Convocatoria de subvenciones dirigidas a la transmisión empresarial "Ciudad Real Emprende" 2025,del Instituto Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo (IMPEFE) del Ayuntamiento de Ciudad Real.
LOCAL · CIUDAD REAL · INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES422 - Ciudad Real
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/11/2025
Registro en BDNS
01/07/2025
Publicación en diario oficial
03/07/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el BOP de Ciudad Real hasta el 30 de noviembre de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la convocatoria “Ciudad Real Emprende” 2025, los siguientes: 1. Futuros emprendedores que quieran arrancar su proyecto en el municipio de Ciudad Real, con interés en adquirir un negocio en funcionamiento, bien por agotamiento de la vida laboral del que traspasa o cede el negocio (jubilación), o bien para darle continuidad aprovechando la experiencia y recursos con los que cuenta el que cede o traspasa el negocio, aprovechando la experiencia y recursos con los que cuenta.2- Futuros emprendedores que quieran iniciar su proyecto en el municipio de Ciudad Real, con interés en adquirir o alquilar un local comercial y darle continuidad, aprovechando la oportunidad de negocio o nicho de mercado existente.Se excluyen los negocios digitales. Segundo. ObjetoEl objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en concesión directa, así como el procedimiento a seguir para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las mismas, para la puesta en marcha de un programa dirigido a favorecer la continuidad de empresas a través de esta línea de ayudas, para la transmisión empresarial.Esta subvención se regirá además de lo dispuesto en la presente resolución, por las bases de ejecución vigentes en cada presupuesto general del IMPEFE; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tercero. Bases reguladoras El Texto regulador de las Bases Generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus organismo autónomos, se ha publicado de forma separada en el BOP nº 63, de fecha 1-4-2025, que se aprobó dentro del procedimiento de aprobación del presupuesto con sus bases de ejecución y su publicación (aprobación inicial anuncio BOP 13, de fecha 21-1-25 y de elevación a definitivo, BOP n.º 33, de fecha 18-2-25), debiendo publicarse la Convocatoria de las subvenciones por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Cuarto. Cuantía La cuantía de las subvenciones recogidas en estas bases será de: 3.000 €, en el caso de que la transmisión/cesión/traspaso sea por jubilación o adquisición de una empresa en funcionamiento.3.000 € en el caso de que el emprendedor inicie la actividad por oportunidad de negocio:Quinto. Formalización de solicitudes y plazo Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real (https://www.ciudadreal.es/sede-eletronica.html), (según el modelo que se adjunta en las presentes Bases (Anexo I), siendo obligatorio incluir una dirección de correo electrónico que facilite la comunicación con el IMPEFE.El plazo de presentación de solicitudes se encontrará abierto desde el día siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el BOP, hasta las 23.59 horas del día 30 de noviembre de 2025.El texto íntegro de la convocatoria, y sus anexos, se pueden consultar a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Resolución de 10/12/2015 de la Intervención General del Estado. BOE número 299, de 15/12/2015.