encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 846756

APROBACIÓN DE BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL ÁREA DE CONCERTACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA, EXCEPTO LA CAPITAL, PARA LA INVERSIÓN EN VIVIENDA MUNICIPAL PROTEGIDA

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:43 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES618 - Sevilla

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
17/07/2025
Publicación en diario oficial
18/07/2025

Texto oficial de apertura: desde día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Sevilla

Texto oficial de cierre: HASTA EL 25 DE AGOSTO DE 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Mediante Acuerdo Plenario adoptado en sesión extraordinaria de 11 de julio de 2025 se aprobaron las Bases Específicas y Convocatoria de subvenciones a conceder por el Área de Concertación en régimen de concurrencia competitiva a municipios de la Provincia de Sevilla, excepto la Capital, para la inversión en Vivienda Municipal Protegida, publicándose en B.O.P. número 137, de 18 de julio de 2025, así como, anuncio del extracto de la convocatoria remitido por la Base de Datos Nacional de Subvenciones(Extracto núm. 190246). En sesión ordinaria celebrada el 31 de julio de 2025, el Pleno de la Corporación ha acordado la “MODIFICACIÓN DE DE BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL ÁREA DE CONCERTACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA, EXCEPTO LA CAPITAL, PARA LA INVERSIÓN EN VIVIENDA MUNICIPAL PROTEGIDA”. De acuerdo a lo estipulado en el dispositivo segundo del indicado acuerdo, se procede a publicar el contenido dispositivo del mismo: Primero.- Aprobar la modificación de la Base DÉCIMA Apartado 2 párrafo primero de las Bases Específicas y Convocatoria de subvenciones a conceder por el Área de Concertación en régimen de concurrencia competitiva a municipios de la Provincia de Sevilla, excepto la capital, para la inversión en Vivienda Municipal Protegida, en los siguientes términos: “El plazo de presentación de las solicitudes (ANEXO I, ANEXO II, ANEXO III y ANEXO IV y demás documentación) será de veinticinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Sevilla, computados conforme a lo determinado en el artículo 30.3 LPACAP.” Siendo el primer día hábil de presentación de solicitudes el 21 de julio de 2025, computados conforme a lo determinado en el artículo 30.3 LPACAP, por lo que el plazo finaliza el 25 de agosto de 2025. Segundo.- Ordenar la publicación de la citada Modificación de las Bases Específicas y Convocatoria en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Diputación de Sevilla, en el Portal de Transparencia y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Tercero.- Modificar el Registro de las Bases Específicas y Convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Cuarto.- Dar cuenta del presente acuerdo a la Junta de Gobierno y a la Comisión Informativa de Presidencia y Desarrollo Económico.

Primero. Beneficiarios:Municipios de la Provincia de Sevilla, excepto la capital. Segundo. Objeto:Promoción, construcción o rehabilitación de viviendas destinadas a la venta o alquiler asequible, con el fin de incrementar el parque público de vivienda protegida y facilitar el acceso a una vivienda digna a personas y unidades de convivencia con ingresos limitados. Tercero. Bases específicas:Bases específicas de la convocatoria en concurrencia competitiva para la inversión en Vivienda Municipal Protegida, publicadas en en el BOP de Sevilla, en el tablón de anuncios electrónico de la web corporativa www.dipusevilla.es de la Diputación Provincial de Sevilla y en el portal de transparencia de la misma. Cuarto. CuantíaLa dotación económica total de la subvención será de un máximo de 100.000.000,00 euros, aportados íntegramente por la Diputación Provincial de Sevilla, con carácter plurianual, estimándose inicialmente la distribución del fondo en las siguientes anualidades:- 2025: 30.000.000€- 2026: 20.000.000€- 2027: 20.000.000€- 2028: 20.000.000€- 2029: 10.000.000. - En las actuaciones acogidas a la LÍNEA 1, la cuantía máxima de la subvención será del 50% del total del presupuesto estimado de cada proyecto a subvencionar. - En las actuaciones de nueva construcción acogidas a la LÍNEA 2, la subvención será de importe cierto, ascendiendo a 50.000 euros por cada vivienda a promover. En las actuaciones de rehabilitación de viviendas acogidas a la LÍNEA 2, la cuantía máxima de la subvención será del 50% del total del presupuesto estimado de cada proyecto a subvencionar. Ningún municipio podrá obtener una subvención que supere los 10.000.000 €.  Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.La solicitud se presentará de forma telemática por intercambio registral SIDERAL, o bien mediante el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), dirigidas al Área de Concertación, Servicio de Asistencia Técnica Municipal de la Diputación de Sevilla. Sexto. - Plazo de ejecución:Las actividades subvencionadas deben realizarse en el plazo de 48 meses desde la fecha de la notificación de la resolución o acuerdo definitivo de la convocatoria.Séptimo.- Pago- Hasta el 30% del importe de la subvención concedida se abonará con la resolución o acuerdo de concesión definitiva de la subvención. - Hasta el 20% de la subvención concedida se abonará una vez presentado por parte del municipio beneficiario el contrato de obras de construcción o rehabilitación. - Hasta el 50% restante de la subvención se abonará una vez presentada la certificación parcial a origen que acredite haber alcanzado un grado de ejecución de la obra del 50% del presupuesto de ejecución material.

Bases y documentación

MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIAPublicado 04/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 17/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL ÁREA DE CONCERTACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA, EXCEPTO LA CAPITAL, PARA LA INVERSIÓN EN VIVIENDA MUNICIPAL PROTEGIDA.