Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 02/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/07/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación en BOE
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles a partir de la publicación en BOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: ObjetoLa Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por delegación del Secretario de Estado de Cultura, de acuerdo con el Apartado Cuarto d) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre la fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, convoca para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 las ayudas destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a las galerías de arte, con el objetivo de impulsar al sector cultural español, promoviendo la circulación y visibilidad de obras y artistas españoles, las prácticas empresariales y el desarrollo económico del sector de las artes visuales en su conjunto.1. Las ayudas destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a las galerías de arte tienen por objetivos:- Impulsar al sector cultural español, promoviendo la circulación y visibilidad de obras y artistas españoles, las prácticas empresariales y el desarrollo económico del sector de las artes visuales en su conjunto.- Dinamizar la actividad, favorecer el crecimiento y desarrollo económico de las estructuras que conforman el sector artístico, a través del apoyo financiero a la programación propia en las galerías de arte.2. Las líneas de ayuda que se pueden solicitar en la presente convocatoria son:A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España. Se considerarán ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España, aquellas que, dedicadas mayoritariamente al arte de los siglos XX y XXI y celebradas en España, cuenten con presencia de países extranjeros entre los asistentes a la edición de 2025 desde el 1 de enero hasta el 31 diciembre 2025.B – Programación anual en galerías de arte: realización de proyectos expositivos como parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las galerías y otros espacios vinculados al arte contemporáneo. Por programación anual se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, independientemente de que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra anualidad.Los proyectos respetarán la normativa reguladora en materia de propiedad intelectual, en particular, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y su normativa de desarrollo (BOE núm. 97, de 22 de abril de 1996).Segundo: Condición de persona beneficiaria1. Podrán solicitar estas ayudas las personas jurídicas y las personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que realicen las actividades a las que se refiere el apartado Primero.2, tengan residencia fiscal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la normativa vigente en materia de subvenciones.2. Quedan excluidas las Entidades que integran el Sector Público, entendidas en el sentido previsto en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los consorcios, mancomunidades u otras personificaciones públicas constituidas mayoritariamente por dichas Administraciones Públicas, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica.3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Tercero: Bases reguladorasOrden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. Publicada en el B.O.E. núm. 275, de 13 de noviembre de 2010.Cuarto: CuantíaLa cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 300.000 €. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 24.05.333B.471, repartido en dos líneas según el tipo de proyecto, con la siguiente distribución:A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España: 150.000 €B- Programación anual en galerías de arte: 150.000 €Quinto: Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.