PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/07/2025
Publicación en diario oficial
25/07/2025
Texto oficial de apertura: Desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de València
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:1. Serán personas beneficiarias de esta ayuda, en representación de los y las menores entre 3 y 17 años con vecindad administrativa en el municipio, las madres, padres o tutores/as legales de los/as menores que cumplan con los siguientes requisitos:PARA LOS BENEFICIARIOS De AYUDAS PARA ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS:a. Que los/as menores, a los cuales representan, pertenezcan a unidades familiares de convivencia que en el momento de la solicitud de la ayuda hayan sido en el último año beneficiarias de alguno de los siguientes recursos:1. Ayudas económicas de emergencia social.2. Renta Valenciana de Inclusión.3. Ingreso Mínimo Vital.4. Menores con los cuales se está realizando intervenciones por parte de Atención Primaria de Servicios Sociales.b. Que los/las menores, a los cuales representan estén escolarizados y empadronados en L ´Alcúdia.PARA LOS BENEFICIARIOS De ATENCIÓN BÁSICA De ALIMENTACIÓN:a. Que los/as menores, a los cuales representan hayan sido beneficiarios de la beca de comedor de GVA con una categoría de puntuación A en el curso 2024-2025.b. Que los/las menores, a los cuales representan estén escolarizados y empadronados en L´Alcúdia.Estos requisitos tendrán que reunirse en la fecha de la solicitud de la inclusión en este programa ymientras dura la actividad subvencionada. La subvención puede ser para los dos conceptos o solo uno.NO EXIGENCIA De ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES CON SEGURIDADSOCIAL.Dado el interés social y humanitario de estas ayudas. Se podrá reconocer la condición de beneficiarios, aunque estos no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la seguridad social o tengan la condición de sujetos deudores por resolución de procedencia de reintegro. Todo esto, en virtud de la Disposición Transitoria Novena, apartado 3, de la Ley 1/2015 de 6 de febrero, de Hacienda Publica, del Sector Instrumental y de Subvenciones, de la Generalitat. Segundo. Finalidad:Desenvolupar, en régimen de concesión directa, el procedimiento para la concesión de ayudas para la atención de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a familias en riesgo de exclusión social, mediante oferta actividades en período de valencia (julio y agosto) que contribuyan a facilitar la conciliación laboral o, si es el caso, proporcionar a la familia un tiempo que favorezcan la búsqueda y ocupación de actividades formativas y ocupacionales, así como una integración de los menores en actividades con sus iguales de del municipio. Así mismo, se busca cubrir la atención en las necesidades básicas de alimentación de estos menores que durante los meses de verano no tienen comedor escolar subvencionado.Tercero. Bases reguladoras:Las Bases Reguladoras de la concesión de las ayudas fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local el pasado 1 de julio de 2025, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web (www.lalcudia.com). Para lo no previsto en estas bases, le es aplicable lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de l’Alcúdia publicada en el BOP nº 77 de fecha 25/04/2022 y las bases de ejecución del Presupuesto Municipal, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (de ahora en adelante LGS), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LGS (de ahora en adelante RLGS) salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia y, su pletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda aplicarse.Cuarta. Cuantía:La financiación de la presente convocatoria se realiza con cargo a una subvención otorgada por la Generalitat Valenciana (GVA), ascendiendo el importe total disponible a 8.880 euros. El programase imputará a la aplicación presupuestaria 2310_48000 “Transf. Y Subvenciones acción social”.Este importe global se distribuye inicialmente de la manera siguiente:* 6.000 euros destinados a la línea de atención básica para la alimentación de menores.* 2.880 euros destinados a la línea de actividades de verano dirigidas a menores.Quinta. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Las solicitudes y la documentación exigida se presentarán, por cualquier de las vías contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en todo caso, en el Registro de Servicios Sociales. También se publicará la convocatoria en la página web municipal del Ayuntamiento de L’Alcúdia.