Plazo no verificadoBDNS 848259
SUBVENC. 07% IRPF.LÍNEA A.MUJER. A1.LUCHA VIOLENCIA DE GÉNERO
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:15 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 02/08/2025
- Fin de solicitudes
- 16/08/2025
- Registro en BDNS
- 24/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 01/08/2025
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: QUINCE DÍAS NATURALES DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicioPrimeroBeneficiariosEntidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sectorde Acción Social, así como la Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de Madrid, asícomo las confederaciones, federaciones, asociaciones y agrupaciones de entidades sinpersonalidad jurídica, siempre que cumplan con lo previsto en la ciada Ley 43/2015, de 9de octubre, que propongan proyectos a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad deMadrid.Sólo y exclusivamente para proyectos que se presenten a la sublínea B3 "alimentos ycomedores sociales", también serán beneficarios las instituciones sin ánimo de lucro quepresten servicio de comedor social en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que no esténincluidas el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre.SegundoObjetoEl objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico2025, de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas deinterés social dirigidos a población vulnerable, con cargo a los presupuestos generales dela Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Rentade las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de laComunidad de MadridLas subvenciones objeto de esta orden irán destinadas a cubrir las necesidades específicasde asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza yexclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, enel ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.TerceroBases reguladorasOrden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones deproyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés generalconsiderados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad deMadrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las PersonasFísicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid,publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 160, de 1 de julio,modificada por Orden 1999/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud yAsuntos Sociales, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 162, de9 de julio.CuartoCuantíaLa dotación de la subvención es de 52.271.504,06 euros, con cargo a los subconceptos48099, 78099 y 48200 del programa 232E, del presupuesto de gastos de la Comunidad deMadrid para el año 2025 de los que 34.346.504,06 euros provienen del crédito que se prevésea transferido por el Estado con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, los otros 14.425.000 deeuros provienen de presupuesto propio de la Comunidad de Madrid y 3.500.000 eurostransferidos por el Estado para el Plan Corresponsables.El crédito autorizado podrá ser incrementado en función de la disponibilidadpresupuestaria, si se fija una cuantía adicional, con carácter excepcional, de conformidadcon lo establecido en el artículo 58 del Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.QuintoPlazo de presentación de solicitudesQuince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto dela convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN 2177/2024 BBRRPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN 1999/2025 MODIFIC.BBRRPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN AMPLIACIÓN CONVOCATORIA IRPFPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos PUBLICACIÓN CONV. ORDEN 2440/25 BOCMPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN 2472/25 CORRECCIÓN ERRORES CONVOCATORIAPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN TRAMITACIÓN URGENCIAPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos PUBLICACIÓN EXTRACTO BOCMPublicado 31/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 2440/2025, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subv.de proyectos sociales para programas de interés social con cargo a presupuesto de la CM, 0,7% IRPF y Sociedades y Plan Corresponsables.Publicado 01/08/2025MODIF. BBRR SUBVENCIONES PROYECTOS DE INTERÉS SOCIAL CON CARGO AL 0,7% IRPFInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.