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Plazo no verificadoBDNS 848126

SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE MENOS DE 20.000 HABITANTES PARA EL MANTENIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL DEL CAMINO DE SANTIAGO FRANCÉS, AÑOS 2025, 2026 Y 2027

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
21/07/2025
Fin de solicitudes
18/08/2025
Registro en BDNS
24/07/2025
Publicación en diario oficial
25/07/2025

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Convocatoria y Bases específicas aprobadas por Acuerdo del Pleno, en sesión celebrada el día 4 de julio de 2025, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de León para el mantenimiento, vigilancia y control del Camino de Santiago Francés, años 2025, 2026 y 2027.BDNS (identif.):Igualmente, se insertan en la web de la Diputación www.dipuleon.es, el texto íntegro de esta convocatoria y los modelos de Anexos propios de la misma en formato Word para facilitar su presentación, en los siguientes enlaces: https://www.dipuleon.es/Turismo/Atencion_Turistica/Ayudas_y_Subvenciones_4/ https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Ayudas_Subvenciones/ Primero.- Beneficiarios. Los Ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de León integrados en el Real Camino de Santiago Francés de la Provincia de León, de acuerdo con los criterios que se establecen en la base cuarta, siempre que la actividad para la que se solicita la subvención sea la dotación de personal para el mantenimiento, vigilancia y control del Camino de Santiago Francés. Se deberá tener en cuenta, además, para esta línea de subvención, lo siguiente: - Los ayuntamientos que soliciten la subvención deberán comprometerse al mantenimiento integral del trazado del Camino indicado en el tramo correspondiente, y no sólo al que afecte a su territorio.- Cada ayuntamiento, sólo podrá obtener subvención para un tramo del Camino, a excepción del Ayuntamiento de Molinaseca, que dispone de dos tramos íntegros del Camino, que no comparte con ningún otro ayuntamiento. Los Ayuntamientos de Santa Colomba de Somoza y de Vega de Valcarce, podrán obtener subvención para dos tramos cuando, para el tramo que comparten con otro ayuntamiento, éste no solicite subvención.- Una vez seleccionados los ayuntamientos, se asignarán los importes correspondientes a cada uno de ellos.Los beneficiarios, en todo caso, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la base quinta de las que regulan la convocatoria.Segundo.- Finalidad.La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a los Ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de León para contribuir al sostenimiento de los gastos ocasionados con motivo del mantenimiento, vigilancia y control del Camino de Santiago Francés en su transcurso por 16 tramos del territorio provincial, a los efectos de lograr que dichos tramos se mantengan en las mejores condiciones, en beneficio de los peregrinos y turistas que transitan por el mismo.Tercero.- Normativa reguladora.Las subvenciones objeto de la presente Convocatoria de conformidad con lo previsto en el art. 2.5 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se regirán, además de por lo previsto en las presentes Bases, por lo dispuesto en las Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Diputación Provincial de León, aprobadas por acuerdo del Pleno de 27 de febrero de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 45/2008, de 5 de marzo (en adelante BGS).Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (en adelante OGS), en su redacción dada por acuerdo plenario de 27 de julio de 2022 (BOP nº 206, de 27 de octubre de 2022), en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, en las Bases de ejecución del Presupuesto general de la Diputación de 2025 y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado. Cuarto.- Cuantía.El importe total destinado a la subvención que se convoca, será de OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS EUROS (829.800,00⿬), correspondiendo DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS EUROS (276.600,00 ⿬) a cada anualidad: 2025, 2026, 2027.Para las anualidades 2026 y 2027, la convocatoria quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuesto de la Diputación de los respectivos ejercicios.La cantidad máxima subvencionada, será la siguiente:a) En caso de contratación de personal, se subvencionará el 100% con el límite de 2.200,00 ⿬/mes por contrato a tiempo completo.b) En caso de gastos de adquisición de botiquín 75,00 ⿬ para la adquisición de botiquín.c) Hasta el 90% para los gastos relacionados con el elemento de movilidad, con el límite de 600,00 ⿬ para revisiones, reparaciones, accesorios, etc., y con el límite de 2.000,00 ⿬ para la adquisición de un elemento de movilidad nuevo.d) 100% para uniformes y EPIS de los trabajadores que facilitará la Diputación a los ayuntamientos y que tendrá el concepto de subvención ?en especie?, con el límite de 500,00 ⿬ por equipamiento.Todo ello de acuerdo con los requisitos y observaciones recogidos en la Base Séptima de la Convocatoria.Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes. Veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación del Extracto de la Convocatoria y Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León.Sexto.- Otros datos de interés.Presentación de solicitudes.- Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Diputación https://sede.dipuleon.es, en el modelo establecido en el Anexo I, junto con los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Convocatoria y acompañado de la documentación prevista en la base octava.Actividad subvencionable. - Los contratos de trabajo por tiempo indefinido o fijo discontinuo, y el nombramiento de funcionario de carrera o interino en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Las contrataciones temporales que se formalicen por los Ayuntamientos y Juntas Vecinales, se harán a través del Plan de Ocupabilidad del Servicio de Turismo de la Diputación de León.- La adquisición de un botiquín básico de fácil transporte.- La adquisición, revisión o reparación del elemento ?movilidad?- La adquisición de EPIS y uniformes para los trabajadores contratados.Gastos subvencionables. 1) La suma total de los costes salariales imputables para los trabajadores contratados y el período de tiempo subvencionado, con el límite de la cantidad señalada en la base Séptima, referidos a: Salario base, pluses, parte proporcional de pagas extraordinarias, aportación empresarial a la Seguridad Social, indemnizaciones y gastos.2) Gastos de adquisición de un botiquín básico de fácil transporte que el trabajador pueda llevar consigo para hacer frente a pequeños problemas que puedan tener los peregrinos.3) Gastos de adquisición del elemento ?movilidad?.4) Gastos de adquisición de EPIS y uniformes.Periodo de realización de la actividad. - Serán subvencionables los gastos reflejados en el apartado anterior que se realicen en el período comprendido entre los días 15 de marzo y 31 de diciembre del ejercicio 2025, y entre el 15 de marzo y el 15 de octubre de los ejercicios 2026 y 2027, quedando condicionada a la publicación y aprobación de las Bases, en los años 2026 y 2027.Procedimiento de concesión y resolución. ? Según se prescribe en la base novena. El procedimiento de concesión se ajusta a los dispuesto en el apartado tercero de la disposición adicional de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de León, por lo que se comprobará que existen criterios objetivos de otorgamiento de la subvención. - Los ayuntamientos que soliciten la subvención deberán comprometerse al mantenimiento integral del trazado del Camino indicado en el tramo correspondiente, y no solo al que afecte a su territorio, así como a todas las obligaciones establecidas en las bases quinta, sexta y séptima.Todos los tramos podrán obtener la misma subvención y todos los ayuntamientos por los que discurren los tramos, y que soliciten la subvención podrán ser beneficiarios, con el compromiso del ayuntamiento solicitante de mantener el tramo, aunque afecte no sólo a su territorio sino al de otro municipio por el que transcurra.- Cada ayuntamiento, sólo podrá obtener subvención para un tramo del Camino, a excepción del Ayuntamiento de Molinaseca, que dispone de dos tramos íntegros del Camino, que no comparte con ningún otro ayuntamiento. Los Ayuntamientos de Santa Colomba de Somoza y de Vega de Valcarce, podrán obtener subvención para dos tramos cuando, para el tramo que comparten con otro ayuntamiento, éste no solicite subvención.Existirá un reparto equitativo entre todos los ayuntamientos afectados que soliciten la subvención.Una vez seleccionados los ayuntamientos, se asignarán los importes correspondientes.Posibilidad de anticipo. - Sí, a aquellas entidades que tengan delegada la recaudación de en la Diputación provincial, siempre previa solicitud, con un máximo del setenta y cinco por ciento (75%) de la subvención otorgada en la resolución de cada convocatoria y con los requisitos que se señalan en la base undécima.Justificación. - Se realizará dentro del plazo comprendido desde la finalización de la actividad objeto de subvención, 31 de diciembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. En las siguientes anualidades, 2026 y 2027, siempre que la actividad se ejecute entre los meses de marzo y octubre, el plazo finalizará el 31 de diciembre del respectivo ejercicio. La justificación se realizará mediante la presentación del Anexo III de las presentes Bases debidamente cumplimentado, junto a la documentación contenida en la base décima y bajo las condiciones que en la misma se expresan. Compatibilidad con otras ayudas. - Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, son compatibles con otras ayudas concedidas para la misma finalidad y actividad otorgadas por otras entidades públicas o privadas, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada. El Diputado delegado de Turismo(Por delegación del Presidente, resolución 10355/2023, de 13 de septiembre)

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO I SOLICITUD SUBVENCIÓNPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLEPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO III SOLICITUD ABONOPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IV JUSTIFICACIÓNPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSFicha de tercerosPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XI MEMORIA MENSUAL INCIDENCIASPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XII MEMORIA FINAL ACTUACIÓNPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XIII MEDIDAS DE DIFUSIÓNPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO XIV CONVENIO COLABORACIÓN AYTOSPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO X PARTE DIARIO INCIDENCIASPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE MENOS DE 20.000 HABITANTES PARA EL MANTENIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL DEL CAMINO DE SANTIAGO FRANCÉS, AÑOS 2025, 2026 Y 2027Publicado 25/07/2025ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES 2022