Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 23/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 31/07/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria
Texto oficial de cierre: plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el BOC del Extracto de la presente C
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios 1.- Podrán solicitar subvenciones:-Las Asociaciones, Entidades o Colectivos, sin ánimo de lucro, prestadoras de servicios, que estén debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, según su naturaleza, del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales, con una antigüedad mínima de 6 meses, anteriores a la publicación de la presente convocatoria y del Gobierno de Cantabria.2.- Se entiende por Asociaciones:-Aquellas entidades o agentes sociales que desarrollen actividades orientadas a la prevención, asistencia, rehabilitación, integración social o promoción del bienestar social de la familia, infancia, asistencia, rehabilitación, mayores, mujeres, personas con discapacidad, inmigrantes y otros colectivos en situación de riesgo de exclusión social así como las destinadas a la promoción del movimiento asociativo y voluntariado social y a la atención de situaciones de graves carencias o emergencia social.3.- Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta Ordenanza:•Las Entidades o Asociaciones que desarrollen actividades lúdicas, viajes o aquellos programas que estén desprovistos de claro valor social.•Las ediciones de revistas, folletos, carteles de signos, fundamentalmente, propagandísticos para la entidad solicitante. Segundo. Objeto La presente convocatoria tiene por objeto establecer las condiciones por las que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Sociales sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas y actividades de interés social de utilidad pública, de conformidad con la Ley de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y la Ordenanza reguladora de Subvenciones a Asociaciones y Entidades Sin Ánimo de Lucro para la realización de programa de carácter social del Ayuntamiento de Castro Urdiales,publicada en el BOC nº 41 de 27 de febrero de 2018 . Los programas y actividades objeto de la presente convocatoria deberán ser realizadas durante el ejercicio 2025El procedimiento de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva, mediante el cual la concesión de las subvenciones se realizará tras la valoración y comparación de las solicitudes presentadas, a fn de establecer una relación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fjados en la presente convocatoria. Tercero. Bases reguladoras Ordenanza reguladora de Subvenciones a Asociaciones y Entidades Sin Ánimo de Lucro para la realización de programa de carácter social del Ayuntamiento de Castro Urdiales, publicada en el BOC nº 41 de 27 de febrero de 2018.https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=323065 Cuarto. Cuantía El crédito total destinado a la concesión de subvenciones tendrá la cuantía máxima de 35.000 € y se hará con cargo a la partida presupuestaria 09-2311-48900 del Presupuesto 2025. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales, dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el BOC del Extracto de la presente convocatoria, a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Otros datos Adjuntando la siguiente documentación: Instancia, en el modelo unido a las bases como Anexo I, suscrita por persona física, representante o acuerdo de órganos representativos de la entidad solicitante que justifque la necesidad de la subvención solicitada, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, al menos SEIS MESES ANTES A LA FECHA DE LA CONVOCATORIA anual de subvenciones, una vez publicada ésta, en el BOC. El Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales entenderá que las asociaciones, entidades y otros colectivos, sin ánimo de lucro, que no se hallen inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, rechazan voluntariamente percibir subvenciones u otras ayudas económicas.Memoria de la actividad, programa o proyecto para las que se solicita la subvención con presupuesto detallado por actividades y partidas según Anexo II. Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad, así como, la aportación solicitada al Ayuntamiento y la aportada por la propia Asociación o Entidad Solicitante, según Anexo III. Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la 38/2003, de 17 de noviembre, así como documentación acreditativa de estar al día en las obligaciones con la Seguridad Social y obligaciones tributarias con Hacienda. A tal efecto, bastará la declaración jurada de no tener deuda pendiente con la Seguridad Social y la Administración de Hacienda, según modelo Anexo IV.Cualquier otra documentación o justifcación que a efectos de la comprobación o concreción de datos pueda acordarse en las respectivas convocatorias de concesión de subvenciones.Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identifcación Fiscal de la Asociación o Entidad solicitantes.Solo se admitirá una actividad, programa o proyecto por peticionario.