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BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DISFRACES FIESTAS PATRONALES DE CHIVA AÑO 2025

LOCAL · CHIVA · AYUNTAMIENTO DE CHIVA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/07/2025
Publicación en diario oficial
01/08/2025

Texto oficial de apertura: DESPUES ACTA JURADO

Texto oficial de cierre: TRAS REALIZACION FESTEJOS

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DISFRACES FIESTAS PATRONALES DE CHIVA AÑO 2025BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl objeto de estas bases es la regulación de la convocatoria de los premios disfraces Fiestas Patronales año 2025, con el fin promoviendo la participación en las fiestas populares de la población, mediante los siguientes concursos.La concesión se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el Ayuntamiento y en la asignación y uso de los recursos públicos, de conformidad con lo establecido en el anexo 4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio 2025, del Ayuntamiento de Chiva.BASE SEGUNDA.- FINANCIACIÓNLos premios que se otorguen se financiarán del presupuesto ejercicio 2025, del Ayuntamiento de Chiva, hasta la cantidad de 3.675 € (tres mil seiscientos setenta y cinco euros) a que asciende el crédito consignado.Bases condicionadas a la aprobación de la partida correspondiente en el Presupuesto 2025.BASE TERCERA.- CUANTÍA DE LOS PREMIOSLos Premios disfraces Fiestas Patronales 2025 tiene una dotación de 3.675 euros (tres mil seiscientos setenta y cinco euros), se concederán de la siguiente manera:DISFRACES ADULTOSPrimer Premio de 600 €Segundo Premio de 400 €Tercer Premio de 300 €DISFRACES INFANTILESINDIVIDUAL:Primer premio de 100 €Segundo premio de 75€Tercer premio de 50 €PAREJA:Primer premio de 150 €Segundo premio de 100 €Tercer premio de 75 €COMPARSA:Primer premio de 400 €Segundo premio de 250 €Tercer premio de 150 €CABALGATACOMPARSA:Primer premio de 200 €Segundo premio de 100 €Tercer premio de 75 €CARROZA:Primer premio de 350 €Segundo premio de 200 €Tercer premio de 100 €BASE CUARTA.- BENEFICIARIOSTendrá la consideración de beneficiario de los premios la persona que haya de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad, adoptar el comportamiento singular, o en la que concurra la situación que en cada caso hubiera motivado la concesión del premio.Los beneficiarios no estarán incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 Ley General de Subvenciones.BASE QUINTA.- PROCEDIMIENTO- El otorgamiento de los premios se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva siguiendo lo establecido en el anexo 4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio 2025, del Ayuntamiento de Chiva y la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.- La aprobación de las presentes Bases será efectuada por la Junta de Gobierno Local. La convocatoria se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento (accesible mediante la Sede Electrónica) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Además se publicará un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).- A efectos de proceder a la baremación se constituirá un Jurado que serán designados por la Concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Chiva, cuyo nombramiento se realizará mediante Resolución de Alcaldía.- El órgano competente para la aprobación de la resolución de los premiados con sus cuantías, será la Junta de Gobierno Local.- En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 8.1 c) de la Ley 19/2013, de 09 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se dará publicidad de los premios otorgados, con expresión de la convocatoria, la aplicación presupuestaria, el beneficiario y la cantidad concedida en la web del Ayuntamiento de Chiva, en su sede electrónica http://chiva.sedelectronica.es, y en la BDNS.- Contra la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación/notificación de la misma.BASE SEXTA.- PLAZO Y NOTIFICACIÓNEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. A los efectos de notificación a los interesados, el acuerdo resolutorio de los premios concedidos y denegados se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y 42 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.BASE SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN E INTERPRETACION DE LAS BASESTomar parte en los Premios disfraces Fiestas Patronales 2025 supone aceptar estas bases. Incumplir las obligaciones que imponen las bases puede ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria. El jurado del Premio tiene la facultad de interpretarlas y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su propia finalidad. Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por el Excmo. Ayuntamiento de Chiva.BASE OCTAVA- NORMATIVA APLICABLELas subvenciones se regirán por lo dispuesto en las presentes Bases y en las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio 2025, del Ayuntamiento de Chiva, y en lo no previsto en las mismas, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y sus disposiciones de desarrollo por las restantes normas de Derecho Administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de Derecho privado.Los procedimientos regulados en las presentes Bases se ajustarán, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por el resto de normativa sectorial que resulte de aplicación en su caso.

Bases y documentación

CERTIFICADO DE APROBACION J.G.L. DE 14/07/2025Publicado 23/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 23/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la aprobación de J.G.L. de 14 de julio de 2024, por la que se aprueban las Bases de la Convocatoria de los premios de disfraces fiestas patronales año 2025Publicado 01/08/2025BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DISFRACES FIESTAS PATRONALES DE CHIVA AÑO 2025