PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
21/07/2025
Publicación en diario oficial
06/08/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz
Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde el día siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad a lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria Pública de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a proyectos en materia de Educación para el Desarrollo del ejercicio 2025. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán acceder a la subvención, aquellas organizaciones y entidades solicitantes, que reúnan además de los requisitos generales los establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, los establecidos en la presente convocatoria. Segundo. Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la de regular la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos en materia de Educación para el Desarrollo en régimen de concurrencia competitiva, y en concordancia con el papel fundamental que desempeñan los Entes Locales en el sistema de cooperación española, considera necesario continuar impulsando acciones que favorezcan la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global y el fomento de la participación, la justicia social y la solidaridad, que deberán integrar de forma transversal la equidad de género, la promoción de la igualdad y el compromiso con la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, entre otros enfoques estratégicos.Los proyectos subvencionables tendrán como objetivo impulsar iniciativas que fomenten en particular la participación de la infancia y la juventud, el pensamiento crítico y la implicación activa de la sociedad en los cambios sociales, a partir de una concepción solidaria basada en la asunción de obligaciones con el conjunto de la humanidad, especialmente las personas más desfavorecidas y vulnerables, con el planeta y con las generaciones futuras. Tercero. Convocatoria. La presente convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera otorga a través de la Delegación de Cooperación Internacional, para la realización de proyectos en materia de Educación para el Desarrollo.La convocatoria estará sujeta a las obligaciones derivadas del RD 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, y la resolución de 15 de junio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.La BDNS, una vez haya puesto el extracto de la convocatoria a disposición del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, ofrecerá en su calidad de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas toda la información referente a la convocatoria.El texto completo de la convocatoria puede consultarse en (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias?organos=1692&tipoAdmon=L) así como en el Portal de Transparencia, en la página web del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, https://www.chiclana.es/areas-municipales/bienestar-e-igualdad/cooperacion-internacional/convocatorias-de-subvenciones y en el tablón de edictos de la Delegación de Cooperación Internacional. Cuarto. Cuantía. El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera destinará a estos efectos la cantidad de siete mil ochocientos euros (7.800€), con cargo al Presupuesto Municipal de 2025. Quinto. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo normalizado de formulario que figura como (Anexo I) a esta convocatoria debidamente cumplimentado en todos sus apartados, suscrita por la persona que ostente la representación legal de la entidad. Las solicitudes y la documentación exigida deberán presentarse de forma electrónica, bien a través de la ventanilla virtual de este Ayuntamiento, trámite “Solicitud de Subvención” https://ventanillavirtual.chiclana.es/web/fichaAsunto.do?opcion=0&op=25&entidad=CHICLANA&idioma=1&asas_ide_asu=3787 o bien por otro medio electrónico, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y los Anexos debidamente cumplimentados que se incluyen en la convocatoria. Las organizaciones o entidades podrán presentar como máximo dos solicitudes por cada una de las líneas de la presente convocatoria.