Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones: Toda persona jurídica que desarrolle, programas, proyectos o actividades que se corresponda con la línea de subvención y los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria:Sociedades, Entidades, Organizaciones no gubernamentales y otras entidades que desarrollen proyectos o actividades en el ámbito de la innovación social, la economía social solidaria, la inclusión social, la salud comunitaria, el desarrollo ecológico y sostenibilidad ambiental, las energías renovables, el comercio justo, la innovación o el emprendimiento.Los requisitos para la solicitud y la forma de acreditarlos están recogidos en las bases particulares de la convocatoria.Segundo. Objeto. Esta convocatoria tiene como objetivo dar soporte al desarrollo de programas, proyectos y actividades de las personas jurídicas, que impulsen iniciativas de utilidad pública, interés social o que contribuyan a conseguir un objetivo de interés general. Estos proyectos deben estar alineados con los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 y con la línea de subvención, el Área gestora y el servicio responsable que se especifica a continuación:Objetivo estratégico: OE2: Potenciar la marca “L’Hospitalet” en el marco del área metropolitana y el desarrollo económico mediante el refuerzo de los agentes sociales y económicos, la promoción comercial, empresarial, turística y de la economía social en un marco de gobernanza entre el sector público y el privado en actividades de interés general.Línea de subvención: OE2 – 03: Programa de fomento y refuerzo de la economía social y la innovación socialÁrea de gestión: Área de Ciudad transformadoraServicio gestor: Desarrollo económico y TurismoTercero. Bases reguladoras.Bases particulares aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 21 de mayo de 2025 y publicadas en el BOPB número CVE 202510102519 de fecha 23 de mayo de 2025 y en el DOGC de fecha 27 de mayo de 2025. Cuarto. Cuantía.El importe de esta convocatoria, se fija en la cantidad de 100.000,00 €, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias 05 2410 4890001 (TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO. ECONOMIA SOCIAL SOLIDARIA) y 05 2410 4790001 (OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS. ECONOMIA SOCIAL Y SOLIDARIA) del presupuesto municipal del ejercicio 2025.Como regla general, las subvenciones no excederán el 50% del presupuesto total del proyecto, programa o actividad. No obstante, esto, la Comisión calificadora podrá proponer que se supere este porcentaje o se subvenciones hasta el 80% de dicho presupuesto previa justificación de las circunstancias de interés público local por parte del órgano instructor que lo avale. En ningún caso, la cantidad propuesta podrá superar la cantidad solicitada por la entidad.Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes para la modalidad de subvenciones generales y puntuales será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de BarcelonaCualquier documentación relacionada con estas Bases (solicitudes, formularios, alegaciones, etc.), que se deba presentar, se hará en la forma i lugar siguiente: Cualquier documentación relacionada con esta convocatoria (solicitudes, formularios, alegaciones, etc.), que se deba presentar, se hará en formato electrónico en la Sede electrónica del Ayuntamiento: https://seuelectronica.l-h.cat/Sexto. Otros datos. La presente convocatoria de subvenciones, se crea con la finalidad de otorgar ayudas económicas para la financiación de una actividad o proyecto concreto que se desarrolle durante el año 2025, excepto que en el acuerdo de concesión se fije un período de ejecución diferente, el cual nunca podrá ser superior a 12 meses y siempre se ha de iniciar dentro de este año.De acuerdo con los artículos 72 y 74 RGS, la justificación del cumplimiento de las condiciones y de los objetivos que se determinan en el acto de concesión de la subvención se acreditará de la forma siguiente: a) Mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto para proyectos presentados de importe inferior a 5.000,00 euros.b) Mediante cuenta justificativa con aportación de informe auditor para proyectos presentados de importe igual o superior a 5.000,00 euros.Las personas beneficiarias, para presentar la justificación de las subvenciones otorgadas, deberán utilizar de manera obligatoria los correspondientes formularios que se publicarán en la sede electrónica municipal del AYUNTAMIENTO, de acuerdo con los modelos que constan como Anexos 5, 6, 7,8 y 9 de esta convocatoria.Los formularios y los documentos que los acompañan podrán presentarse tanto en catalán como en castellano y deberán evitar lenguaje sexista en su redacción.La documentación justificativa deberá referirse a la totalidad del coste de la actividad o proyecto subvencionado y deberá ir debidamente identificada con el logotipo o sello de la entidad y firmada por el representante de esta.Cuando se trate de la modalidad de justificación con cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto: a) Plazo de presentación: El período de ejecución del proyecto subvencionado, dada su fecha de propuesta de resolución, la justificación se debe presentar dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 31 de marzo de 2026.b) Documentación: Formulario de justificación que se publicará en la sede electrónica municipal del AYUNTAMIENTO, de acuerdo con el modelo de uso obligatorio que consta como Anexo 5 de esta convocatoria, acompañado de los siguientes documentos:* Memoria del proyecto con indicación de las actividades realizadas, incluyendo reportaje fotográfico de cada una de ellas sin incorporar imágenes de personas que permitan su identificación, los resultados obtenidos, los indicadores utilizados para su valoración y el resultado de los mismos, así como el grado de logro de los objetivos perseguidos con las actividades. * Relación de gastos aplicados al proyecto con identificación del número de factura/recibo, nombre y apellidos o razón social del proveedor, NIF, fecha de emisión, descripción del gasto, fecha de pago, importe total de la factura, importe imputado al proyecto e importe imputado a otras subvenciones (si procede), así como las desviaciones que ha habido en relación al presupuesto presentado en el momento de la concesión de la subvención.* Copia del original de la totalidad de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente con la validez al tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa correspondientes al coste total del presupuesto del proyecto subvencionado. Con carácter previo a la realización de la copia, cada uno de los originales de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente serán sellados mediante sello físico o digital, haciendo constar “El documento presentado es justificativo de la Subvención otorgada por el Ayuntamiento de l’Hospitalet de Llobregat correspondiente a la subvención del expediente núm. ......., del ejercicio 2025 y en un porcentaje del .....” y señalando el porcentaje que se imputa al proyecto. Todos estos originales estarán en posesión de la persona beneficiaria y a disposición del Ayuntamiento.* Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto, programa o actividad subvencionado, indicando su importe y su procedencia.* Una muestra de toda la documentación publicitaria emitida para difundir el proyecto, programa o actividad objeto de subvención.* En caso de estar sujeta a IVA, copia de la declaración resumen anual del ejercicio 2024 (Modelo 390 o el que lo sustituya).Sea cual sea el sistema escogido, los tipos aplicados, se obtendrán a partir de cambios reales realizados, sin que sea posible aplicar tipos medios obtenidos a partir de previsiones de tipo de cambio a futuro.Las operaciones de tipo de cambio se realizarán en mercados oficiales, y deberán acreditarse con los justificantes emitidos por las entidades que operen en estos mercados.Cuando se trate de la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe auditor:a) Plazo de presentación: El período de ejecución del proyecto subvencionado, dada la fecha de propuesta de resolución, la justificación deberá presentarse dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 31 de marzo de 2026.b) Documentación: Formulario de justificación que se publicará en la sede electrónica municipal del AYUNTAMIENTO, de acuerdo con el modelo que consta como Anexo 5 de esta convocatoria, acompañado de los siguientes documentos: * Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditor de cuentas (ROAC) dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas (IAC), emitido de acuerdo con el modelo que se publicará en la sede electrónica municipal.* Memoria del proyecto, con indicación de las actividades realizadas, incluyendo reportaje fotográfico de cada una de ellas, sin incorporar imágenes de personas que permitan su identificación, los resultados obtenidos, los indicadores utilizados, los resultados obtenidos para su valoración y el resultado de la misma, así como el grado de logro de los objetivos perseguidos con las actividades.* Memoria económica abreviada que deberá contener un estado representativo de los gastos de las actividades subvencionables, debidamente agrupados y, en su caso, las cuantías inicialmente presupuestadas y las desviaciones sufridas, así como una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto, programa o actividad subvencionada, indicando su importe y procedencia. * Una muestra de toda la documentación publicitaria emitida para dar a conocer el proyecto o actividad objeto de subvención.