Plazo no verificadoBDNS 846890
Convocatoria de Subvenciones a Hermandades Patronales para la consolidación de patrimonio inmueble propio.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CIUDAD REAL · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:46 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES422 - Ciudad Real
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 17/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 21/07/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de publicación en el BOP hasta el 8 de septiembre de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Secretaría General de la Excelentísima Diputación de Ciudad Real, de 16 de julio de 2025, por la que fue aprobada en la sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial del día 15 de julio de 2025, la Convocatoria de Subvenciones a Hermandades Patronales para la consolidación de patrimonio inmueble propio.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el enlace abajo indicado.
Primero.- Beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones de esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén registradas legalmente como Cofradías o Hermandades Patronales en el Ministerio de la Presidencia o en el Ministerio de Justicia, en el caso de las Entidades Religiosas o en el Ministerio del Interior o en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el caso de las Asociaciones Religiosas.
b) Que acrediten la titularidad del bien patrimonial inmueble objeto de consolidación estructural.
c) Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que su domicilio social radique en la provincia de Ciudad Real.
e) Que presenten proyectos de nueva creación o en fase de desarrollo iniciados a partir del 01 de enero de 2025.
f) Que presenten proyectos que no hayan sido subvencionados con anterioridad por la Diputación de Ciudad Real.
Segundo.- Objeto:
Constituye el objeto de esta convocatoria poner en valor el patrimonio inmueble religioso y cultural
de las Hermandades Patronales constituidas en la provincia de Ciudad Real mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de obras de consolidación estructural de su patrimonio inmueble.
Tercero.- Bases Reguladoras:
Las bases reguladoras se contienen en la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ciudad Real, aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión de 07 de febrero de 2025, y publicada, tras su aprobación definitiva, en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 07 de abril de 2025.
Cuarto.- Criterios de adjudicación:
Los contenidos en la propia convocatoria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Se establece un único plazo de presentación de las solicitudes desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 08 de septiembre de 2025.
Dentro del periodo indicado, y siguiendo el procedimiento telemático, las solicitudes podrán presentarse cualquier día de la semana y a cualquier hora del día.
Sexto.- Otros datos:
Las solicitudes derivadas de esta convocatoria, y el resto de trámites que procedan, se habrán de efectuar únicamente por vía telemática.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el enlace abajo indicado.
Primero.- Beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones de esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén registradas legalmente como Cofradías o Hermandades Patronales en el Ministerio de la Presidencia o en el Ministerio de Justicia, en el caso de las Entidades Religiosas o en el Ministerio del Interior o en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el caso de las Asociaciones Religiosas.
b) Que acrediten la titularidad del bien patrimonial inmueble objeto de consolidación estructural.
c) Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que su domicilio social radique en la provincia de Ciudad Real.
e) Que presenten proyectos de nueva creación o en fase de desarrollo iniciados a partir del 01 de enero de 2025.
f) Que presenten proyectos que no hayan sido subvencionados con anterioridad por la Diputación de Ciudad Real.
Segundo.- Objeto:
Constituye el objeto de esta convocatoria poner en valor el patrimonio inmueble religioso y cultural
de las Hermandades Patronales constituidas en la provincia de Ciudad Real mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de obras de consolidación estructural de su patrimonio inmueble.
Tercero.- Bases Reguladoras:
Las bases reguladoras se contienen en la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ciudad Real, aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión de 07 de febrero de 2025, y publicada, tras su aprobación definitiva, en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 07 de abril de 2025.
Cuarto.- Criterios de adjudicación:
Los contenidos en la propia convocatoria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Se establece un único plazo de presentación de las solicitudes desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 08 de septiembre de 2025.
Dentro del periodo indicado, y siguiendo el procedimiento telemático, las solicitudes podrán presentarse cualquier día de la semana y a cualquier hora del día.
Sexto.- Otros datos:
Las solicitudes derivadas de esta convocatoria, y el resto de trámites que procedan, se habrán de efectuar únicamente por vía telemática.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 17/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSCULTURA. Convocatoria de Subvenciones a Hermandades Patronales para la consolidación de patrimonio inmueble propio.Publicado 21/07/2025Convocatoria de Subvenciones a Hermandades Patronales para la consolidación de patrimonio inmueble propio.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.