Plazo no verificadoBDNS 846783
DECRETO DE ALCALDIA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA DE FECHA 15 DE JULIO DE 2025 POR EL QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR
LOCAL · FUENSALIDA · AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:43 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES425 - Toledo
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 17/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 22/07/2025
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOP DE TOLEDO
Texto oficial de cierre: 30 de SEPTIEMBRE de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BASES REGULADORAS SUBVENCIÓN MATERIAL ESCOLAR CURSO 2025-2026 Base Primera - OBJETO Y FINALIDAD.La presente convocatoria pretende ayudar a las familias de la localidad a costear los gastos en material escolar para el inicio del próximo curso, con el ánimo de conseguir una igualdad social real entre la población.Promueve la promoción local de los establecimientos que se dedican a esta actividad, ayudándoles en su sostenimiento económico. Base Segunda – DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.La cantidad asignada a la actuación está fijada en la partida presupuestaria 323 48 correspondiente al presupuesto de gastos de la entidad en el ejercicio 2025 por importe de 24.958,30 €.La cuantía de la ayuda ascenderá al importe justificado hasta un máximo de 45,00 € por alumno, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera de estas bases.El gasto de la cantidad concedida se efectuará en los comercios de la localidad para el curso 2025/2026. Base Tercera - DESTINATARIOS.Podrán acogerse a la presente convocatoria el alumnado matriculado en el Curso Escolar 2025/2026 en Educación Infantil o Educación Primaria en algún centro público o concertado de la localidad (CEIP. “Tomás Romojaro”, CEIP. “Condes de Fuensalida” y Colegio San José). Los beneficiarios de la concesión deberán cumplir o acreditar las siguientes condiciones: Estar empadronado en la localidad con anterioridad a 1 de septiembre de 2024 tanto el alumno como al menos uno de los tutores legales del alumno.Estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública y con Seguridad Social.Estar al corriente de sus obligaciones económicas con este Ayuntamiento. No podrán concederse subvenciones a los particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Fuensalida ni aquellos que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Para comprobar el cumplimiento de los anteriores requisitos, el Ayuntamiento cruzará los datos de la solicitud con el padrón municipal y los centros escolares de la localidad con autorización expresa del solicitante. Base Cuarta – CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.Cuando no exista cuantía suficiente para atender todas las solicitudes, se regirán por los siguientes criterios y asignación de puntos:Antigüedad en el padrón. Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 15 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 15 puntos.(En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal).Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 10 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 10 puntos.(En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal).Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 5 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 5 puntos.(En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal). Condición de familia numerosa. Que el menor pertenezca a una familia con la condición de numerosa: 2 puntos. (Para la asignación de estos puntos se aportará documento acreditativo de la condición de pertenencia a familia numerosa). En caso de empate en la puntuación obtenida se tendrá como criterio de desempate la prelación temporal de las solicitudes presentadas. Base Quinta – GASTOS CUBIERTO POR LA AYUDA.Tendrán la consideración de gastos cubiertos por la presente convocatoria todos aquellos que de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad concedida y se realicen a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha de plazo para la presentación de las solicitudes. Serán gastos cubiertos por la ayuda todos aquellos materiales de uso escolar destinados principalmente a trabajar y aprender en el aula y que cumplan unos requisitos de seguridad para evitar cualquier peligro (estuches, mochilas, lapiceros, bolígrafos, rotuladores, sacapuntas, goma de borrar, ceras, regla, compás, plastilina, témperas, blog de dibujo, pinceles, pegamentos, cuadernos, folios, cartulinas, carpetas, fundas de plástico, blocs de papel) Base Sexta – COMPATIBILIDAD.Las ayudas que, en su caso se concedan, serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso que, para los mismos fines, el alumnado perciba de las restantes Administraciones Públicas. Base Séptima – PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de la instancia (Anexo I), junto con la documentación relacionada en la base séptima en el Registro General del Ayuntamiento de Fuensalida, desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, hasta el 30 de septiembre de 2025.Una vez presentada, de observarse deficiencias en la solicitud formulada o en la documentación que debe adjuntarse, se requerirá al interesado de que proceda a su subsanación en el plazo de diez días hábiles y, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto. Base Octava– DOCUMENTACIÓN.Anexo I debidamente cumplimentado.Factura o factura simplificada acreditativa de gasto realizado, no admitiéndose ticket, emitida por un comercio de Fuensalida.D.N.I. del padre, madre o tutor legal del menor o menores Fotocopia del libro de familia.Fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros o certificado bancario.Certificado de antigüedad en el padrón municipal.Fotocopia del documento que acredite pertenecer a familia numerosa. Base Novena– RESOLUCIÓN.Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión constituida al efecto o en su defecto por la Junta de Gobierno Local.La Comisión de evaluación o en su defecto por la Junta de Gobierno Local, una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas conjuntamente con sus documentos, formulará la oportuna propuesta de resolución, que será adoptada por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuensalida o por su delegación, por la Junta de Gobierno local de ésta, denegando o concediendo las subvenciones solicitadas y fijando su cuantía. Base Décima– JUSTIFICACIÓN Y PAGO.Los conceptos subvencionados deberán justificarse sobre lo estipulado en las presentes bases.En el caso de que importe total de la factura fuera inferior a la subvención concedida, la cantidad a abonar será la indicada en la factura.Una vez valoradas las solicitudes y comprobándose que cumplen con los requisitos estipulados en estas bases, se procederá al ingreso de la subvención mediante trasferencia bancaria al número de cuenta indicado en el Anexo I. ANEXO I-SOLICITUD AYUDAS MATERIAL ESCOLAR-DATOS NIÑO/A/OS/AS: APELLIDOS:NOMBRE:FECHA NACIMIENTO.NACIONALIDADCENTRO EDUCATIVO DATOS DE LOS PADRES/MADRES O TUTORES/AS: APELLIDOS Y NOMBREDNI/NIETELÉFONONACIONALIDADDOMICILIOANTIGÜEDAD EN EL PADRÓNPADRE/TUTOR MADRE/TUTORA PADRE/TUTOR MADRE/TUTORA Nº DE CUENTA CAJA O BANCO/ IBAN (24 dígitos): adjuntar fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros o certificado bancario. El tratamiento de los datos de carácter personal que se recogen a través de este documento se sujeta a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. El interesado podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la legislación aplicable. Declaro responsablemente hallarme al corriente de mis obligaciones con la Hacienda Pública y con Seguridad Social. AUTORIZO al Ayuntamiento de Fuensalida para contrastar los datos escolares con los centros educativos, al objeto de acreditar la veracidad de lo declarado en relación a mi solicitud de Ayudas para Material Escolar. AUTORIZO al Ayuntamiento de Fuensalida para contrastar los datos del padrón municipal, al objeto de acreditar la veracidad de lo declarado en relación a mi solicitud de Ayudas para Material Escolar. ACEPTO lo estipulado en las Bases Reguladoras sobre las Ayudas para Material 2025. En Fuensalida, a de de 2025 (Firma del padre/madre o tutor/a)
Bases y documentación
SOLICITUD AYUDA MATERIAL ESCOLARPublicado 17/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 17/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES REGULADORAS SUBVENCIÓN MATERIAL ESCOLAR CURSO 2025-2026Publicado 22/07/2025BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLARInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.