Acuerdo nº 98/25 de 27 de junio de Junta Gº por el que se aprueba Convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y EELLMM de la provincia de Valladolid para la adquisición y formación de DESA
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES418 - Valladolid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
14/07/2025
Publicación en diario oficial
16/07/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a su publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convoc
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria los Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid.Segundo. Objeto.Se convoca una subvención para la adquisición y formación necesaria para el uso a personal no sanitario de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) para el año 2025 por Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, a instalar de forma permanente, visible y accesible en lugares públicos de máxima afluencia.Tercero. Bases Reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía.La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de ciento setenta y nueve mil euros.La Diputación aportará un máximo del 80% del total presupuestado para los gastos de adquisición y formación, debiendo los Ayuntamientos y las Entidades Locales Menores aportar, como financiación propia (u obtenida por otras vías), un mínimo del 20% del coste total de los mismos.Las subvenciones que se concedan, con el límite presupuestario indicado anteriormente, no podrán superar, por cada Entidad Local solicitante, la cantidad de 1.700,00 euros por cada desfibrilador a adquirir que incluya la formación, o 1.300,00 euros en el supuesto de adquisición del desfibrilador DESA sin formación. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes finalizará en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Valladolid. Sexto. Otros datos de interés.Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables la adquisición de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) que se realice en un plazo de cinco meses contados desde que se produjera el pago del anticipo de la subvención.Se consideran gastos subvencionables la adquisición y formación de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) para su uso por personal no sanitario.La aportación de la Diputación de Valladolid para la adquisición de desfibriladores incluirá su aplicación a los gastos de adquisición, transporte e instalación del material objeto de la subvención.Material subvencionable: Se subvencionará la adquisición de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) para su uso por personal no sanitario que disponga de la formación adecuada, esto es, que haya obtenido el certificado para el uso del DESA y que esté inscrito en el Registro relativo al uso de DESA de acuerdo con lo establecido en el Decreto 9/2008, de 31 de enero, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por el que se regula el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos por personal no sanitario.Las Entidades Locales que adquieran DESA deberán cumplir lo dispuesto en la normativa que regula la utilización de los mismos (Decreto 9/2008, de 31 de enero, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, que regula el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos por personal no sanitario y Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario).Compatibilidad: Sí.Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme al modelo Anexo I a estas Bases y se presentarán preferentemente a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). Documentación: Deberá presentarse la siguiente documentación: ? Modelo de solicitud, declaración y compromiso en los términos previstos en el modelo previsto en el Anexo I.? Declaración responsable suscrita por la persona que ostente la Alcaldía (o Alcaldía Pedánea) de la Entidad, a través de la cual manifieste el compromiso de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa reguladora del uso de los DESA por personal no sanitario, conforme al modelo previsto en el Anexo II.Forma de Pago: Anticipadamente, con el carácter de ?a justificar?.Forma de justificación: En los términos previstos en la Base 18ª de la convocatoria.Plazo de justificación: La presentación de la documentación justificativa se realizará preferentemente a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en un plazo máximo hasta el 30 de abril de 2026.