Plazo no verificadoBDNS 848381
Convocatoria de subvenciones para inversiones en comercios locales 2025
LOCAL · PEDROLA · AYUNTAMIENTO DE PEDROLA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 24/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 31/07/2025
Texto oficial de apertura: A partir de la fecha de publicación en el BOPZ
Texto oficial de cierre: veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Visto los expedientes de convocatoria de diferentes subvenciones para el ejercicio 2025 que se están tramitando en este Ayuntamiento. Considerando que actualmente están en trámite varios procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por diversos conceptos: ayudas al comercio local, reforma de viviendas, asociaciones deportivas, deportistas, promoción educativa, acción social y cultura, en concreto las siguientes: ….. -Exp. 898/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0723 de 24 de julio y publicado en el BOPnº174 de 31 de julio (Ayudas al comercio local). …… El plazo de justificación de los gastos subvencionados es el día 30 de noviembre del presente año, lo que teniendo en cuenta que el día de la fecha no han sido concedidas, es necesario ampliar el plazo de justificación.Por razones de economía procesal resulta más adecuado dictar un solo acto administrativo que incluya la identificación de todos los procedimientos acordando la ampliación del plazo concreto.En virtud del principio de publicidad y transparencia y en aplicación de los arts. 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones y el art,14 del texto Refundido de la Ley Aragonesa, el obligatorio la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la Base de Subvenciones la ampliación del plazo. Visto el Informe propuesta del Técnico de Gestión del Ayuntamiento de Pedrola, en virtud de las atribuciones que la legislación vigente me confiere: RESUELVO Primero. - Aprobar la ampliación de plazo hasta el día 15 de diciembre de 2025 para la justificación del gasto de las siguientes subvenciones:…. -Exp. 898/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0723 de 24 de julio y publicado en el BOPnº174 de 31 de julio (Ayudas al comercio local). …… Segundo. – Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información necesaria de la ampliación, así como al Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. – Dar la difusión adecuada a la presente Convocatoria, a los efectos de dar a conocer su aprobación, y posibilitar la presentación de documentación. En Pedrola, a fecha de la firma electrónica LA ALCALDESAFdo.: Manuela Berges Barreras
Primero.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y menores emancipados y personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que promuevan las actuaciones subvencionables. Serán requisitos específicos para obtener la subvención tener concedidas las autorizaciones municipales correspondientes. Segundo.- Objeto Es objeto de estas subvenciones, de acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola, la concesión de subvenciones para ejecución de inversiones encomercios locales, tanto de venta de bienes como de prestaciones de servicios, para que puedan realizar actuaciones de modernización, mejora, rehabilitación, conservación, accesibilidad, adquisición de nuevos equipos… en los locales donde ejercen la actividad, en concurrencia competitiva. Tercero.- Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola. Cuarto.- Crédito presupuestario El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 12.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 4310.77000: Subvenciones inversiones comercio local. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. Las solicitudes de subvención y la documentación a que se hace mención en el apartado anterior, deberán ser dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola, Plaza España nº 1, 50690 Pedrola. De acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola en la dirección electrónica:https://pedrola.sedelectronica.es/info.0 En el caso de personas físicas podrá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pedrola o por cualquiera de los procedimientos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Primero.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y menores emancipados y personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que promuevan las actuaciones subvencionables. Serán requisitos específicos para obtener la subvención tener concedidas las autorizaciones municipales correspondientes. Segundo.- Objeto Es objeto de estas subvenciones, de acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola, la concesión de subvenciones para ejecución de inversiones encomercios locales, tanto de venta de bienes como de prestaciones de servicios, para que puedan realizar actuaciones de modernización, mejora, rehabilitación, conservación, accesibilidad, adquisición de nuevos equipos… en los locales donde ejercen la actividad, en concurrencia competitiva. Tercero.- Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola. Cuarto.- Crédito presupuestario El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 12.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 4310.77000: Subvenciones inversiones comercio local. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. Las solicitudes de subvención y la documentación a que se hace mención en el apartado anterior, deberán ser dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola, Plaza España nº 1, 50690 Pedrola. De acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola en la dirección electrónica:https://pedrola.sedelectronica.es/info.0 En el caso de personas físicas podrá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pedrola o por cualquiera de los procedimientos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACION BASES CONVOCATORIA SUBVENCION CON DESTINO A AYUDAS AL COMERCIO LOCAL 2025Publicado 02/12/2025EXTRACTO de la Resolución de Alcaldía, de fecha 24 de julio de 2025, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a inversiones en comercios locales que se realicen durante el ejercicio 2025 en el municipio de Pedrola (Zaragoza)Publicado 31/07/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.