PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
08/09/2025
Fin de solicitudes
29/09/2025
Registro en BDNS
07/07/2025
Publicación en diario oficial
15/07/2025
Texto oficial de apertura: El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día 8 de septiembre
Texto oficial de cierre: Finalizará a las 23:59 horas del día 29 de septiembre de 2025.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatoriasPrimero: Beneficiarios y requisitos.Podrán participar personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que hayan tenido la iniciativa para descubrir e identificar una oportunidad de negocio, capacidad para asumir riesgos y compromiso para obtener los recursos necesarios para su consolidación y que cumplan los siguientes requisitos:- Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica de reciente creación, (constituidas a partir del 1 de marzo de 2022). - Personas físicas o pequeñas y medianas empresas cuyo volumen de negocio anual no supere los 10 millones de euros y con una plantilla inferior a 50 trabajadores. - Realizar actividad empresarial en el municipio de Fuenlabrada y/o tener su domicilio fiscal y social en el municipio. - Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada.No podrán participar ganadores de ediciones anteriores del CIFE, administraciones o entes públicos, entidades sin ánimo de lucro, autónomos colaboradores, actividades de azar ni quienes estén incursos en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.Segundo. Objeto.Fomentar iniciativas innovadoras que impulsen el crecimiento económico local, la inserción laboral y el desarrollo del talento empresarial en Fuenlabrada.Tercero. Bases Reguladoras.La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.Cuarto. Proyectos Solo se podrá presentar un proyecto por participante. Tendrá un máximo de 20 páginas e incluirá la información exigida en el modelo de memoria o plan de empresa disponible en la web del CIFE.Quinto: Plazo de presentación de la documentación:Del 8 al 29 de septiembre de 2025. El modelo de solicitud para participar en la presente convocatoria estará disponible en la página web del CIFE www.cife-fuenlabrada.es. La solicitud se presentará preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento, aunque también se admitirán otros registros legales. Será obligatoria la firma electrónica con certificado válido.Sexto. Importe:El importe total asignado a estas ayudas asciende a 18.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 3029-241-48100. Para determinar la concesión de los premios se tendrán en cuenta los criterios de valoración descritos en el art. 10 de la Convocatoria. Se entregarán 3 premios consistentes en: - 1º premio: 10.000 euros- 2º premio: 5.000 euros- 3º premio: 3.000 euros. Asimismo, se otorgarán cinco cesiones gratuitas de uso de espacio coworking según orden de prelación durante el periodo de un año entre los emprendedores que lo soliciten y acepten expresamente. Los proyectos participantes contarán además con difusión y publicidad en los medios de comunicación. Se otorgarán asimismo reconocimientos al tejido empresarial de Fuenlabrada en las áreas de trayectoria empresarial y permanencia en el municipio, reconocimiento a la mujer emprendedora, buenas prácticas en sostenibilidad, iniciativas que generen valor social en la ciudad de Fuenlabrada y reconocimiento al emprendedor joven (hasta 35 años). Estos reconocimientos no contarán con dotación económica. Séptimo. Jurado y entrega de premios:El Jurado estará compuesto por personal técnico del CIFE y, para los reconocimientos sin dotación económica, estará formado por representantes de las Asociaciones Empresariales AEFSUR y EMA. Los premiados se darán a conocer en un evento organizado por el CIFE cuya fecha se dará a conocer expresamente.Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Asimismo podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo