Decreto de CONVOCATORIA PARA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A INQUILINOS DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PÚBLICA EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON PCIÓN A COMPRA, EJERCICIO 2025
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES613 - Córdoba
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
07/07/2025
Publicación en diario oficial
10/07/2025
Texto oficial de apertura: Desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Texto oficial de cierre: 20 días a contar desde la publicación del anuncio en BOP Córdoba
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: ConvocatoriaSe convocan para el ejercicio 2025 subvenciones a inquilinos de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra.Segundo. Créditos PresupuestariosLas obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 272 1521 48026 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 25.000 euros.Tercero.- Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.Las ayudas aquí convocadas tienen por objeto regular la concesión de ayudas dirigidas al apoyo económico a las familias, con la finalidad de atenuar los efectos que sobre éstas pudiera suponer el compromiso de pago de las rentas mensuales establecidas derivadas del alquiler de vivienda de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra, entendiendo por tales aquellas viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra; este apoyo se concretará en una ayuda a los gastos de alquiler de vivienda a aquellas personas que cumplan con los requisitos expuestos en la presente convocatoria, sin que en ningún caso la ayuda supere el 50% del importe del arrendamiento.Cuarto.- Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de acreditarlosÚnicamente podrán ser beneficiarios las personas físicas que hayan suscrito contrato de alquiler con opción compra, relativo a viviendas de titularidad pública, sitas en el término municipal de Lucena (Córdoba) que cumplan con los siguientes requisitos:- no sean titulares o cotitulares de otros inmuebles de naturaleza urbana o rústica, salvo que por herencia tenga menos del 25% de la vivienda o, en caso de separación legal o divorcio, el uso y disfrute de la vivienda la tenga adjudicada el otro de los cónyuges.- figuren en el Padrón Municipal de Habitantes, con un mínimo de 2 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.- que el nivel de renta per cápita de la unidad familiar, referida a los ingresos de la unidad de convivencia familiar del ejercicio 2024, no sean superiores a los 600 € mensuales.Quinto.- Bases Reguladoras.La presente Convocatoria se rige por la Ordenanza General Reguladora de las Bases de concesión de subvenciones de este Ayuntamiento (publicada en el BOP Córdoba n.º 78, de 23 de abril de 2024), en adelante, la Ordenanza Municipal, aplicándose para lo no previsto en ellas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2025 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de otras disposiciones que por su naturaleza resulten de aplicación.Sexto.- Criterios de valoración de solicitudes y cuantía a conceder.Para determinar la cuantía individualizada de cada ayuda se aplicarán los criterios de valoración previstos en el apartado 7 de la convocatoria.Séptimo.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.