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Plazo no verificadoBDNS 845800

Acuerdo de 11 de julio de 2025 de la Junta de Gobierno Local por el que se convocan ayudas a la plantación de frutales de variedades autóctonas 2025-2026

LOCAL · SAN SADURNIÑO · AYUNTAMIENTO DE SAN SADURNIÑO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/07/2025
Publicación en diario oficial
17/07/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el BOP

Texto oficial de cierre: Un mes desde la publicación de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ACCIONES SUBVENCIONABLESSerán considerados gastos subvencionables las plantas mercadas para nuevas plantaciones de manzanos en sus variedades de Ollo Negro, Príncipe, Roxelia, Da Sega y Reineta de San Bieito y de ciruelos en sus variedades de Collon de Frade y la de Arillo.Inicialmente cada persona beneficiaria deberá elegir solamente una de las variedades que se subvencionan en la presente convocatoria. La persona beneficiaria podrá elegir, en una misma solicitud, las ayudas para más variedades sólo en caso de que disponga de una extensión mínima de plantación de 2000m2 para cada variedad.No serán subvencionables los gastos financieros, notariales, crediticios o periciales.Será de aplicación en todo el municipio del Ayuntamiento de San Sadurniño.PERSONAS BENEFICIARIASSerán personas beneficiarias de la presente convocatoria las personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos en la presente convocatoria, posean un terreno con la extensión mínima de plantación establecida en el apartado V de esta convocatoria (Requisitos de la/s plantación/nes).Los requisitos que deberán cumplir las personas beneficiarias a la fecha de publicación de la presente convocatoria serán los siguientes y se acreditarán mediante la firma del modelo normalizado de declaración responsable (Anexo II):Mayores de edad.Encontrarse al corriente en sus deberes tributarios con cualquier entidad pública y con la Seguridad Social.No ser deudora por reintegro de subvención municipal.No ser suscriptora de convenio con contenido económico con el Ayuntamiento de San Sadurniño.No estar incursa en prohibición o inhabilitación para percibir ayudas públicas.Deberán poseer, en el momento de la solicitud, la titularidad catastral de la/s finca/s referenciadas o el derecho de uso de la/s misma/s por un período mínimo de diez años.REQUISITOS DE La/S PLANTACIÓN/SLas características que tienen que tener las nuevas plantaciones son las siguientes:Marco de plantación mínima para los manzano: 4 x 5Marco de plantación mínima para los ciruelos: 4 x 4Extensión mínima de plantación para una sola variedad: 1.000m2Extensión máxima de plantación para una sola variedad: 4.000m2Extensión máxima de plantación para dos o más variedades: 6.000m2Habida cuenta estos requisitos de las plantaciones se establece que en una superficie de 1.000m2 podrá contener hasta 40 plantas como máximo en el caso de los manzanos y 50 plantas como máximo en el caso de los ciruelos. Para el cálculo de superficies que no sean múltiplos de 1.000 m2 se aplicará una regla de tres simple para el cálculo del número de plantas.Con cada planta se deberá colocar el correspondiente protector de árboles, con una altura mínima de 120 centímetros.En el momento de la presentación de la solicitud no puede existir ningún tipo de plantación de las variedades presentes en esta convocatoria, en la finca indicada.Deberá respetar las distancias de plantación según la normativa vigente en relación a las fincas colindantes y otras afecciones.La/s plantación/es deberá/n permanecer en la/s finca/s seleccionada/s durante un mínimo de 4 años desde la resolución de concesión de la ayuda.CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍALa financiación de la presente convocatoria viene dada por la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 4311.48000, por importe total de 10.000,00 €.El importe subvencionable será de hasta 10,00 € por planta y con un límite máximo de 2.000,00 € por solicitud.La presente subvención será compatible con cualquiera otra, de naturaleza pública o personal, con el límite del 100% del gasto.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo II - galegoPublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo solicitudePublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo II - castellanoPublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo solicitudPublicado 13/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria subvenciones plantación frutales autóctonos 2025-2026Publicado 17/07/2025Ordenanza General de subvenciones