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Plazo no verificadoBDNS 845055

PLAN DE OCUPABILIDAD 2025 - TURISMO - OFICINAS TURISMO

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:07 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
08/07/2025
Fin de solicitudes
31/07/2025
Registro en BDNS
09/07/2025
Publicación en diario oficial
10/07/2025

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del día siguiente a publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Convocatoria y Bases aprobadas por Acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 20 de junio de 2025, para la concesión de subvenciones con cargo al Plan de Ocupabilidad e Inserción Laboral del Servicio de Turismo de la Diputación de León para el año 2025, destinado a financiar la contratación de trabajadores desempleados para la apertura de Oficinas de Atención Turística y el Mantenimiento del Camino de Santiago.BDNS (identif.):Igualmente, se insertan en la web de la Diputación www.dipuleon.es, el texto íntegro de esta convocatoria y los modelos de Anexos propios de la misma en formato Word para facilitar su presentación, en los siguientes enlaces: https://www.dipuleon.es/Turismo/Atencion_Turistica/Ayudas_y_Subvenciones_4/ https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Ayudas_Subvenciones/ Primero.- Beneficiarios. Se distingue:Para las Oficinas de Información Turística: ayuntamientos de la provincia de León con población inferior a 20.000 habitantes que alcancen un mínimo de 13 puntos, con arreglo a los criterios recogidos en la base cuarta. Para el Mantenimiento del Camino de Santiago: de los 33 ayuntamientos integrados en el Real Camino Francés, declarado BIC y Patrimonio Mundial, aquellos que se indican en la base cuarta, en los que están incluidas sus tres variantes y, de acuerdo con los tramos por kilómetros que se reseñan en la citada base. Se deberá tendrá en cuenta para esta línea de subvención, además, lo siguiente: - Los ayuntamientos que soliciten la subvención deberán comprometerse al mantenimiento integral del trazado del Camino indicado en el tramo correspondiente, y no solo al que afecte a su territorio.- Cada ayuntamiento, solo podrá obtener subvención para un tramo del Camino, a excepción del Ayuntamiento de Molinaseca, que dispone de dos tramos íntegros del Camino, que no comparte con ningún otro ayuntamiento. Los Ayuntamientos de Santa Colomba de Somoza y de Vega de Valcarce podrán obtener subvención para dos tramos cuando, para el tramo que comparten con otro ayuntamiento, este no solicite subvención.Los beneficiarios, en todo caso, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la base quinta de las que regulan la convocatoria.Segundo.- Finalidad.La presente convocatoria pretende financiar los costes derivados de la contratación de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el momento de su contratación, que se lleve a cabo por los ayuntamientos de la provincia de León con población de hasta 20.000 habitantes, en régimen de concurrencia competitiva, para la apertura de Oficinas de Información Turística y, en régimen de concurrencia no competitiva, para el mantenimiento del Camino de Santiago, dentro del plazo de realización de la actividad objeto de subvención. Tercero.- Normativa reguladora.Las subvenciones objeto de la presente Convocatoria de conformidad con lo previsto en el art. 2.5 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se regirán, además de por lo previsto en las presentes Bases, por lo dispuesto en las Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Diputación Provincial de León, aprobadas por acuerdo del Pleno de 27 de febrero de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 45/2008, de 5 de marzo (en adelante BGS), y por el Convenio de colaboración suscrito con la Junta de Castilla y León para impulsar las políticas activas de empleo para la contratación de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social, prorrogado el 31 de marzo de 2025 por 1 año más.Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (en adelante OGS), en su redacción dada por acuerdo plenario de 27 de julio de 2022 (BOP nº 206, de 27 de octubre de 2022), en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, en las Bases de ejecución del Presupuesto general de la Diputación de 2025 y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado. Cuarto.- Cuantía.El Importe total aplicado a las subvenciones acogidas al presente Plan de Ocupabilidad es de cuatrocientos cuatro mil seiscientos euros (404.600,00 ⿬) con este desglose:1. Para la Apertura de Oficinas de Información Turística se destinan 140.000,00 ⿬: o Gastos derivados de la contratación de personal titulado en Turismo: hasta el 90% de los gastos? máximo :1.200 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes,? máximo: 600 ⿬ por contrato a media jornada y mes.o Gastos derivados de la contratación de personal que acredite la realización de los cursos que oferta el Aula Mentor hasta el 80%? máximo 1.000 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes,? máximo 500 ⿬ por contrato a media jornada y mes.o Gastos derivados de la contratación de personal no titulado en Turismo ni con la realización de los cursos citados del Aula Mentor, hasta el 70%? máximo 900 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes,? máximo 450 ⿬ por contrato a media jornada y mes.2. Para el Mantenimiento del Camino de Santiago se destinan 264.600,00 ⿬: o Se establece un máximo de 2.200 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes, siendo la duración del período de contratación objeto de financiación mínimo de 2 meses y máximo de 12 meses.No será subvencionable más de un contrato a tiempo completo o dos a media jornada, por Oficina. Se entenderá jornada completa un mínimo de 7 horas día/35 semanales y un máximo de 8 horas día/40 semanales. La medía jornada será como mínimo de 3,5 horas día/17,5 semanales y como máximo de 4 horas día/20 semanales.Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes. Veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación del Extracto de la Convocatoria y Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León.Sexto.- Otros datos de interés.Presentación de solicitudes.- Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Diputación https://sede.dipuleon.es, en el modelo establecido en el Anexo I, acompañando declaración responsable (Anexo II) y la ficha de terceros en la que desean que se ingrese la subvención.Gastos subvencionables. - La cuantía de la subvención concedida será la suma total de los costes salariales imputables para los trabajadores contratados y el período de tiempo subvencionado, con el límite de la cantidad señalada en la base sexta, referidos a los siguientes conceptos:a) Salario base.b) Pluses que, con carácter general, se prevean en los Convenios Colectivos de aplicación.c) Parte proporcional de pagas extraordinarias que correspondan en función del periodo de tiempo trabajado.d) Importe de la aportación empresarial de la Entidad a la Seguridad Social, por las contingencias comunes y profesionales, excluidas las horas extra y otros conceptos no subvencionables.e) La indemnización por finalización de contrato.f) Los gastos que se ocasionen durante el período en que el trabajador esté de baja por incapacidad o por maternidad, incluidas las cotizaciones sociales.No tendrán la consideración de conceptos subvencionables las horas extraordinarias, así como los incentivos, primas o gratificaciones voluntarias o cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral o en los convenios colectivos que resulten de aplicación.Requisitos para las contrataciones. -1. Las contrataciones subvencionadas serán las formalizadas a partir de la aprobación del Plan de Ocupabilidad que se propone, observando el cumplimiento de la totalidad de los requisitos que se exponen en la base novena. Asimismo, y para las actividades a subvencionar, en concreto, se exige: a. Para la contratación de personal con destino a las Oficinas de Turismo, deberán ser titulados en Turismo, es decir, aquellos que estén en posesión de las siguientes titulaciones: Graduado en Turismo; Diplomado en Turismo; Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (TEAT); Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turística; y Técnico Superior en Información y Comercialización Turística; o haber realizado algún curso de la familia de Hostelería y Turismo, que oferta la plataforma Aula Mentor (1) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. En el supuesto de la imposibilidad de formalización de contratos a personal formado en materia turística, o que acredite la realización de los cursos que oferta el Aula Mentor, se podrá admitir la firma de contratos a personal que no tenga los cursos, o la titulación citada.(1) En la actualidad la oferta del Aula Mentor en la familia de Hostelería y Turismo, incluye los siguientes cursos, admisibles para optar a la presente subvención:? Diseño de productos turísticos locales.? Promoción y comercialización de productos turísticos locales.? Organización del servicio de información turística local.? Gestión de la información y documentación turística local.? Información y atención al visitante.b. Para la contratación de personal con destino al Mantenimiento del Camino de Santiago, no es precisa titulación alguna.Tanto para las Oficinas de Turismo como para el Mantenimiento del Camino de Santiago, los contratos serán preferentemente a jornada completa; de hacerlo a jornada parcial, esta deberá ser al menos del 50% de la jornada legal o convencionalmente establecida.Periodo de realización de la actividad. - Serán subvencionables los costes de contratación producidos durante el ejercicio 2025, hasta el 31 de diciembre de 2025, y, en cualquier caso, posterior a la aprobación del presente Plan de Ocupabilidad, quedando condicionadas el inicio de estas contrataciones tanto para las Oficinas de Turismo como para el Mantenimiento del Camino de Santiago a la efectiva aprobación del presente Plan de Ocupabilidad.Procedimiento de concesión. ? Según se prescribe en la base decimosegunda. Tras dictarse las correspondientes resoluciones de concesión, se llevará a cabo la selección por sorteo de un 10% de los beneficiarios que, en el trámite de justificación, deberán presentar la referida documentación adicional, a cuyo efecto se informará oportunamente a los beneficiarios afectados. En caso de pagos anticipados los mencionados beneficiarios que resulten seleccionados por sorteo presentarán, además, los justificantes de pago por el importe anticipado.Órgano competente para resolver. ? El Pleno de la Corporación.Posibilidad de anticipo. - Sí, a aquellos ayuntamientos que tengan delegada la recaudación de los tributos en la Diputación, siempre previa solicitud, con un máximo del setenta y cinco por ciento (75%) de la subvención otorgada en la resolución de la convocatoria y con los requisitos que se señalan en la base decimoquinta.Justificación.- El plazo de justificación para las actuaciones subvencionadas que integran el Plan de Ocupabilidad (Oficinas de Turismo y/o Mantenimiento del Camino de Santiago), finalizará el 28 de febrero de 2026, con la presentación del modelo normalizado (Anexo III) acompañado de la documentación general prevista en la base decimosexta de la convocatoria, así como de la documentación especifica que, para cada una de las actuaciones subvencionadas se contiene en la antedicha base decimosexta.Forma de pago. ? El pago se efectuará fiscalizada la documentación justificativa, siguiendo lo dispuesto en la base decimoséptima. Compatibilidad con otras ayudas. - - Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, son compatibles con otras ayudas concedidas para la misma finalidad y actividad otorgadas por otras entidades públicas o privadas, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada. - No serán compatibles con otras ayudas que pueda convocar la Diputación de León para el mismo fin. El Diputado delegado de Turismo(Por delegación del Presidente, resolución 10355/2023, de 13 de septiembre)

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSFICHA DE TERCEROSPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLEPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO III SOLICITUD ABONO SUBVENCIÓNPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IV JUSTIFICACION SUBVENCIÓNPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO V MEDIDAS DE DIFUSIÓNPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VI MEMORIAPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VII CONTRATOPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VIII MEMORIA ADJUNTAPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IX DECLARACIÓN RESPONSABLEPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO X PARTE DIARIO DE INCIDENCIASPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XI MEMORIA MENSUAL DE INCIDENCIASPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XII MEMORIA FINAL DE LA ACTUACIÓNPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XIII ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS DE DIFUSIÓNPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIONESPublicado 09/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSPLAN DE OCUPABILIDAD E INSERCIÓN LABORAL DEL SERVICIO DE TURISMO DE LA DIPUTACIÓN DE LEÓN (OFICINAS DE INFORMACIÓN TÚRISTICA)Publicado 10/07/2025ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES 2022