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Plazo no verificadoBDNS 844689

Resolución de 07 de julio 2025 de la Presidenta del S.P.E. de CyL, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación en competencias digitales para trabajadores ocupados en Castilla y León 2025-2026

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES41 - CASTILLA Y LEON

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
11/07/2025
Fin de solicitudes
24/07/2025
Registro en BDNS
08/07/2025
Publicación en diario oficial
10/07/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS: ­­­­844689Primero. –Objeto, finalidad y régimen de concesión.1.- Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en Castilla y León para los años 2025 y 2026.2.- La concesión de subvenciones contempladas en la presente convocatoria se realizará de acuerdo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad. 3.- Los programas de formación deberán estar compuestos por acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas y/o avanzadas relacionadas con la transformación digital y ciberseguridad establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B de la presente convocatoria, en el marco de las especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Las acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas deberán impartirse en modalidad presencial, y las que respondan a competencias avanzadas, tanto generales como relacionadas con la ciberseguridad, deberán impartirse en modalidad presencial y/o teleformación, atendiendo a las modalidades de impartición aprobadas para cada una de las acciones formativas establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B. 4.- El número máximo de programas de formación objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria será de 10.Segundo. – Entidades beneficiarias. Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones, las entidades de formación o agrupaciones formadas por las mismas, que en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria estén inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para impartir en modalidad presencial o teleformación aquellas especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de septiembre, para las que soliciten subvención, según lo dispuesto en el artículo 15 de la citada ley y para las cuales la presente convocatoria prevea crédito adecuado y suficiente.Las entidades de formación podrán o bien concurrir de manera individual o participar en una sola agrupación, siendo ambas opciones incompatibles. Si la entidad solicitante es titular de instalaciones inscritas o acreditadas para la especialidad formativa en el ámbito territorial donde se tiene que impartir la acción formativa, deberá concurrir con sus propias instalaciones sin que pueda hacerlo con las de titularidad de terceras personas.Tercero.- Bases reguladoras.  Orden IEM/1070/2022, de 20 de agosto por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León, ,  (BOCyL n.º 166, 29 de agosto de 2022), modificada por Orden IEM/587/2023, de 28 de abril y Orden IEM/613/2025, de 10 de junio.Cuarto. –Importe.Los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en la convocatoria son los siguientes:Ejercicio 2025: 2.400.000,00 €Ejercicio 2026: 600.000,00 €Quinto.-SolicitudesLas solicitudes se presentarán telemáticamente en el plazo de 10 días hábiles. El cómputo del plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y finalizará a las 13:00 horas del último día del plazo.La solicitud de subvención se cumplimentará en el modelo normalizado, que se recoge en el Anexo I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Bases y documentación

Resolución de la Presidencia del S.P.E de CyL, por la que se establece la distribución definitiva de los créditos presupuestarios destinados a financiar los programas de formación en competencias digitales 2025-26Publicado 10/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 08/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 7 de julio de 2025, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2025 y 2026.Publicado 10/07/2025Orden IEM/1070/2022, de 20 de agosto, modificada por Orden IEM/613/2025,de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación en competencias digitales