Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 13/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 17/07/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: Un mes desde la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES.Podrán ser objeto de subvención las actividades o la promoción del deporte realizadas por entidades deportivas inscritas con domicilio social en San Sadurniño en el momento de la convocatoria dentro del período natural del año 2025 y que estén al corriente de sus deberes fiscales y económicos con cualquier ente administrativo.Serán subvencionables los gastos corrientes de funcionamiento y participación en campeonatos deportivos, tales como fichas de inscripción en competiciones, desplazamientos, arbitrajes, servicios sanitarios (siempre que se adjunte parte de accidentes de la mutua correspondiente), compra de material deportivo, transporte; y otros de funcionamiento común de la entidad.No serán objeto de subvención los gastos financieros, notariales, registrales, periciales, multas, sanciones y recargos administrativos o penitenciarios, ni los tributos directos a cargo de las entidades beneficiarias.No se considerarán en ningún caso gastos subvencionables los derivados de la organización de comidas, eventos gastronómicos u otros similares. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.La concesión de subvenciones se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva.El crédito total asignado a la presente convocatoria se distribuirá de manera proporcional a la puntuación que cada entidad deportiva obtenga una vez aplicados los criterios de ponderación establecidos.Criterios de valoración:1. Para las entidades deportivas que no cuenten con equipas que participen en competiciones deportivas de deportes olímpicos, se establece una cuantía de 1.500,00 euros. El importe de la subvención se calculará en función del número de licencias federativas con las que cuente cada entidad. Para el cálculo de esta cuantía se aplicará la siguiente fórmula:Vp=1.500/NlSiendo Vp el valor del punto y Nl la suma del número de licencias federativas de las entidades solicitantes. Con la finalidad de potenciar la práctica deportiva femenina, el número de licencias federativas femeninas se multiplicará por dosLa cuantía de la ayuda será el resultado de la multiplicación del valor de Vp por la suma de las licencias federativas de cada entidad solicitante.2. Para las entidades deportivas con equipas que participen en competiciones deportivas de deportes olímpicos, se establece una cuantía de 7.000,00 euros. El importe de la subvención se calculará en función del número de licencias federativas con las que cuente cada entidad. Para el cálculo de esta cuantía se aplicará la siguiente fórmula:Vp=7.000/NlSiendo Vp el valor del punto y Nl la suma del número de licencias federativas de las entidades solicitantes. Con la finalidad de potenciar la práctica deportiva femenina, el número de licencias federativas femeninas se multiplicará por dosLa cuantía de la ayuda será el resultado de la multiplicación del valor de Vp por la suma de las licencias federativas de cada entidad solicitante.3. Pola titularidad de las instalaciones, ya sea en propiedad o por algún tipo de cesión de uso demostrada mediante lo correspondiente documento contractual, primando aquellas entidades con instalaciones propias por la necesidad de su mantenimiento. Se establece una cuantía de 1.500,00 euros. Se distribuirá de manera proporcional en función del número de solicitudes.4. Número de equipas por categoría para las entidades deportivas que participen en competiciones deportivas de deportes olímpicos, se establece una cuantía de 3.000,00 euros. Se distribuirá de manera proporcional en función de la clasificación según dictamen de la comisión evaluadora.5. Cuantía presupuestaria del programa presentado para la solicitud de entidades deportivas con equipas que participen en competiciones deportivas de deportes olímpicos. Se establece una cuantía de 3.000,00 euros. La ponderación atribuida la este criterio, se distribuirá de manera proporcional en función de la clasificación según dictamen de la comisión evaluadora, atendiendo a los siguientes parámetros: • de 500,00 a 1.000,00 euros: hasta 0,50 puntos • de 1.001,00 a 2.000,00 euros: hasta 1 punto • de 2.001,00 a 3.000,00 euros: hasta 1,50 puntos • de 3.001,00 a 4.000,00 euros: hasta 2 puntos • de 4.001,00 a 5.000,00 euros: hasta 3 puntos • de 5.000,00 a 10.000,00 euros: hasta 4 puntos. • Más de 10.000,00 euros: 5 puntos