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Plazo no verificadoBDNS 848383

Convocatoria de subvenciones para reforma y mejora de las condiciones de edificación de la vivienda 2025

LOCAL · PEDROLA · AYUNTAMIENTO DE PEDROLA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:16 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES243 - Zaragoza

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/07/2025
Publicación en diario oficial
31/07/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de publicación anuncio en BOPZ

Texto oficial de cierre: treinta y cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en BOPZ

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Visto los expedientes de convocatoria de diferentes subvenciones para el ejercicio 2025 que se están tramitando en este Ayuntamiento. Considerando que actualmente están en trámite varios procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por diversos conceptos: ayudas al comercio local, reforma de viviendas, asociaciones deportivas, deportistas, promoción educativa, acción social y cultura, en concreto las siguientes: ….. -Exp. 897/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0724 de 24 de julio y publicado en el BOPnº174 de 31 de julio (Ayudas para la mejora de viviendas). …… El plazo de justificación de los gastos subvencionados es el día 30 de noviembre del presente año, lo que teniendo en cuenta que el día de la fecha no han sido concedidas, es necesario ampliar el plazo de justificación.Por razones de economía procesal resulta más adecuado dictar un solo acto administrativo que incluya la identificación de todos los procedimientos acordando la ampliación del plazo concreto.En virtud del principio de publicidad y transparencia y en aplicación de los arts. 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones y el art,14 del texto Refundido de la Ley Aragonesa, el obligatorio la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la Base de Subvenciones la ampliación del plazo.  Visto el Informe propuesta del Técnico de Gestión del Ayuntamiento de Pedrola, en virtud de las atribuciones que la legislación vigente me confiere: RESUELVO Primero. - Aprobar la ampliación de plazo hasta el día 15 de diciembre de 2025 para la justificación del gasto de las siguientes subvenciones:…. -Exp. 897/2025, aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº2025-0724 de 24 de julio y publicado en el BOPnº174 de 31 de julio (Ayudas para la mejora de viviendas). …… Segundo. – Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información necesaria de la ampliación, así como al Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. – Dar la difusión adecuada a la presente Convocatoria, a los efectos de dar a conocer su aprobación, y posibilitar la presentación de documentación.  En Pedrola, a fecha de la firma electrónica LA ALCALDESAFdo.: Manuela Berges Barreras

Primero. - Beneficiarios Podrán optar a la solicitud de ayudas los propietarios y personas debidamente autorizadas por los mismos (como por ejemplo arrendatarios), de edificaciones de vivienda unifamiliar o colectiva (excluidas actuaciones propias de comunidades de propietarios), situadas en el Suelo Urbano de Pedrola y respecto a las que se acredite una antigüedad mínima de 40 años. Los beneficiarios deberán reunir las condiciones determinadas por la legislación vigente para poder acceder a las ayudas de carácter público, y en todo caso se requiere:             - Ser español o extranjero con residencia legal en España. Los extranjeros que residan en el municipio de Pedrola podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, o legislación aplicable en cada momento y los requisitos establecidos en la presente norma.            -  Mantenimiento de la titularidad o uso de la vivienda por parte del solicitante, al menos durante los 5 años siguientes a la obtención de la ayuda. El control posterior del mantenimiento de este requisito se realizará, de oficio por el Ayuntamiento.            -  No estar incursos en ninguna de las prohibiciones que señala el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segundo. - Objeto Es objeto de estas subvenciones, de acuerdo con la Ordenanza núm. 59 reguladora de la concesión de subvenciones para la reforma y mejora de las condiciones de la edificación de vivienda del Ayuntamiento de Pedrola, la concesión de ayudas que financien gastos de rehabilitación, adecuación, reforma y mejora de las condiciones de la edificación de vivienda en el municipio de Pedrola.   Tercero. - Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza núm. 59 reguladora de la Concesión de subvenciones en materia de la reforma y mejora de las condiciones de la edificación de la vivienda, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de 30 de marzo de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 119 de 28 de mayo de 2021. Cuarto. - Crédito presupuestario La subvención se imputa a la aplicación presupuestaria: 1522.78000 Subvenciones rehabilitación de la vivienda, por un importe de 30.000,00 euros. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de treinta y cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. La convocatoria completa se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Anuncios y la página web municipal. Las solicitudes habrán de presentarse debidamente cumplimentadas, conforme al modelo oficial establecido en los anexos de la convocatoria y acompañadas de los documentos correspondientes. Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los siguientes medios: En el Registro del Ayuntamiento de Pedrola.En cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 24/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACION BASES CONVOCATORIA SUBVENCION CON DESTINO A AYUDAS PARA LA MEJORA DE VIVIENDAS 2025Publicado 03/12/2025EXTRACTO de la Resolución de la Alcaldía núm. 2025-0724, de fecha 24 de julio de 2025, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la reforma y mejora de las condiciones de la edificación de la vivienda 2025Publicado 31/07/2025