Plazo no verificadoBDNS 846243
Convocatòria-bases a ESAL per a la realització de projectes culturals. Anualitat 2025
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · FUNDACIÓ PÚBLICA INSTITUT D'ESTUDIS ILERDENCS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:33 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 15/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 17/07/2025
Texto oficial de apertura: A les 9,00 horas del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: A las 13,00 horas después de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de las Bases-convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. BeneficiariosPodrán solicitar subvencionas las entidades culturales sin ánimo de lucro con sede social o delegación en las comarcas de Lleida que cumplan los siguientes requisitos:a) Tener capacidad jurídica y de obrar, y su domicilio o delegación permanente en las tierras de Lleida.b) De acuerdo cono sus estatutos, tener como objetivos principales lo fomento y la divulgación de la cultura.c) No tener ánimo de lucro.d) No estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo que prevén los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. Quedan excluidas expresamente de poder participar en la convocatoria:a) Los partidos y asociaciones políticas y sindicales.b) Los colegios profesionales.c) Las asociaciones de gente mayor.d) Las asociaciones de familias.e) En general, aquellas entidades que abordan los aspectos culturales de forma secundaria en sus actividades. Tampoco podrán ser beneficiarias de esta línea de subvenciones las instituciones con las cuales exista un convenio específico que regula esta materia.Serán excluidas las asociaciones y entidades que no presentan la solicitud con certificado digital de representación y por el trámite establecido la sede electrónica.Segundo. Objeto2.1. El objeto de esta Convocatoria y Bases es regular la tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro, destinadas a financiar proyectos culturales que tengan como objetivo el fomento y la difusión de la cultura popular y tradicional dentro de la demarcación de la Diputació de Lleida durante lo año 2025.El objetivo de la Convocatoria y Bases específicas es regular la concesión de subvenciones para los proyectos culturales de las entidades sin ánimo de lucro de la demarcación de Lleida, con el fin de contribuir a lograr un desarrollo de la actividad cultural de manera igualitaria, inclusiva, diversa y de impacto al conjunto del territorio de Lleida, y hacer de la cultura un motor de transformación social a partir de la dinamización y profesionalización del sector.Un proyecto cultural se entiende como la creación y producción, así como también la difusión y programación de cualquier tipo de expresión cultural, artística o creativa en cualquier lenguaje artístico, considerando, especialmente, aquellas actividades de carácter popular, que contribuyen a la transferencia de los elementos culturales históricos y tradicionales que configuran una identidad compartida articulada desde lo campo simbólico.Se admiten, entre otras, las siguientes tipologías de proyectos culturales:a) Proyectos de dinamización de la cultura popular y tradicional, como por ejemplo concursos, certámenes, encuentros, encuentros, fiestas, semanas culturales, fiestas temáticas de cultura popular, cercaviles con fuego, representaciones y actuaciones de carácter festivo.b) Proyectos artísticos: pintura, fotografía, música, cine, teatro, danza, apoyo a la creación y producción de nuevos espectáculos artísticos y audiovisuales.c) Proyectos de difusión de elementos culturales y patrimoniales: cursos, conferencias, exposiciones, encuentros, jornadas, charlas, talleres, seminarios, congresos.d) Conmemoración de aniversarios de personalidades y/o entidades dirigidas a la difusión de la memoria cultural colectiva.e) Premios de cualquier modalidad artística, trabajos y estudios de investigación y documentación de temática artística o de elementos patrimoniales.f) Proyectos de divulgación y fomento del uso social de las lenguas catalana y occitana, denominada, esta última, aranés en el Arán.No se admiten los proyectos y actividades culturales siguientes:a) La actividad ordinaria anual de la entidad, es decir, las programaciones de la actividad de la entidad que se desarrolle durante todo el ejercicio de la presente convocatoria.b) Las actividades que consistan en la realización de excursiones y viajes culturales.c) Las publicaciones periódicas de difusión de la actividad genérica de la entidad, no vinculadas al proyecto presentado en la convocatoria.d) Los cursos de formación que tengan como finalidad una calificación profesional.e) Los proyectos vinculados a actividades deportivas, comerciales, turísticas y/o gastronómicas.f) Los proyectos que incluyan, en la programación, actividades destinadas a la recaudación de fondos para financiar otras actividades.g) Los proyectos que tengan como destinatario mayoritario los centros de enseñanza.h) Los proyectos destinados mayoritariamente a los socios de la entidad organizadora.No se admitirán proyectos cuyo total de actuación sea inferior a 3.000,00 €.Tercero. Régimen de concesiónEl procedimiento de concesión de estas subvencionas es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública, que tiene que aprobar el Consell Rector.Cuarto. Normativa reguladoraBases generales reguladoras de concesión de subvenciones de la Diputació de Lleida y de sus organismos autónomos (BOP, n.º 58, de 25 de marzo de 2025). Quinto. Crédito presupuestario y cuantía de las subvencionesEl importe total de la Convocatoria es de 500.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 070 334 4800004 ? Subv. Asociaciones, proyectos culturales, del Presupuesto del IEI de la Diputació de Lleida para el año 2025. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. El importe de la subvención para cada actuación se determina por la puntuación obtenida en el proyecto presentado. Este no podrá ser superior al 90% del coste total de la actuación, y se establece un límite máximo de subvención de 8.000 €. En ningún caso, la subvención concedida podrá ser superior al importe solicitado por el beneficiario.Sexto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación del formulario de solicitud, con la documentación anexa incluida, Butlletí Oficial de la Província de Lleida y finaliza a las 12.00 horas del vigésimo día natural a contar desde el inicio del plazo.Séptimo. Otros datosI. Ámbito temporal. Las actuaciones por medio de las cuales se haya obtenido subvención se ejecutarán entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.II. Gastos subvencionables y no subvencionables.Se consideran subvencionables, con carácter general, los gastos siguientes:a. Todos aquellos gastos relacionados directamente con lo proyecto presentado. b. Las facturas tienen que hacer referencia a gastos realizados entre el 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2025.Y no se considerarán gastos subvencionables y no pueden formar parte del cuesto total del proyecto, las siguientes:a. Nóminas y/o trabajos realizados miedo personas que forman parte de la junta directiva de la entidad, ni de personal administrativo de la entidad. b. Facturas, recibos o gastos correspondientes a salidas, viajes o intercambios no vinculados al objeto de la convocatoria. c. Facturas, recibos o gastos correspondientes a comidas y/o víveres, así como dietas y gastos de manutención.d. Los gastos indirectos, como los de mantenimiento y/o funcionamiento ordinario.e. Adquisición de bienes inventariables, muebles o inmuebles.f. Intereses y comisiones bancarias. g. Los importes satisfechos en concepto de IVA, cuando estos tengan el carácter de gastos deducibles, compensables o repercutibles por parte de los solicitantes de la subvención.h. Los gastos de folletines y material divulgativo y/o turístico, planos, mapas, boletines municipales, programas de fiestas, libros de texto, agendas y catálogos de exposiciones.i. Los gastos considerados lúdicos y recreativos, como por ejemplo hinchables infantiles, fiesta de la espuma, o similares.III. Forma y lugar de presentación de solicitudes. La solicitud de subvención se hará por medio de formulario dirigido a la Presidencia del IEI de la Diputació de Lleida, de acuerdo con el modelo que se encuentra dentro del Catálogo de trámites de la Sede electrónica del IEI (https://convocatoriaesaliei.diputaciolleida.cat/), que tendrá que ser rellenado electrónicamente.Este formulario de solicitud y la documentación que se deba adjuntar se deberá presentar a través del Catálogo de trámites de la Sede electrónica del IEI al siguiente enlace: (https://convocatoriaesaliei.diputaciolleida.cat/).Los documentos que acompañarán a la solicitud se incorporarán a una única remisión. Todos los documentos que requieran firma tendrán que incorporar una firma electrónica, generada a partir de un certificado electrónico que identifique al firmante en ejercicio de su cargo, de acuerdo con lo que se recoge lo decreto de la Presidencia de la Diputació de Lleida 4625/2018, de 29 de octubre, de Política de firma electrónica de la Diputació de Lleida y de sus organismos dependientes.(https://seuelectronica.diputaciolleida.cat/normativamilloradaanuncipublic/categories).IV. Criterios de valoración de las solicitudes. Se determinan, en el artículo 16 de la Convocatoria-bases, de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro (ESAL) para la realización de proyectos culturales.V. Plazo de resolución y notificación. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de seis mesas a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. La resolución no se notificará de manera individualizada, sino a través del BOP y de la página web del IEI. VI. Publicación de los acuerdos de concesión de las subvenciones. Las subvencionas concedidas en la convocatoria se comunicarán en la Base de datos nacional de subvenciones como Sistema nacional de publicidad de subvenciones, dando cumplimiento a los principios de publicidad que están previstos en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4 de la Resolución, de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General del Estado, por medio del cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas al Sistema nacional de publicidad de subvenciones.La publicidad de las subvenciones concedidas también se publicará al Butlletí Oficial de la Província de Lleida.Así mismo, se dará publicidad de las subvenciones concedidas en la página web del IEI, en los términos previstos por la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.VII. Justificación de la ejecución de la actuación: documentación y plazo. Para la justificación de cada actuación subvencionada, se deberá presentar la documentación que se determina en el artículo 24 de la Convocatoria y Bases; la acreditación de la obligación de publicidad, de acuerdo con el artículo 20, i la justificación de la realización de la actuación se podrá formalizar desde la finalización de la actuación subvencionada y hasta el 31/03/2026.VIII. Publicidad. Publicación de la convocatoria en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida, en forma de extracto, a través de la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS).
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 15/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo del Consell Rector del Institut d¿Estudis Ilerdencs de la Diputació de Lleida, número 3/25, de 30 de junio de 2025, por el que se convocan las subvencionas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, anualidad 2025Publicado 17/07/2025Bases generals reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i els seus organismes autònoms (CONCURRÈNCIA COMPETITIVA)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.