Resolución de 9 de julio de 2025, por la que se conv. por el Inst. And. de la Mujer para 2025 Sub. en rég. conc. no comp. a las Universidades Públicas. para promover la empleabilidad y el emprendimiento de mujeres universitarias, UNIVERGEM, Línea 2.
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
01/09/2025
Fin de solicitudes
19/09/2025
Registro en BDNS
08/07/2025
Publicación en diario oficial
15/07/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif): 844848 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: Base de Datos Nacional de Subvenciones (infosubvenciones.es). Primero. Convocatoria.Se convoca por el Instituto Andaluz de la Mujer, para 2025, la Línea 2 de subvención de carácter plurianual, a conceder en régimen de concurrencia no competitiva a las Universidades Públicas de Andalucía para la realización del Programa UNIVERGEM (Universidades por la Empleabilidad y el Emprendimiento de las Mujeres Universitarias desde la perspectiva de género), de conformidad con la Orden de 17 de Junio de 2021, publicada en BOJA n.º 119, de 23 de Junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género y la realización del Programa UNIVERGEM (Universidades por la Empleabilidad y el Emprendimiento de las mujeres universitarias desde la perspectiva de género). Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de esta subvención las Universidades Públicas de Andalucía que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I de este extracto. Tercero. Objeto y finalidadSe describen en el Anexo I de este extracto. Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía para la realización del Programa UNIVERGEM, que han sido aprobadas mediante Orden de 17 de junio de 2021 (BOJA núm. 119, de 23 de junio de 2021). Quinto. Financiación1. El crédito presupuestario para atender a la financiación de la realización del Programa UNIVERGEM, se consigna en la siguiente partida presupuestaria y por su cuantía máxima en euros. Posición Presupuestaria: 1831010000 G/32G/44100/00 01Cuantía (2025) en euros: 187.500 eurosCuantía (2026) en euros: 187.500 eurosTotal en euros: 375.000 euros 2. La concesión de la subvención estará limitada por la disponibilidad presupuestaria existente en el ejercicio, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Sexto. Forma de pago.Se establece el pago anticipado del 50%, como máximo, del importe de la subvención a la firma de la resolución de concesión. El 50% restante se abonará cuando se justifiquen íntegramente el programa y la totalidad de los gastos. Séptimo. Solicitudes y lugar de presentación.La Solicitud (Anexo I) y el Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), se podrán obtener y presentar en la Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la url: h ttps://ws097.juntadeandalucia.e s/oficina Octavo. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.Los documentos e informaciones que se requieren son los referidos en el Anexo I de este extracto, conforme a lo establecido en el apartado 14 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la subvención. Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.El indicado en el Anexo I de este extracto. Décimo. Plazo de ejecución.El indicado en el Anexo I de este extracto. Decimoprimero. Justificación.1. Se realizará por la entidad beneficiaria de la subvención ante el órgano concedente, conforme a lo establecido en el apartado 25 del cuadro resumen de las bases reguladoras, modificado por Resolución de corrección de errores de ) en cuanto a la documentación justificativa, la utilización de los medios electrónicos y la modalidad de justificación.2. El plazo máximo de presentación de la justificación está indicado en el Anexo I de este extracto. Decimosegundo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la url: https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina