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Plazo no verificadoBDNS 846114

Convocatoria pública para presentar las solicitudes a las obras recogidas en las bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y vivienda en el término municipal de Lasarte-Oria

LOCAL · LASARTE-ORIA · AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:30 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
15/07/2025
Publicación en diario oficial
18/07/2025

Texto oficial de apertura: DESDE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL DE GIPUZKOA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Realizar la convocatoria pública para presentar las solicitudes a las obras recogidas en las bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y vivienda en el término municipal de Lasarte-Oria , de conformidad a las siguientes condiciones:1.- La convocatoria está regulada por las  Bases reguladores aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Lasarte-Oria con fecha 9 de setiembre de 2021 y publicadas en el BOG de fecha 22 de setiembre de 20212.-Las obras objeto de subvención serán aquellas que finalicen entre el día 1 de noviembre de 2024 y el día 31 de octubre de 2025.3.-Las obras subvencionables y su cuantía máxima serán las siguientes :* Ayudas para Comunidades de Propietarios.— La instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante energía solar térmica. La cuantía total de la ayuda será del 10 % del coste de la instalación, con un límite de 6.000 € por Comunidad de Propietarios. El coste subvencionable incluirá tanto el coste de la instalación como los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación,— La instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos  individualizados. La cuantía total de la ayuda será del 10 % del coste de la instalación, con un límite de 6.000,00 euros por Comunidad de Propietarios. En el coste de la instalación se incluirán los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, . * Ayudas para propietarios de viviendas.— La substitución de calderas individuales existentes por otras de gas natural de alto rendimiento.  La cuantía total de la ayuda específica por la instalación de una nueva caldera a condensación en sustitución de otra caldera será de 400 €, siempre que cumpla con los requisitos exigidos en el anexo I.— Substitución de cerramientos acristalados.La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será una subvención a fondo perdido del 30 % del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto, siendo este coste máximo subvencionable por cada m² de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda. En el cálculo del presupuesto protegible, se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco, acristalamiento y cajón de la persiana), así como los costes de albañilería derivados de la instalación de las mismas.Asimismo, no se considerará coste subvencionable:— Las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún componente de la carpintería exterior acristalada.— La carpintería exterior acristalada que se coloquen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos) y ampliar la superficie habitable de la vivienda, por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.— Componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana, mosquiteras, tendederos, barandillas etc.— Y en general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de la mejora energética de la vivienda. Si se diera la circunstancia de que el número de solicitudes de subvención fuera tal que, en aplicación de los criterios anteriores, la suma de las cuantías máximas subvencionables rebasara la cantidad global prevista en el Presupuesto General del Ayuntamiento, dicha cantidad se distribuirá de forma proporcional entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos 4.- Plazo de presentación de solicitudes: el 31 de octubre de 2025 5.- .- Documentación a presentar: la prevista en las bases, si bien no se deberá  presentar la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada del DNI y NIF del promotor de la actuación, bastando la presentación de una fotocopia del DNI y NIF- Certificado de empadronamiento. 6.- Consignación presupuestaria.Proveer la convocatoria con la cuantía de 30.000,00 euros. En el caso de que en las ayudas previstas para instalación de ascensores que cuentan con la misma partida presupuestaria no se agote el  crédito de su convocatoria, la cantidad no dispuesta podrá incrementar la cuantía del la consignación presupuestaria de esta convocatoria sin necesidad de realizar una nueva convocatoria.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 15/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 15/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSconvocatoria pública para presentar las solicitudes a las obras recogidas en las bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y vivienda en el término municipal de Lasarte-OriaPublicado 18/07/2025