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Plazo no verificadoBDNS 848439

Orden de 25 de julio de 2025 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, se convocan subvenciones para financiar al personal de fundaciones, asociaciones y ESAL, que presten el apoyo a los trabajadores con discapacidad de empresas ordinarias

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES41 - CASTILLA Y LEON

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
30/07/2025
Fin de solicitudes
16/09/2025
Registro en BDNS
25/07/2025
Publicación en diario oficial
29/07/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero. – Objeto.Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación del personal de Fundaciones, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, que presten apoyo a los trabajadores con discapacidad de empresas del mercado ordinario de trabajo.Segundo. – Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León, y que cumplan los siguientes requisitos:Que tengan como objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.Que cuenten en su plantilla con profesionales especializados en los programas de empleo con apoyo a trabajadores con discapacidad.Que tengan experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad.Que desarrollen las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito.Tercero. – Bases reguladoras.Orden EMP/493/2019, de 15 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar al personal de fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que presten el apoyo a los trabajadores con discapacidad de empresas del mercado ordinario de trabajo.Cuarto. – Cuantía.1.- Las cuantías de las subvenciones relativas a la realización de las actuaciones contempladas en el punto 3, letra a) del apartado sexto de la orden de convocatoria, tendrán una cuantía máxima por trabajador apoyado de hasta:7.000 € anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, o con trastorno del espectro del autismo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.4.400 € anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, o con trastorno del espectro del autismo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%.2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, o personas sordas o con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33%.Estas subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad, así como en relación a la jornada de trabajo en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.2.- Las cuantías de las subvenciones relativas a la realización de las actuaciones contempladas en el punto 3, letra b) del apartado sexto de la orden de convocatoria, tendrán una cuantía máxima por trabajador apoyado de hasta:1.440 € por cada trabajador con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, o con trastorno del espectro del autismo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.1.200 € por cada trabajador con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, o con trastorno del espectro del autismo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%.1.020 € por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, o personas sordas o con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33%.Quinto. – Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 16 de septiembre de 2025.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 25/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 25 de julio de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar al personal de fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que presten el apoyo a los trabajadores con discapacidad de empresas del mercado ordinario de trabajoPublicado 29/07/2025ORDEN EMP/493/2019, de 15 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar al personal de fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que presten apoyo a trabajadores con discapacidad