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Plazo no verificadoBDNS 845257

AVANZA PYME

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ · INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES612 - Cádiz

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
17/07/2025
Fin de solicitudes
06/08/2025
Registro en BDNS
10/07/2025
Publicación en diario oficial
16/07/2025

Texto oficial de apertura: Desde el siguiente a la publicación del anuncio en el BOP de Cádiz

Texto oficial de cierre: Hasta 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOP de Cádiz

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Extracto publicado

El Vicepresidente del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación Provincial de Cádiz, mediante decreto INVER-00105-2025 de fecha 06 de octubre de 2025, ha resuelto lo siguiente:DECRETO?Vistos los siguientes Antecedentes de hecho:PRIMERO.- El 16.07.2025 se publica en el BOP de Cádiz nº 134 la Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la introducción de mejoras productivas y la potenciación de la actividad económica en la provincia de Cádiz ?AVANZA PYME?, recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones del IEDT, dentro del plan de actuación ?B.3. MEJORAS PRODUCTIVAS Y POTENCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA? y aprobada mediante decreto INVER-00074-2025, de 8 de Julio de 2025.SEGUNDO.- Conforme a las bases de la Convocatoria, los plazos de resolución y de justificación son los siguientes: ? Base 11. Plazo de resolución y recursos. ?El plazo máximo para emitir la resolución y notificar sera de tres meses, a contar desde la publicación de la convocatoria.? ? Base 13. Justificación. ?(...)La persona o empresa beneficiaria de la ayuda esta obligada a presentar la justificación del proyecto como máximo el 15 de noviembre de 2025.?Por lo que la finalización del plazo de resolución y notificación es el 16.10.25 y el plazo de justificación el 15.11.25.TERCERO.- Obra en el expediente providencia de incoación de fecha 29.09.25 e Informe Técnico-jurídico de fecha 01.10.25 que resulta favorable sobre la ampliación del plazo de resolución y notificación hasta el 01.12.25 y del plazo de justificación hasta el 12.12.25, ante la imposibilidad de cumplimiento de los mismos por la demora en la tramitación. Conforme a los siguientes Fundamentos de Derecho:PRIMERO.- Legislación aplicable. ? Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL). ? Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). ? Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS). ? Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) ? Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) ? Ordenanza General de Subvenciones del IEDT, publicada en el BOP de Cádiz 201 de 21.10.2008 (Bases Generales). ? Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. ? Acuerdo del Pleno de esta Diputación de 18 de Julio de 2018. ? Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo. ? Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la ley 39/1988, de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. ? Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para el ejercicio 2025. ? Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 118, de 24 de junio de 2019. ? Demás normas de derecho administrativo y en su caso, de derecho privado.SEGUNDO.- Aplicación del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Dado que las subvenciones de AVANZA PYME se convocaron por resolución de la Vicepresidencia INVER-00074-2025, de 08.07.25 (publicada en el BOP de Cádiz n.º 134 de 16.07.25) y no habiéndose producido aún el vencimiento de los plazos de resolución, notificación y justificación, se considera adecuada la aplicación de lo establecido en el artículo 32.1 LPACAP, que prevé la ampliación de los pazos establecidos, ya que no excede de la mitad de los mismos, no se perjudican derechos de terceros y las circunstancias lo aconsejan ante la demora en la tramitación e imposibilidad del cumplimiento de los plazos señalados.TERCERO.- Competencia para la ampliación de plazosEn virtud de la Base 8 de la convocatoria, el órgano competente para la resolución del procedimiento recae en la persona que obstenta la Vicepresidencia del IEDT por delegación de la Presidencia Decreto SECRE-00058-2023, de 25 de julio de 2023. Asimismo el artículo 70.1 RLGS establece que el órgano competente para la ampliación de los plazos de justificación es el órgano concedente.CONCLUSIÓNPor cuanto se ha expuesto, en consideración a los antecedentes, la providencia de incoación de 29.09.25 y al I.Técnico-Jurídico de 01.10.25, salvo mejor criterio fundado en Derecho y una vez que conste en el expediente informe favorable de la Intervención, se concluye que es conforme a Derecho la ampliación de los plazos de resolución, notificación y justificación de la Convocatoria de subvenciones AVANZA PYME (publicada en el BOP de Cádiz n.º 134 de 16.07.2025) y en virtud de las competencias que me han sido asignadas,vengo en RESOLVER,PRIMERO.-Ampliar el plazo de resolución y notificación previsto en la base 11 de la convocatoria AVANZA PYME, hasta el 01.12.25 inclusive.SEGUNDO.-Ampliar el plazo para la presentación de justificaciones previsto en la base 13 de la convocatoria AVANZA PYME, hasta el 12.12.25 inclusive.TERCERO.- Ordenar la publicación de lo anterior en el BOP de Cádiz, en la Base de Datos Nacional de subvenciones y en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.?Lo que comunico, para su conocimiento y efectos oportunos.La presente resolución no será susceptible de recursos, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento conforme al artículo 32.3 LPACAP.

PRIMERO. Beneficiarios.Las personas o entidades solicitantes que podrán acceder a estas ayudas son: - Pequeñas y medianas empresas, entendidas según la definición dada por la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, como aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones € o cuyo balance general anual no excede de 43 millones €.- Autónomos, definidos como personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:- Que hayan mantenido su actividad de modo ininterrumpido al menos desde el 1 de enero de 2022.- Que tengan un centro de trabajo ubicado en la provincia de Cádiz y que será el que se vincule a las actuaciones subvencionadas. Por otro lado, se excluyen de esta convocatoria de subvenciones las asociaciones, las fundaciones y las entidades sin ánimo de lucro.SEGUNDO. Objeto.Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se destinarán a la ejecución de proyectos de mejoras o nuevos procesos productivos que comporten la adaptación empresarial a nuevas exigencias de su entorno, a la vez que el mantenimiento y/o un incremento neto de los puestos de trabajo, en consonancia con la línea estratégica B.3, mejoras productivas y potenciación de la actividad económica, del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación Provincial de Cádiz (en adelante IEDT). Estos proyectos deben tener un carácter relevante y tractor en la cadena de valor de la actividad correspondiente.Se consideran subvencionables los proyectos que se ajusten a alguna o algunas de las siguientes actuaciones: 1. Implantación de certificaciones o nuevos modelos o estrategias de trabajo. 2. Dinamización empresarial y el fomento de la cooperación sectorial. 3. Programas o talleres de formación con una duración mínima de 20 horas lectivas, conducentes a la adquisición o mejora de las competencias profesionales. 4. Contratación de personas en situación de desempleo.TERCERO. Bases reguladoras.Ordenanza de Subvenciones del IEDT (BOP de Cádiz nº 201 de 21 de octubre de 2008) y Convocatoria aprobada por resolución de la Vicepresidencia del IEDT INVER-00074-2025 de 08 de julio de 2025.CUARTO. Importe a conceder.Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 51/241AN/470, con cargo a la retención de crédito 220250002325, siendo el crédito máximo disponible de 700.000,00€, sin perjuicio de que este importe pueda ser ampliado si existiera disponibilidad presupuestaria para ello y las circunstancias así lo aconsejan.La subvención para las personas o empresas beneficiarias será de hasta un 85% del gasto elegible con un máximo de 200.000,00 € y un mínimo de 5.000,00 € de ayuda por proyecto. Sólo se podrá subvencionar una única solicitud por persona o empresa beneficiaria.QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP de Cádiz. SEXTO. Otros datos.Los proyectos subvencionados deberán comenzar y finalizar su ejecución dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 15 de octubre de 2025, ambos inclusive.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 01/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución concesiónPublicado 01/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSAmpliación de plazos AVANZA PYMEPublicado 01/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSAMPLIACIÓN DE PLAZOS DE RESOLUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES AVANZA PYMEPublicado 14/10/2025EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA VICEPRESIDENCIA DEL IEDT POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRIGIDAS A LA INTRODUCCIÓN DE MEJORAS PRODUCTIVAS Y LA POTENCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ. AVANZA PYME.Publicado 16/07/2025ORDENANZA SUBVENCIONES IEDT