Premios Nacionales de Medioambiente y de Energía. Convocatoria anualidad 2025
ESTADO · MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 30/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/07/2025
Texto oficial de apertura: día siguiente de publicación del extracto en BOE
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles tras publicación extracto en BOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Advertido un error en el Extracto de la Orden de 26 de junio de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de los Premios Nacionales de Medioambiente y de Energía, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 158, de fecha 2 de julio de 2025, se procede a efectuar la oportuna corrección: En el apartado tercero, Solicitudes y plazo de presentación. Donde dice: "Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.” Debe decir: “Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
Primero.- Convocatoria Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Nacionales de Medioambiente 2025 y el Premio Nacional de Energía 2025 en sus correspondientes modalidades: «Lucas Mallada de Economía y Medioambiente», «Félix Rodríguez de la Fuente de Conservación de la Naturaleza» y «María del Rosario Heras de Energía». Segundo.- Premiados y requisitos para solicitar los premios. Los premiados serán los previstos en el artículo 2 de la orden de bases reguladoras. Así mismo, los requisitos para solicitar los premios y su forma de acreditación, se contienen en el artículo 5 de la orden de bases reguladoras. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras, podrán concederse menciones honoríficas a aquellas candidaturas que, no habiendo alcanzado ninguno de los Premios, hayan destacado en la realización de los trabajos y actividades que los mismos recompensan. Tercero.- Solicitudes y Plazo de presentación Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuarto.- Financiación de las ayudas El importe destinado al otorgamiento de los premios será de 66.000,00 euros, para la anualidad 2025 que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.451O.481 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La concesión de los premios queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento. Quinto.- Criterios objetivos de otorgamiento y ponderación. Los criterios de valoración de las solicitudes son los establecidos en el artículo 8 de la orden de bases reguladoras.
Bases y documentación
Orden de 11 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 por la que se convoca para el año 2025 la concesión de los Premios Nacionales de Medioambiente y de EnergíaPublicado 11/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSCorrección de errores extracto orden de 26 de junio de 2025Publicado 08/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSOrden avocación de competencias y delegación de firmaPublicado 08/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 11 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 por la que se convoca para el año 2025 la concesión de los Premios Nacionales de Medioambiente y de EnergíaPublicado 15/07/2025Corrección de errores del extracto de la Orden de 26 de junio de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de los Premios Nacionales de Medioambiente y de EnergíaPublicado 09/07/2025Extracto de la Orden de 26 de junio de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de los Premios Nacionales de Medioambiente y de Energía. Publicado 02/07/2025Orden TED/1343/2021, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Medioambiente y de Energía, y se regulan los Premios Extraordinarios de Medioambiente y de EnergíaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.