Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 14/09/2025
- Registro en BDNS
- 14/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 18/07/2025
Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA ORDEN EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA
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Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias.Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden de 23 de mayo de 2025 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la reconstitución del potencial productivo de almendro en secano, en el marco del PEPAC 2023-2027.Segundo. Objeto y finalidad.1. Por la presente Orden se convocan ayudas destinadas a sufragar parte del coste de reconstitución de explotaciones en secano de almendro afectado por sequía, en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante las ayudas reguladas en la Orden de 23/05/2025, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.2. Estas ayudas se aplican conforme al artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013. La finalidad de estas ayudas es fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo, lo cual se debe alcanzar mediante la mejora de la orientación al mercado y aumento de la competitividad de las explotaciones agrícolas a corto y largo plazo, también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.Tercero. Bases reguladoras.Orden de 23 de mayo de 2025, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la reconstitución del potencial productivo de almendro en secano, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, período 2023-2027Cuarto. Cuadro presupuestario.1. La financiación de estas ayudas corresponde en un 60,00% a la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER), en un 12,00% a la Administración General del Estado, por medio del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y en un 28,00% a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.2. Las ayudas se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 17.03.00.712A.770.02 de los ejercicios 2026, 2027 y 2028, o partidas equivalentes en ejercicios futuros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, según el siguiente proyecto y cuantías:Ejercicio Intervención 6841.2Proyecto 53950Importe (€)2026 1.500.000,002027 1.008.000,002028 1.992.000,00Total 4.500.000,00Quinto. Plazo de presentación de solicitudes de concesión.1. El plazo de presentación se inicia al día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, finalizando el 14 de septiembre de 2025, ambos inclusive.2. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 23 de mayo de 2025, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes de pago.1. El plazo de ejecución, justificación y presentación de la solicitud de pago para cada anualidad se realizará conforme a la siguiente tabla:Anualidad para la que se otorgó la concesión Fecha de ejecución y justificación del gasto/pago Fecha de presentación de solicitud de pago2026 Hasta el 1 de mayo de 2026 Desde el 1 de enero hasta el 1 de mayo de 20262027 Hasta el 1 de mayo de 2027 Desde el 1 de enero hasta el 1 de mayo de 20272028 Hasta el 1 de mayo de 2028 Desde el 1 de enero hasta el 1 de mayo de 20282. Para la formulación de las solicitudes de pago se tendrá en cuenta lo descrito en el artículo 22 de la Orden de 23 de mayo de 2025, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras. Las solicitudes irán acompañadas por la documentación indicada en el Anexo V de la Orden de 23 de mayo de 2025.