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CerradaBDNS 845830

Resolución del 9 de julio de 2025, del Concejal-Delegado de Educación de Arroyo de la Encom. se convoca la conc.de ayudas, para adqu.mat. escolar, libros de texto y mat. informático, al alumnado matriculado en E.primaria, secundaria,PMAR y FP Básica 25-26

LOCAL · ARROYO DE LA ENCOMIENDA · AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
06/10/2025
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
14/07/2025
Publicación en diario oficial
16/07/2025

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Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios:Familias de los alumnos empadronados en Arroyo de la Encomienda, que estén matriculados en Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.Para la concesión de la ayuda será imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:a.- Que el alumnado beneficiario de las ayudas esté matriculado en Educación Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, durante el curso escolar 2025-2026, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.b.- Que el alumnado esté empadronado en este municipio.c.- Que el padre, madre, o tutor del alumno, que solicite la ayuda esté empadronados en Arroyo de la Encomienda.Criterios económicosEl límite de ingresos, en el periodo impositivo 2024, será el siguiente:Familias no numerosas: Hasta 42.000 €Familias numerosas: Hasta 55.000 €Para el cálculo de la renta familiar a efectos de estas ayudas, son miembros computables de la familia los padres y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, quienes tendrán la consideración de sustentadores principales de la familia.En el caso de divorcio o separación legal de los padres, se considerarán miembros computables ambos progenitores, por lo que ambos deberán autorizar a consultar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria el nivel de renta (IRPF 2024). En caso de no autorizar, deben aportar Declaración IRPF 2024 o Certificado de Ingresos 2024 (en caso de no haber presentado declaración).Salvo los casos de monoparentalidad, se computarán las rentas de ambos progenitores.Todas las familias tienen que presentar los ingresos de ambos progenitores y si no los presentasen, previo requerimiento, se les tendrá por desistidos.Segundo.- Objeto y gastos subvencionables:Objeto: concesión de ayudas para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático a las familias de los alumnos empadronados en Arroyo de la Encomienda, que estén matriculados en Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, durante el curso 2025-2026, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.Gastos subvencionables:Son los realizados para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2025.Se considera material informático:ordenador, tablet, cartuchos, impresoras, funda tablet, disco duro externo, auriculares sencillos, adaptador de red, micro SD, disco duro SSD, cristal templado IPAD, webcam, smartphone, calculadora científica, paquete instalación antivirus, office 365, reposamuñecas  y licencias de los libros digitales.Tercero.- Bases reguladoras:Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2021, publicada en el B.P de Valladolid nº 88, de 11 de mayo de 2021.Cuarto.- Cuantía.La cuantía global máxima, asciende a 95.000 euros, a los efectos de lo dispuesto en el art. 58.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.De conformidad con lo señalado en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fija para esta convocatoria una cuantía adicional por importe de 40.000 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.El importe de la ayuda estará en función de la documentación justificativa que se presente, siendo el importe máximo de la ayuda de 100 € por alumno. Si la ayuda se solicita telemáticamente, el importe máximo será de 105 € por alumno, en virtud del principio de eficiencia administrativa.Quinto.- Solicitud: podrá presentarse:Presencialmente:-en el Registro municipal del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, ubicado en la Plaza España nº 1, de Arroyo de la Encomienda.-en cualquiera de los registros previstos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Telemáticamente en la Sede Electrónica/Registro Electrónico.-Con certificado electrónico.-DNI Electrónico.Se presentará una solicitud por cada alumno.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes:Estará comprendido entre el 6 y el 31 de octubre de 2025 exclusivamente para solicitudes telemáticas. Entre el 20 y el 31 de octubre de 2025, para las solicitudes presenciales.Se resolverá primero la concesión de estas ayudas en los casos en los que la solicitud se presente de forma telemática.Séptimo.- Justificación de la ayuda concedida.La justificación se realizará mediante la aportación de facturas, que acrediten la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, así como la justificación de su pago.En la factura deben figurar los extremos recogidos en la cláusula octava de la convocatoria.La documentación justificativa se presentará junto con la solicitud y Anexo.Octavo.-  Procedimiento de pago de la ayuda.Las ayudas se abonarán mediante transferencia bancaria al IBAN indicado en la solicitud, de la que deberá ser titular el padre, madre o tutor que figure en el ANEXO como solicitante de la ayuda.El pago de la transferencia constituye la aceptación de la subvención y de la realización de su notificación.Noveno.- Compatibilidad con otras ayudas:Las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria, son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad otorgada por otras Administraciones Públicas o entidades de naturaleza pública o privada.En todo caso será de aplicación lo señalado en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 14/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la resolución nº 2025/2414, de 9 de julio de 2025, del Concejal-delegado de Educación del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, a las familias del alumnado matriculado en Educación Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, curso 2025-2026.Publicado 16/07/2025