solicite. En el supuesto de que ambos progenitores tramitasen la solicitud por separado se resolverá por orden de entrada de la solicitud en el Registro, inadmitiéndose a trámite por este motivo la última solicitud.4. En caso de que uno de los progenitores se encuentre trabajando fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, y no figure empadronado en este municipio, deberá acreditarlo con copia del correspondiente contrato de trabajo y cualquier otro documento que acredite la residencia efectiva (contrato de alquiler, etc)5. En caso de que un mismo menor dé lugar a la expedición de dos títulos de familia numerosa, sólo se concederá esta ayuda al progenitor que ostente la custodia de este menor o menores.6. En el caso de familias monoparentales sólo se requerirá que figure empadronado con un año de antigüedad el padre o la madre que tenga la custodia de los hijos/as. Se entenderá a estos efectos por familia monoparental aquella que disponga del certificado emitido por la Consellería de Política Social.7. En el caso de los menores que tengan curador, se requerirá que figure empadronado en el padrón municipal el/la curador/a del menor.8. En ningún caso podrán ser beneficiarios/as los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos/as, o si la tutela había sido asumida por una institución pública. Requisitos referidos a la renta.1. Las persoas solicitantes están obligadas a presentar declaración del IRPF en el ejercicio 2024Las unidades de convivencia deberán tener una renta inferior a los siguientes límites máximos de renta:Nº MIEMBROS     LÍMITE RENTA3                          14.108,01 euros4                          16.734,20 euros5                          18.990,57 euros6                          21.168,97 euros7                          23.227,84 euros8                          25.274,65 euros+8                        1.803,73 euros adicionales por miembroEl importe abonado en concepto de alquiler o hipoteca por la residencia habitual se deducirá de los ingresos netos de la unidad familiar, cuando ésta sea la única vivienda titularidad de los miembros de la unidad de convivencia. El límite máximo de deducción por este concepto asciende a 6.000euros/anuales.2. Requisitos referidos al patrimonio:La unidad de convivencia deberá contar con un patrimonio, excluída vivienda habitual, valorado en un importe inferior al que se indica en la siguiente tabla en función del número de miembros.Unidad de convivencia         Límite euros ( Valor catastral)3 miembros                          36.636,524 miembros                          44.777,965 miembros                          52.919,416 miembros                          61.060,867 miembros                          69.202,318 miembros                          77.343,76+ de 8 miembros                   8.141,45 € por cada membro adicionalOtros requisitos.La totalidad de integrantes de la unidad de convivencia deberán estar al corriente con carácter previo a la propuesta del órgano gestor en el cumplimiento de sus deberes tributarios (AEAT, Diputación y Ayuntamiento de Ames), así como con la Seguridad Social. Ninguno de ellos podrá incurrir en los supuestos a los que se refiere el artículo 13.2 de la LGS. Ninguno de los integrantes de la unidad de convivencia podrá tener pendiente de justificación ninguna aportación concedida por el Ayuntamiento, a no ser que se les haya sido concedida una prórroga.Segundo. Finalidad:La finalidad de esta convocatoria es proporcionar apoyo económico a aquellas familias cualificadas cómo numerosas por la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia u organismos análogos de otras Comunidades Autónomas, proporcionando apoyo económico a aquellas familias numerosas que presentan una mayor necesidad de apoyo, acreditada mediante la renta per cápita familiar, favoreciendo el incremento de población, actuando además sobre el segmento de edad más atractivo para posibilitar que el crecimiento demográfico del municipio sea sostenible en el tiempo.Tercero. Bases reguladoras:Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio de 2025 por el que se convocan las ayudas destinadas al apoyo económico a las familias numerosas del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2025Cuarto. Importe:La cuantía máxima destinada a esta convocatoria asciende a 100.000 €.El importe individual de las ayudas al amparo de esta convocatoria será de 1.200,00 € por unidad de convivencia. En el caso de que las solicitudes concedidas en aplicación de los criterios previstos en las presentes Bases superen el presupuesto disponible en el presupuesto municipal para la presente convocatoria, el órgano gestor procederá a la reducción proporcional del importe individual de la ayuda hasta alcanzar el importe máximo previsto.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para presentar es de un mes a partir de la publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de A Coruña. Podrá acordarse de oficio una ampliación del plazo de presentación de solicitudes.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 27/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 27/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio de 2025 por el que se convocan las ayudas destinadas al apoyo económico a las familias numerosas del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2025Publicado 03/07/2025Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio de 2025 por el que se convocan las ayudas destinadas al apoyo económico a las familias numerosas del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2025.