PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/06/2025
Publicación en diario oficial
09/07/2025
Texto oficial de apertura: 30 días hábiles posteriores a la publicación de anuncio en Tablón de Edictos Electrónico Municipal
Texto oficial de cierre: 31º día hábil posterior a la publicación de anuncio en Tablón de Edictos Electrónico Municipal
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
En cumplimiento de lo establecido en el apartado tercero de la parte resolutiva del Decreto de Alcaldía núm. 2025002649, de 27 de junio de 2025, mediante el presente y para general conocimiento, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) se publica extracto de la convocatoria de ayudas destinadas a la realización de actividades culturales durante el ejercicio 2025 en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia; así como sendos anuncios en el Tablón de Edictos Electrónicos y la web municipal, concediéndose un plazo de 30 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación en el tablón referido, de conformidad con la base quinta de las incorporadas a expediente mediante archivo suscrito en documento con CSV 15704562645250116143, cuyo texto íntegro se encuentra disponible en la página oficial www.lliria.es:• Bases reguladoras aprobadas mediante acuerdo plenario en sesión extraordinaria celebrada en fecha 26 de abril de 2005 y modificadas mediante acuerdo plenario de fecha 26 de abril de 2018 cuyo texto refundido se publica en el BOP de Valencia núm. 137 de fecha 17 de julio de 2018.• Aplicación presupuestaria: cuantía total máxima de la subvención: 800/334/48000 CULTURA/PROMOCIÓN CULTURAL/SUBV. ACTIVIDADES CULTURALES.• Cuantía total máxima de la subvención: 8.000,00 €.• Objeto, condiciones y finalidad de la subvención: Fomento de la actividad cultural de asociaciones, grupos de vecinos/as, centros docentes y personas físicas inscritas, pertenecientes, ubicados y/o residentes en Llíria, respectivamente, de conformidad con las bases segunda y tercera.• Importe máximo a obtener por el beneficiario: Según lo dispuesto en la base cuarta.• Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.• Órgano competente para la instrucción del procedimiento: Quien ostente la Jefatura del Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Llíria.• Órgano competente para la resolución del procedimiento: Quien sea competente en materia de Cultura en uso de las atribuciones delegadas.• Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos: Realizar alguna/s de la/s actividad/es prevista/s en la base tercera durante el ejercicio 2025 por asociaciones, grupos de vecinos/as, centros docentes y personas físicas inscritas, pertenecientes, ubicados y/o residentes en Llíria, respectivamente.• Plazo de presentación de solicitudes: De conformidad con la base quinta será de 30 días a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el tablón de edictos del Ayuntamiento.• Documentos e informaciones que deben acompañar a la solicitud: Las dispuestas en la base quinta.• Posibilidad de reformulación de solicitudes en los términos previstos en el artículo 27 de la LGS: No se contempla en las bases.• Criterios de valoración: Los establecidos en la base sexta.• Plazo y forma de resolución, notificación y/o publicación: La resolución se dictará dentro de los treinta días siguientes al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La resolución que pone fin a la vía administrativa por la que se concede la subvención será notificada a la asociación solicitante, expresando la cuantía, la forma de pago, condiciones en la que se otorga y medios de control que en su caso, se hayan establecido en el plazo de seis días desde que haya sido dictada.