Resolución de 9 de juilo de 2025, por la que se convoca para 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, subvenciones para la promoción de la igualdad de género a Universidades Públicas , Línea 1.
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
01/09/2025
Fin de solicitudes
19/09/2025
Registro en BDNS
08/07/2025
Publicación en diario oficial
15/07/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif): 844832 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:Base de Datos Nacional de Subvenciones (infosubvenciones.es) Primero. ConvocatoriaSe efectúa convocatoria por el Instituto Andaluz de la Mujer para 2025 la línea 1 de subvención de concesión de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, destinada a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género, en la cuantía máxima en euros y con cargo a la posición presupuestaria que se indican a continuación: Posición presupuestaria: 1831010000 G/32G/44100/00 01Cuantía máxima 2025 (en euros): 75.000,00Cuantía máxima 2026 (en euros): 75.000,00Total (en euros): 150.000,00 La concesión de la subvención estará limitada por la disponibilidad presupuestaria existente en el ejercicio, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Universidades Públicas de Andalucía que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se adjunta a este extracto. Tercero. Objeto.El objeto de esta convocatoria se describe en el Anexo I que se acompaña a este extracto. Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género y la realización del programa UNIVERGEM, que han sido aprobadas mediante Orden de 17 de junio de 2021 (BOJA , Número 119 de 23 de junio de 2021). Quinto. Importe.La dotación máxima para la anualidad 2025 Y 2026 de la línea convocada es la reflejada en el punto primero del presente extracto. Sexto. Forma de pago.Se establece el pago anticipado del 50% como máximo del importe de la subvención a la firma de la Resolución de concesión. El 50% restante se abonará cuando se justifique íntegramente la ejecución de las actuaciones y la totalidad de los gastos. Séptimo. Solicitudes, documentación y lugar de presentación.1. La solicitud que figura como Anexo I y el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, se podrán obtener y presentar en la Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la url:https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina2. Junto a la solicitud se aportará el plan de igualdad de la universidad o, en su caso, se cumplimentará el apartado correspondiente de que cumplen los requisitos con el compromiso de aportarlo junto con la presentación del formulario Anexo II. Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.Está indicado en el Anexo I de este extracto. Noveno. Plazo de ejecución.Está indicado en el Anexo I de este extracto. Décimo. Justificación1. Se realizará por la entidad beneficiaria de la subvención ante el órgano concedente, debiendo estar conforme a lo establecido en el apartado 25 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras en cuanto a la documentación justificativa, la utilización de los medios electrónicos y la modalidad de justificación.2. El plazo máximo de presentación de la justificación está indicado en el Anexo I de este extracto. Undécimo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la Url: https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina