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Plazo no verificadoBDNS 845907

Convocatoria para la concesión de subvenciones para el desarrollo de programaciones anuales de las entidades de la Comarca de Campo de Daroca durante el ejercicio 2025.

LOCAL · COMARCA DE CAMPO DE DAROCA · COMARCA DE CAMPO DE DAROCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES24 - ARAGON

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
29/07/2025
Fin de solicitudes
19/08/2025
Registro en BDNS
14/07/2025
Publicación en diario oficial
28/07/2025

Texto oficial de apertura: Dia siguiente de su publicación.

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde su publicación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERA. — OBJETO Y FINALIDAD. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones legalmente constituidas que estén radicadas en el ámbito geográfico de esta Comarca, para la realización de proyectos con actividades enmarcadas dentro de sus objetivos sociales. Por ello, las asociaciones deberán presentar una memoria del proyecto de actividad o actividades a subvencionar durante el año 2025 en la delimitación comarcal de Campo de Daroca conforme al anexo que se incorpora a esta convocatoria. SEGUNDA. — CRÉDITO PRESUPUESTARIO. El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cuantía total de 15.430,72 euros, incluido en la aplicación 2025 3343.48003 del presupuesto vigente para el ejercicio 2025, quedando la concesión de las subvenciones sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente convocatoria. TERCERA. — BENEFICIARIOS. Podrán participar en la presente convocatoria todas aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas a fecha de publicación de la presente convocatoria que tengan establecida su sede social en cualquiera de los municipios pertenecientes a la Comarca de Campo de Daroca que se hallen inscritas en el correspondiente registro de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo objeto tenga relación directa con las bases reguladoras y cumplan con los requisitos exigidos. Quedan expresamente excluidas las entidades que dependan de la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, las entidades con las cuales existe un convenio nominativo regulado en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comarca Campo de Daroca para el mismo fin, así como aquellas entidades en las que la Comarca forme parte de su órgano de gobierno con algún cargo institucional del equipo de gobierno comarcal. CUARTA. — ÁMBITO TEMPORAL. Estas ayudas se destinarán a actividades desarrolladas o que se vayan a desarrollar íntegramente desde el el 1 de enero de 2025 y la fecha límite de justificación establecida en la cláusula decimoquinta de estas bases. QUINTA. — PROYECTO. ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES. Podrán ser objeto de subvención aquellas actividades que se encuadren dentro de los ámbitos competenciales de la Comarca de Campo de Daroca: acción social, cultura, deportes, juventud, patrimonio cultural y tradiciones populares, así como turismo, según se detalla en el anexo I “Líneas de subvención”. Se podrá presentar presentar una única programación anual compuesto por un máximo de cuatro actividades, cuyo importe mínimo de ejecución será de 1.000 euros y el máximo de 4.000 euros, debiendo completar un anexo III por cada actividad objeto de subvención. SEXTA. — GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES. Podrán ser gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la actividad subvencionada y no sean excluidos de forma general o específica de cada área. Los gastos excluidos aparecen detallados en la ficha técnica de la convocatoria “Gastos excluidos”. SÉPTIMA. — IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. El importe de la subvención no podrá ser de cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste total del proyecto para las que se solicita subvención, con un mínimo de subvención de 800 euros y un máximo de subvención de 1.600 euros sobre el total de actividades presentadas. No obstante, en el caso de existir remanente debido al reparto efectuado una vez aplicados los criterios de baremación, dicho remanente se repartirá entre las entidades beneficiarias, no pudiendo superar la cuantía de la subvención de subvención de 2.000 euros por proyecto. OCTAVA. — PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ. NOVENA.- BASES REGULADORAS:Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron por unanimidad en el Consejo Comarcal de la Comarca de Campo de Daroca de fecha 18 de junio de 2018 y están contenidas en la Ordenanza comarcal reguladora de las bases de subvenciones para el desarrollo de proyectos anuales de las asociaciones de la comarca Campo de Daroca (BOPZ núm. 156, de fecha 10 de julio de 2018). La convocatoria íntegra será publicada en la sede electrónica de la Comarca de Campo de Daroca (http://campodedaroca.sedelectronica.es), los impresos de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por la entidad solicitante se encuentran a disposición en la misma.La solicitud de subvención, acompañada de la documentación y el resto de comunicaciones de las entidades serán dirigidas al Señor Presidente de la Comarca de Campo de Daroca, siendo presentadas a través de la sede electrónica de la Comarca de Campo de Daroca, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015 que regula la obligación de las personas jurídicas de relacionarse electrónicamente con la Administración o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 21/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO del acuerdo del Consejo Comarcal de la Comarca de Campo de Daroca de fecha 7 de julio de 2025 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actividades de las entidades de la Comarca de Campo de Daroca durante el ejercicio 2025. (Expte 490/2025)Publicado 28/07/2025Convocatoria para la concesión de subvenciones para el desarrollo de programaciones anuales de las entidades de la Comarca de Campo de Daroca durante el ejercicio 2025.