Plazo no verificadoBDNS 848010
CONVOCATORIA IMPULSEM TURISME INVERSIONES
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:09 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 23/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 30/07/2025
Texto oficial de apertura: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hàbils a contar desde el día següent al de la publicació del present extracte en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
En conformidad con aquello previsto en los artículos 17.3.b y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse a la Base de datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvención los municipios de menos de 30.000 habitantes de la provincia de Valencia para inversión en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos realizados durante el ejercicio económico 2025.
Y que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de València.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria son inversiones en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos. Las actuaciones subvencionables serán aquellas inversiones para la puesta en valor de los recursos turísticos de carácter natural, paisajístico, histórico-artístico y medioambientales, con la finalidad de configurar productos turísticos más competitivos.
Tercero. Bases reguladoras.
La Ordenanza General de Subvenciones de la Excelentísima Diputación de València, aprobada por acuerdo de Pleno de 28 de marzo de 2017 y publicada en el BOP n.º 101, de 29 de mayo de 2017.Modificada por acuerdo del Pleno de la corporación del día 04 de diciembre de 2024, y publicado el anuncio de la entrada en vigor en el BOP núm. 45, de 6 de marzo de 2025
Cuarto. Financiación y cuantía.
La cuantía total máxima fijada para la convocatoria es de 400.000 € para la aplicación presupuestaria 110 43200 76200
La determinación de la cuantía individual se hará conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de concesión que figuran en la convocatoria, según los datos expuestos por las entidades solicitantes en su solicitud.
Quinto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solo licitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos.
El texto completo de la convocatoria y sus anexos están también disponibles a la página web del Centro de Turismo de la Diputación de València: https://www.valenciaturisme.org/zona-professional/
Primero. Beneficiarios.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvención los municipios de menos de 30.000 habitantes de la provincia de Valencia para inversión en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos realizados durante el ejercicio económico 2025.
Y que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de València.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria son inversiones en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos. Las actuaciones subvencionables serán aquellas inversiones para la puesta en valor de los recursos turísticos de carácter natural, paisajístico, histórico-artístico y medioambientales, con la finalidad de configurar productos turísticos más competitivos.
Tercero. Bases reguladoras.
La Ordenanza General de Subvenciones de la Excelentísima Diputación de València, aprobada por acuerdo de Pleno de 28 de marzo de 2017 y publicada en el BOP n.º 101, de 29 de mayo de 2017.Modificada por acuerdo del Pleno de la corporación del día 04 de diciembre de 2024, y publicado el anuncio de la entrada en vigor en el BOP núm. 45, de 6 de marzo de 2025
Cuarto. Financiación y cuantía.
La cuantía total máxima fijada para la convocatoria es de 400.000 € para la aplicación presupuestaria 110 43200 76200
La determinación de la cuantía individual se hará conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de concesión que figuran en la convocatoria, según los datos expuestos por las entidades solicitantes en su solicitud.
Quinto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solo licitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos.
El texto completo de la convocatoria y sus anexos están también disponibles a la página web del Centro de Turismo de la Diputación de València: https://www.valenciaturisme.org/zona-professional/
Bases y documentación
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