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Plazo no verificadoBDNS 847414

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS EN MATERIA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDAS HUMANITARIAS 2025.

LOCAL · CHICLANA DE LA FRONTERA · AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 01:57 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES61 - ANDALUCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
21/07/2025
Publicación en diario oficial
06/08/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz

Texto oficial de cierre: 30 días hábiles desde el siguiente al de su publicación en el BOP de Cádiz

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad a lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria Pública de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria del ejercicio 2025. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán acceder a la subvención, aquellas organizaciones y entidades solicitantes, que reúnan además de los requisitos generales los establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, los establecidos en la presente convocatoria. Segundo. Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la de regular la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y de Ayuda Humanitaria, en régimen de concurrencia competitiva. El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, ante la demanda de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), y en virtud a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, que reconoce el papel fundamental de los Entes Locales en el sistema de la cooperación española para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, reafirma su compromiso con los países en desarrollo. En consecuencia, este Ayuntamiento destina, como ha venido haciendo en ejercicios anteriores, una partida presupuestaria para financiar proyectos de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria, con el objetivo de contribuir a que dichos países y sus sociedades avancen hacia un desarrollo sostenible que mejore la vida de todas las personas, mediante la lucha contra la pobreza y las desigualdades en todas sus dimensiones, sin dejar a nadie atrás.Este Ayuntamiento considera necesario continuar el apoyo a cuantas acciones tienen por finalidad contribuir a la erradicación de la pobreza y la reducción de desigualdades, promoviendo el desarrollo humano, social, cultural y económico sostenible de los grupos humanos, comunidades y países en desarrollo, y por otro lado, la de regular la concesión de subvenciones en materia de ayudas humanitarias, esto es, aquellas intervenciones que tienen como objetivo proteger y salvar vidas, prevenir y aliviar el sufrimiento humano, resguardar y restablecer los derechos y la dignidad de las personas afectadas por crisis de origen físico-natural o climático o provocadas por la acción humana, sobrevenidas en el tiempo, y garantizar la protección en el futuro de dicha población. Tercero. Convocatoria. La presente convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera otorga a través de la Delegación de Cooperación Internacional, para la realización de proyectos en materia de cooperación para el desarrollo y ayuda humanitaria.La convocatoria estará sujeta a las obligaciones derivadas del RD 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, y la resolución de 15 de junio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.La BDNS, una vez haya puesto el extracto de la convocatoria a disposición del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, ofrecerá en su calidad de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas toda la información referente a la convocatoria.El texto completo de la convocatoria puede consultarse en (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias?organos=1692&tipoAdmon=L) así como en el Portal de Transparencia, en la página web del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, https://www.chiclana.es/areas-municipales/bienestar-e-igualdad/cooperacion-internacional/convocatorias-de-subvenciones y en el tablón de edictos de la Delegación de Cooperación Internacional. Cuarto. Cuantía. El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera destinará a estos efectos la cantidad de ochenta y cinco mil setecientos euros (85.700€), con cargo al Presupuesto Municipal de 2025, distribuida de la siguiente forma: 1. La cantidad de hasta SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS (75.200€), correspondiente a la línea de subvención de proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo. 2. La cantidad de hasta DIEZ MIL QUINIENTOS EUROS (10.500€), correspondiente a la línea de subvención de proyectos en materia de Ayuda Humanitaria. Quinto. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo normalizado de formulario que figura como (Anexo I) a esta convocatoria debidamente cumplimentado en todos sus apartados, suscrita por la persona que ostente la representación legal de la entidad. Las solicitudes y la documentación exigida deberán presentarse de forma electrónica, bien a través de la ventanilla virtual de este Ayuntamiento, trámite “Solicitud de Subvención” https://ventanillavirtual.chiclana.es/web/fichaAsunto.do?opcion=0&op=25&entidad=CHICLANA&idioma=1&asas_ide_asu=3787 o bien por otro medio electrónico, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y los Anexos debidamente cumplimentados que se incluyen en la convocatoria. Las organizaciones o entidades podrán presentar como máximo dos solicitudes por cada una de las líneas de la presente convocatoria.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 21/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, el 17 de julio de 2025, relativo a la aprobación de la Convocatoria Pública de Subvenciones a Proyectos en Materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayudas Humanitarias, correspondientes al ejercicio 2025.Publicado 06/08/2025ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.